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Notícies :: immigració
diumenge 26: els més precaris no són ni ciutadans
25 set 2004
Los más precarios, no son ni ciudadanos.
Dom.26 17 h. Pça Universitat
Asamblea contra el proceso de regularizacion que pone a los emigrantes en manos de los patronos
A PESAR DE LAS BUENAS Y CONTRADICTORIAS PALABRAS DE ZAPATERO EN EL PARLAMENTO EL MIERCOLES, LA REALIDAD SE IMPONE: SU POLITICA EN MATERIA DE EMIGRACION SE BASA EN:

1ª LA ACEPTACIÓN DEL MARCO E LA lEY DE eXTRANGERIAS, VOTADA TAMBIEN POR EL PSOE, JUNTO AL PP , EN LA REFORMA DE LA MISMA, EN NOVIEMBRE PASADO.

2ª BUSQUEDA DE LA POLITICA DE "PACTO DE ESTADO" EN MATERIA DE EMIGRACION CON LOS SECTORES MAS REACCIONARIO: EL P.P., LA PATRONAL...
No es de estrañar que, a las primeras de cambio se vengan abajo en lo poco que prometia Consuelo Rumi hace solo 3 semanas. Ante la campaña xenofoba el PP., estos son debiles ante al patronal y el PP y duros con los mas debiles, los emigrantes. Sometiendonos a las ideas racistas e insolidarias, aceptando ese 20 % de ecoomía sumergida, abonamos el terreno para que corra la sangre: el ejemplo de Elche no es mas que un nuevo aviso.

3º LA ACEPTACION, COMO BASE DE SU POLITICA DE EMIGRACION, NO LA DE SOLIDARIDAD, APOYO Y LUCHA Y CONCESION DE SUS PLENOS DERECHOS , CON LOS QUE CONTRIBUIR AL FORTALECIMIENTO DE TODA LA CLASE TRABAJADORA, SINO BIEN A CONTRARIO, LA DE PROPORCIONAR MANO DE OBRA-MERCANCIA BARATA PRIVADA DE DERECHOS A LA PATRONAL Y SUS MAFIAS, PARA QUE, A TRAVÉS DE SU EXPLOTACION SIN PIEDAD, ESTA OBTENGA ABUNDANTES BENEFICIOS Y SEA COMPETITIVA, Y DE PASO CONTRIBULA A BAJAR LOS SALARIOS DEL RESTO DE TRABAJADORES/as.

EL PROYECTO DE REGLAMENTO DE DESARROLLO DE LA LEY DE EXTRANGERIA ES UN BOTON DE MUESTRA DE ESA DOBLE MORAL, HABRA QUE RECORDARLES QUE LOS VOTOS POPULARES QUE LOS SOSTIEEN NO SON DE SU PROPIEDAD.

OS ADJUNTO DOS CARTELILLOS PARA SER DIFUNDIDOS, EL PRIMERO EN ARABE Y EL SEGUNDO EN CASTELLANO ASI COMO UN ANALISIS DEL PROYECTO DE REGLAMENTO.

Borrador de Análisis a la Propuesta del Reglamento de la Ley de Extranjería



La propuesta del Gobierno Socialista de reglamento de aplicación de la ley de extranjería niega ya desde la disposición transitoria la regularización de tod@s las personas inmigradas que viven en el estado español. La nueva reglamentación, consecuencia de la reforma aprobada en Noviembre del 2003 por el PP, PSOE y coalición Canaria, sustenta la política de inmigración en los siguientes puntos:



*Control de los flujos migratorios canalizando los mismos de acuerdo con las necesidades del mercado del trabajo español (inmigración laboral).



*Contingentes o Cupos, (art. 77 y 78) continúan empecinados en mantener este modelo como vía principal para poder entrar a trabajar en el país a pesar de que en los dos últimos años, y en lo que va de este, no han cubierto ni el 10% las plazas de trabajado@s previstas. La contratación en origen genera reticencia por parte de los empresarios al no tener un contacto con l@s trabajador@s a contratar.



*Control de las fronteras que significa la expulsión o deportación de las personas sin papeles. Más control policial y recursos para aumentar el muro de Ceuta y Melilla. Se mantienen las expulsiones preferentes (vía-rápida) para las personas sin papeles. Toda persona que tenga propuesta o decreto de expulsión no tiene ninguna posibilidad de obtener su legalización si primero no se anula dicho procedimiento en su contra.



