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Anàlisi :: globalització neoliberal
Extraterritorialidad de las leyes de EEUU
02 oct 2025
Gobiernos, académicos y organizaciones civiles están denunciando la extraterritorialidad como una forma de imperialismo jurídico de EEUU.

Gobiernos, académicos y organizaciones civiles están denunciando la extraterritorialidad como una forma de imperialismo jurídico de EEUU.
La extraterritorialidad de las leyes de Estados Unidos —especialmente en temas como sanciones, comercio, tecnología y seguridad— ha sido fuente de tensiones globales durante décadas.
Hoy, Francia aborda e incauta a un barco petrolero en aguas internacionales, y lo acusa de ser parte de la llamada “flota en la sombra de Rusia”, aduciendo leyes extraterritoriales de EEUU, la Unión Europea y Gran Bretaña.
Se retienen (secuestran) a esos barcos por días y semanas, para boicotear el negocio exportador petrolero ruso.
Y no solo eso, se la acusa de ser base de supuestos drones que sobrevuelan Dinamarca y Polonia.
La histeria Otanista sobrepasa todo el sentido común, y representa un insulto a la inteligencia humana. Como la campaña de drones extraterrestres que acosaron a EEUU hace unos meses atrás. Esto es escalar
Que Rusia alquile barcos para transportar su petróleo no esta prohibido por el derecho internacional. Pero accidente, principalmente EEUU, se arroga el derecho a la extraterritorialidad de sus leyes, como si todo el mundo estuviera comprendido dentro de su territorio.
Ejemplo: Ley Helms-Burton, aprobada por el Congreso en 1999: Esta es ampliamente considerada como una violación del derecho internacional por su carácter extraterritorial, al permitir que Estados Unidos sancione a empresas extranjeras que comercien con Cuba. extranjeras que comercien con propiedades confiscadas en Cuba. Presiona a terceros países para que adopten políticas alineadas con EE. UU., bajo amenaza de sanciones.
Según expertos en derecho internacional, esta ley viola el principio de soberanía nacional, al imponer sanciones a empresas extranjeras por actividades legales en sus propios países. Sanciona a empresas extranjeras que operan legalmente en Cuba, incluso si no tienen vínculos con EE. UU.
Contraviene el principio de no intervención, uno de los pilares fundamentales del derecho internacional consagrado en la Carta de las Naciones Unidas, porque permite que Estados Unidos interfiera en los asuntos internos de otros países —incluyendo Cuba y terceros Estados— mediante sanciones y demandas judiciales extraterritoriales. uno de los pilares de la Carta de las Naciones Unidas.
El principio de no intervención es considerado un principio consuetudinario del derecho internacional, lo que significa que es obligatorio incluso fuera de tratados formales.
Establecido en el Artículo 2, inciso 7 de la Carta de la ONU, este principio de no intervención prohíbe que un Estado interfiera en los asuntos internos o externos de otro Estado soberano, especialmente en decisiones políticas, económicas o jurídicas que no afecten directamente al país intervencionista.



