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Notícies :: amèrica llatina
Uruguay: Basta de criminalizar laprotesta
05 mar 2021
Uruguay: burocracias, persecución y criminalización para sostener la impunidad
Basta de criminalización y judicialización de la protesta!
____Urug_Zabalza_Leites.jpg
Uruguay
No asonarás

Un laberinto de burocracias, persecución y criminalización para sostener una vez más la impunidad.

Hace ya 8 años la memoria y la rabia entró a la SCJ. Cientos y cientos de personas reclamamos que la jueza Mariana Mota no fuese desplazada de las decenas de causas de violaciones de DDHH que tenía encausadas

Se reclamaba que se dejara de amparar a violadores, torturadores, secuestradores. Terroristas de Estado que de esta manera no irían a prisión porque todos esos casos volvieron a foja cero. Y aún hoy, la gran mayoría de ellos siguen impunes.

Siete personas fueron indagadas y enjuiciadas.
El 16/09/2013 la fiscalía solicitó la imputación por el delito de Atentado.
El 19/09/2013 se realizan las audiencias.
El 4/11/2013, siete personas fuimos procesadas por el delito de Asonada. Las Defensas plantearon “no sólo estar en contra de la tipificación de la fiscalía, sino en razón de la impunidad de las acciones enjuiciadas” discriminatorias y restrictivas del derecho de la protesta y las libertades de expresión.

La fiscalía otra vez en desacuerdo, presentó una apelación en noviembre de 2013.

La Defensa considera que la tipificación implica “una conducta impune” y se interpone el recurso de Inconstitucionalidad.

La Suprema Corte (Ac doc) conformada para este caso, declara la Inconstitucionalidad (Sentencia N° 104 del 27 de abril de 2015)
La Fiscalía vuelve a discrepar y el 23 de octubre de 2015 se informó a las Defensas.
La defensa presentó otra Apelación y Nulidad. No es aceptado.

El 2 de febrero de 2016, la jueza de ese entonces, desestima el pedido de procesamiento por el delito de atentado ya que estábamos procesados por Asonada y dispone la clausura definitiva y archivo de la causa, basada en que ya existía un fallo de Inconstitucionalidad. Por entender que se viola el principio de no juzgar dos veces por los mismos hechos (non bis in ídem)
El 3/2/16 se notifica al fiscal. Al otro día, el 4/2/16 este presenta una queja por denegación de apelación y nulidad volviendo a pedir se procese por Atentado y se expide contra la clausura definitiva y archivo de actuaciones.

La defensa es notificada el 29/4/16 y presenta otra demanda el 9 de mayo de 2016.
El 2 de mayo de 2017 se da una nueva instancia. La defensa responde el 9 de mayo de 2017.
El 13 de junio de 2019 se notifica la Sentencia del Tribunal de Apelación de 4to. Turno. Es decir, esto implica, a buen entendedor que se violó ” la prohibición contenida en el Art. 3ro. del Código del Proceso Penal: Prohibición del doble enjuiciamiento”

No hubo ni hay garantías.
Es decir, en el imperio de impunidad, quedamos en sus manos. Un uso y abuso de poder. Mientras los represores andan libres y privilegiados.
Se nos volvió a juzgar EXACTAMENTE POR LOS MISMOS HECHOS POR LOS CUALES YA HABÍAMOS SIDO PROCESADOS. Sin haberse en ningún momento presentado pruebas de violencia por parte de los manifestantes.
La frutilla de esta persecución es que además del procesamiento ya dictado, había una sentencia de Inconstitucionalidad.

La defensa interpuso el recurso de Casación. El curso de este proceso contiene aberraciones jurídicas para mantener la impunidad de una Corte que se convirtió hace décadas en la muralla de la impunidad.

Mucho tiempo ha pasado.
Y la asqueante impunidad reina y sin embargo la acusación no solo se mantiene si no que ahora se pide prisión por Atentado especialmente agravado. Hablan de violencia y la que existió y existe es la de la desaparición y la actitud de la policía para proteger y amparar este estado de cosas.
El 15 de febrero de 2013, no hubo más violencia que la que ejercieron los miembros de la SCJ dilatando los juicios contra los represores y la policía impidiendo la libertad de expresión.
La persecución selectiva, prolongada durante años nos habla de una judicialización selectiva, un señalamiento altamente discriminante y peligroso al estilo dictatorial.

Decenas de imágenes dan cuenta que el 15 de febrero de 2013 la policía entró al recinto de la SCJ provocando, empujando a niños, mujeres, adultos mayores, pero esto no es juzgado.
Solo es juzgada “la autodefensa de las personas que actuaron para no ver vulnerados sus derechos y detener las agresiones a terceros en claro estado de vulnerabilidad”

Si se protestó, se dejó explícita una discrepancia respecto al autoritarismo del Poder Judicial al servicio de los impunes represores.
En este juicio queda evidente la falta de garantías procesales, la selectividad de las personas que se encausan y la clara persecución política que se desprende del accionar prolongado en el tiempo llevada adelante por la Fiscalía.

Basta de impunidad
Basta de criminalización y judicialización de la protesta
Cese de persecución política.

Álvaro Jaume.
Jorge Zabalza.
Irma Leites.
Anibal Varela.
Eduardo Jaume.
Diego Jaume.
Marzo 2021

ver nota y documento completo de la Fiscalia en: https://elmuertoquehabla.blogspot.com/2021/03/esta-pronta-la-hoguera.htm
Mira també:
https://elmuertoquehabla.blogspot.com/2021/03/esta-pronta-la-hoguera.html
https://redlatinasinfronteras.wordpress.com/2021/03/05/uruguay-burocracias-persecucion-y-criminalizacion-para-sostener-la-impun

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