*Se introduce el arraigo laboral: Esta es la formula estrella del gobierno socialista para “normalizar� la situación de las 1.700.000 personas inmigradas sin papeles que residen y trabajan en el estado español. Una figura que esta dentro de las Circunstancias Excepcionales y que incluye en el apartado de procedimiento el tema de la denuncia pues se requiere una sentencia judicial para poder demostrar fehacientemente el haber trabajado en España

Caldera lo explica diciendo en el Congreso:“Una persona que se encuentre en situación irregular presenta una denuncia en el Juzgado y demuestra con pruebas fehacientes que ha mantenido una relación laboral durante el periodo de un año, el extranjer@ podrá acceder a un permiso de residencia temporal transitorio, en dicho caso el empleador tendrá que afrontar con retroactividad el año no cotizado en la Seguridad Social a cambio de la multa que señala la ley de extranjería, a su vez deberá otorgarle un contrato de 1 año al trabajador que lo ha denunciado. Su permiso de residencia temporal transitorio entrara en vigor una vez dada el alta al trabajador en la Seguridad Social, este permiso transitorio será valido mientras dure su relación laboral, finalizada la misma sin que se renueve el contrato el extranjer@ deberá regresar a su país de origen.�

El Ministerios de Trabajo y Asuntos Sociales es ahora responsable de la política de inmigración. Su objetivo es: ordenar y canalizar adecuadamente los flujos migratorios de acuerdo con las necesidades del mercado de trabajo del estado español y su capacidad de de acogida. El Ministerio de Interior se queda con las tareas de control y de seguridad que sumará más instrumentos para perseguir a las personas inmigradas sin papeles, y supuestamente contra la economía sumergida y los empresarios que contratan trabajadores sin papeles.



La ARSC tiene como reivindicación la derogación de ley de extranjería porque la misma viola los derechos humanos mas elementales de las personas inmigradas. El gobierno con este Reglamento no solo no se plantea derogar la Ley de Extranjería, sino mantenerla como única medida de conservar sus ejes de acción: Control y lucha contra la inmigración clandestina. Y canalización ordenada de los flujos de acuerdo a las necesidades del mercado de trabajo del estado español.

Por ello también la ARSC tiene que plantearse entre sus reivindicaciones la retirada de este borrado de Reglamento.







Mecanismos para la Legalización incluidos en el Reglamento



Residencia Temporal en supuestos excepcionales:

Art. 45 Punto 2.-a

Arraigo laboral, podrán obtener una autorización los extranjeros que acrediten la permanencia continuada en España durante un periodo mínimo de dos años, siempre que carezcan de antecedentes penales en España y en su país de origen, y que demuestren la existencia de una o de sucesivas relaciones laborales cuya duración no sea inferior a un año

En el art.46 2b) que habla del Procedimiento: Para probar dichas relaciones laborales piden se acrediten con sentencias judiciales que reconozcan esas relaciones laborales, o Actas de Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social, Actas de Conciliación del Servicio de Mediación y Arbitraje y Conciliación, medios que no están al alcance de los inmigrantes sin papeles.

Si para el gobierno el delatar al empleador o jefe es el requisito fundamental de su normalización se generara un conflicto sin proporciones con la sociedad. (Ya empiezan los despidos en el empleo doméstico y en la economía sumergida). Se pone además un signo igual entre empresarios que buscan la legalización de sus trabajadores, y los empresarios de la economía sumergida a los cuales les brinda una amnistía. Hace a los inmigrantes responsables de su legalización.



Art. 45 Punto 2.-b

A los extranjeros que acrediten la permanencia continuada en España durante un periodo mínimo de tres años, siempre que carezcan de antecedentes penales en España y en su país de origen, cuenten con un contrato de trabajo y, o bien acrediten vínculos familiares con españoles o con extranjeros residentes, o bien presenten un informe acreditando su inserción social emitido por el Ayuntamiento en el que tenga su domicilio habitual o por el Foro para la Integración Social de los Inmigrantes. Los vínculos familiares se entenderán referidos exclusivamente entre padres, hijos, cónyuges y hermanos.

Para acreditar el arraigo social se exige que los sin papeles presenten pruebas de estar dentro de las redes sociales o programas de inserción socio-laboral, cuando no se tiene papeles no puedes acceder a los Pyrmes ni a los cursos de formación ocupacional, ni estar sindicalizado.

El Ayuntamiento o el Foro para la Integración Social de los Inmigrantes pueden eximir al extranjero de la necesidad de contar con un contrato de trabajo siempre y cuando el inmigrante acredite que cuenta con los medios de vida suficientes (tener en el banco 6.000 Euros sin moverlos.)



Art. 45. Punto 4. -a

Para los casos de Violencia doméstica obtendrá su tarjeta de residencia cuando tenga la sentencia condenatoria O sea, la víctima de malos tratos puede presentar la solicitud de residencia cuando se haya dictado a su favor una orden Judicial de protección, sólo se la podrán conceder la residencia cuando tenga la sentencia condenatoria.



Art. 45.-Punto 4. - b

Los extranjeros que acrediten sufrir una enfermedad grave que requiera de asistencia sanitaria especializada a la que no pueden acceder en su país de origen, y que de interrumpirse suponga un riesgo grave para su salud o su vida. Tiene que acreditar informe clínico del médico responsable de la asistencia sanitaria del paciente y el máximo responsable de la institución sanitaria.