La Ley Helms-Burton rompe con una norma básica del derecho internacional: la protección diplomática, la distorciona, al permitir demandas privadas contra empresas extranjeras por supuestos “beneficios” de propiedades nacionalizadas.
Abordar y retener barcos en aguas internacionales bajo sanciones unilaterales —como las impuestas por la UE o EE. UU. contra Rusia—viola el derecho internacional si no hay base legal clara, como una resolución del Consejo de Seguridad de la ONU.
Con pretextos de seguridad o medio ambiente para justificar acciones que violan el derecho internacional marítimo, no se llega a otro puerto que la confrontación y a una escalada peligrosamente militar entre la OTAN y Rusia.
¿Qué permite el derecho internacional?
Según la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR): En aguas internacionales, los barcos tienen libertad de navegación.
Intervenciones por “sospechas” sin pruebas claras pueden considerarse violaciones de soberanía o incluso actos hostiles.
Cuando EEUU y países europeos actúan unilateralmente sin pruebas ni consenso, se socava y desprestigia el derecho internacional, erosiona el principio de legalidad internacional, y el presidente de los EEUU en el Hegemon o sheriff universal, especie de legislador supremo, un señor feudal que tenía poder absoluto sobre sus tierras, incluyendo el derecho de impartir justicia, incluso con pena de muerte (“señor de horca y cuchillo”.) “Señor de ley y justicia” o “Dador de ley y ejecutor de castigo”. Con jurisdicción plena sobre sus dominios mundiales y derecho al castigo y vida y muerte sobre sus vasallos. En el caso modernos, los vasallos son los Estados satélites.
Si no hay mandato internacional (como una resolución del Consejo de Seguridad de la ONU) ni pruebas claras de amenaza, el abordaje es considerado ilegal.
Rusia ha calificado las detenciones de barcos como violaciones de la libertad de navegación y actos de “piratería económica”. Ha elevado protestas formales ante organismos internacionales como la Organización Marítima Internacional (OMI) y la ONU, aunque sin éxito vinculante debido al veto en el Consejo de Seguridad.
Rusia ha denunciado estas acciones como parte de una “guerra híbrida” y piratería de Occidente. Moscú podría presentar demandas ante tribunales internacionales, como la Corte Internacional de Justicia (CIJ) o tribunales de arbitraje marítimo, alegando violaciones de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR). Sin embargo, estas vías se consideran lentas por los tramites y dependen de la aceptación de jurisdicción por las partes involucradas.
Se menciona que, ante el riesgo de detención, Rusia ha expandido su red de buques “opacos”, operando bajo banderas de conveniencia (Liberia, Panamá, Islas Marshall) y usando transbordos entre barcos en alta mar. . https://www.dw.com/es/la-flota-fantasma-de-putin-c%C3%B3mo-rusia-elude-l)
Se menciona también, que Alianzas con países no alineados
Rusia ha intensificado las alianzas con países no alineados
intensificado los acuerdos con China, India, Turquía y Emiratos Árabes Unidos, que no aplican sanciones occidentales.

Estos países compran petróleo ruso a través de canales alternativos, reduciendo la dependencia de rutas controladas por la UE o EE. UU. acuerdos con China, India, Turquía y Emiratos Árabes Unidos, que no aplican sanciones occidentales.
Como contramedidas, Rusia ha intensificado el uso de rutas marítimas alternativas por el Ártico y Asia, evitando el Báltico y el Mediterráneo. Y ha reforzado acuerdos con China, India y Turquía, que no aplican sanciones y permiten transbordos discretos.
Estos países compran petróleo ruso a través de canales alternativos, reduciendo la dependencia de rutas controladas por la UE o EE. UU.
Para evitar que estos petroleros sean abordados o retenidos por autoridades europeas que aplican sanciones unilaterales, Rusia ha comenzado a escoltar sus petroleros sancionados con buques de guerra, para disuadir abordajes por parte de países occidentales.
Los abordajes ilegales piratas de países de la OTAN a barcos
Solo contribuyen a exacerbar la tensión aumentando el riesgo de incidentes con fuerzas navales de países de la OTAN, que pueden escalar rápidamente a un conflicto nuclear.
La intensificación de operaciones militares de EE. UU. en el Caribe bajo el pretexto del narcotráfico ha provocado una escalada de tensiones con Venezuela, y aunque aún no se ha declarado un conflicto militar abierto, los incidentes recientes indican un riesgo creciente de confrontación.
La administración Trump ha declarado que estas operaciones forman parte de una campaña contra el narcotráfico, calificando a ciertos grupos como narcoterroristas, pero es más que clara su verdadera intensión: forzar un cambio de régimen, para imponer un gobierno sátrapa y servil, apoderarse de las mayores reservas probadas de petróleo de mundo que tiene Venezuela, es decir, estas son las verdaderas motivaciones detrás de la política estadounidense hacia Venezuela.
Estados Unidos no tiene derecho legal bajo el derecho internacional para bombardear embarcaciones civiles en aguas internacionales
Según la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR): Las aguas internacionales son zonas de libre navegación. Los Estados no pueden ejercer jurisdicción sobre embarcaciones extranjeras en alta mar.
El bombardeo de embarcaciones civiles sin prueba de amenaza directa viola el principio de proporcionalidad y distinción del derecho internacional humanitario.
¿Qué implica atacar una barcaza civil?
Si la embarcación no representa una amenaza armada inmediata, el uso de fuerza letal es ilegal.
Bombardear una barcaza pesquera bajo sospecha de narcotráfico sin proceso judicial ni verificación puede constituir: Uso excesivo de la fuerza. Violación de la soberanía del Estado de bandera. Crimen internacional, si hay víctimas civiles.
¿Qué justifica EE. UU.?
EE. UU. suele invocar el derecho a la legítima defensa o la lucha contra el narcotráfico.
Sin embargo, la legítima defensa debe ser inmediata y necesaria, no preventiva ni basada en sospechas.
Las operaciones antidrogas no otorgan carta blanca para bombardear embarcaciones civiles, especialmente en aguas internacionales. Venezuela denunció esas acciones como un acto de guerra y una ejecución extrajudicial.
EEUU no presentó evidencia pública de que las embarcaciones estuvieran armadas o transportaran drogas.
El derecho internacional exige que la fuerza letal solo se use como último recurso, y que se distinga entre combatientes y civiles. EE. UU. no tiene autoridad para aplicar sus leyes penales en alta mar contra embarcaciones de bandera extranjera sin consentimiento o mandato multilateral.
¿Por qué EE. UU. puede extender sus leyes?
Control del dólar: Como moneda dominante en el comercio global, cualquier transacción en dólares puede estar sujeta a leyes estadounidenses, incluso si ocurre entre países latinoamericanos.
Presencia militar y diplomática: Bases, tratados bilaterales y cooperación en seguridad permiten que EE. UU. influya en políticas locales.
Sanciones extraterritoriales: Empresas latinoamericanas pueden ser penalizadas si violan sanciones impuestas por EE. UU., aunque no estén prohibidas en sus propios países.
¿Por qué EE. UU. puede extender sus leyes?
Control del dólar: Como moneda dominante en el comercio global, cualquier transacción en dólares puede estar sujeta a leyes estadounidenses, incluso si ocurre entre países latinoamericanos. Desdolarización del comercio internacional es una alternativa. El BRICS+ está explorando una moneda común para transacciones internacionales, lo que reduciría la influencia del dólar y las leyes estadounidenses.

Presencia militar y diplomática: Bases, tratados bilaterales y cooperación en seguridad permiten que EE. UU. influya en políticas locales.
Sanciones extraterritoriales: Empresas latinoamericanas pueden ser penalizadas si violan sanciones impuestas por EE. UU., aunque no estén prohibidas en sus propios países.
¿Qué lo permite?
Debilidad institucional regional: Muchos países no tienen mecanismos sólidos para resistir presiones externas.
Dependencia económica: El acceso a mercados, créditos y tecnología de EE. UU. condiciona decisiones internas.
Fragmentación política: La falta de unidad latinoamericana facilita la imposición de normas externas.
¿Qué lo puede frenar?
Integración regional: Iniciativas como CELAC, UNASUR o ALBA buscan fortalecer la soberanía jurídica y económica.
Multipolaridad global: El ascenso de China, Rusia y otros actores ofrece alternativas al dominio estadounidense a través del nuevo mundo multipolar de los BRICS.


Resistencia legal: Algunos países han aprobado leyes de “bloqueo” para impedir que sus empresas cumplan sanciones extranjeras no reconocidas.
La extensión de leyes estadounidenses continuará mientras EE. UU. mantenga su hegemonía financiera y militar, y mientras los países latinoamericanos no construyan mecanismos sólidos de defensa jurídica y económica. Pero hay señales de cambio: acuerdos en monedas locales, sistemas alternativos al SWIFT, y una creciente crítica al unilateralismo. (ver: https://barcelona.indymedia.org/newswire/display/537148?fbclid=IwY2xjawN ) y también: https://barcelona.indymedia.org/newswire/display/537141?fbclid=IwY2xjawN
Si, el hecho de ser neocolonias económicas de EEUU, y acertarlo, es solo nuestra propia culpa, y solo tomando conciencia de clase y de soberanía nos llevara a mejor puerto. Mientras las embajadas de EEUU dicten las políticas económicas, militares y de cancillerías de los países latinoamericanos, seguiremos siendo sus vasallos.
Sebastian Bestard Molina
Analista político-militar.

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