Residencia temporal y trabajo por cuenta ajena

Art. 49

Se mantiene el Régimen General (Tipo B Inicial), que significa obtener un contrato nominal (supeditado a la oferta nacional de empleo y a que la empresa acredite medios económicos) y la persona contratada no puede residir legalmente en el territorio del Estado español.



Los visados para la búsqueda de empleo

Art. 81 al 83

Se determinarán en los contingentes o cupos en el país de origen, limitados a dos sectores: servicio domestico y hostelería. La preferencia en este limitado cupo de visado para búsqueda de empleo esta dirigida a los hij@s y niet@ de españoles, ellos pueden hacerlo en cualquier sector de la actividad.





Realidades no contempladas en este borrador de Reglamento



1.- Las personas sometidas a una orden de expulsión continúan sin poder acceder a ningún mecanismo de legalización:

El gobierno del estado español desde el 1 de Enero de 2002 hasta el 14 de Junio del 2004, dictó 117.768 órdenes de expulsión de inmigrantes sin papeles, concretó 32.749 expulsiones en dos años y medio. Dejo en las calles a 85.019 inmigrantes con una orden de expulsión, personas que no pueden expulsar pero tampoco tener papeles ni un trabajo digno, como cualquier ciudadano.

De los 32.749 el 40% de los expulsados son marroquíes. El colectivo marroquí es el sector más perjudicado con las ordenes de expulsión, la policía señala que por la cercanía con Marruecos hace que la expulsión de los marroquíes es más barata, que de las personas que provienen de países lejanos.

El segundo colectivo fue el rumano, el tercero los colombianos, El cuarto los ecuatorianos, en el quinto lugar los Nigerianos como consecuencia del acuerdo de regulación de los flujos migratorios firmado con las Autoridades de Nigeria.

Todas estas expulsiones se realizaron con el Procedimiento Preferente (infracción grave), de manera automática, sin atender las alegaciones que se presentaron (caso cuarteles), incumpliendo el mandato del Legislador que eligió la multa como sanción de carácter general y que le ordena a la administración a ponderar los criterios de proporcionalidad, culpabilidad, daño o riesgo producido para pasar de la multa a la expulsión.

Los Centros de Internamiento continúan existiendo bajo las mismas condiciones que conocemos. Cárceles de horror donde se violan los más elementales derechos: no tienen patio, no han cometido delito, su única falta es no tener papeles que es falta administrativa. Sin derecho a defenderse, sin abogados que luchen por sus derechos y por su libertad, sin atención médica, sin interpretes.

Por ello, la ARSC, ha venido reclamando que se declaren nulas las expulsiones decretadas porque se viola el principio de legalidad, que es uno de los principios de la democracia, De igual manera hemos exigido, se anulen las expulsiones no ejecutadas.



2.- Personas que en ninguna forma pueden acreditar una relación laboral

Que pasará con la gente del empleo doméstico que trabaja por horas y no podrá contar con un contrato.

Que pasará con las personas que venden en la calles (cuenta propia con mínimos recursos)

Que pasará con los menores que estudian y sus padres sin papeles, ellos no pueden legalizarse.

Que pasará con las personas que viven en la calle (sin techo) que reciclan de la basura y luego venden para obtener sus ingresos

Que pasará con las mujeres inducidas a la prostitución por mafias y chulos.

No se ha tomado en cuenta el arraigo social como figura para que las personas que no puedan acceder a un contrato de trabajo puedan legalizarse con sólo el empadronamiento.

La participación de los Ayuntamiento y el Foro de Integración, es una formula para tener a las personas sin papeles registradas, controladas y seguramente pondrán condiciones para que no se movilicen, como lo hicieron en el 2000 y en Septiembre del 2001 a cambio de un alojamiento por tres meses sin posibilidades de obtener su regularización, manteniéndolos en la economía sumergida que dicen que van a combatir. (ejemplos: subsaharianos de la Plaza Catalunya del 2001 y las personas sin papeles de los cuarteles de San Andreu que no pudieron expulsar).

.

3.- Promoción de la integración social de los inmigrantes

Pese a figurar en el preámbulo y artículos 163 se continua sin especificar alguna propuesta concreta de lo que eso significa para l@s inmigrantes que viven en el estado español, desde la ley de extranjería se nos niega el derecho de reunión, sindicalización, de movilización y el derecho al voto

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Comentaris

Re: diumenge 26: els més precaris no són ni ciutadans
25 set 2004
Creo que deberíamos plantearnos seriamente una campaña "radical" contra la precariedad, en el que incluya 'Papeles para todos', 'Contra ETTs y contratos basura', 'Derechos laborales y sociales', 'contra la especulación inmoviliaria', etc. Una campaña bien organizada y combativa, y que rompamos con los viejos enfrentamientos estúpidos entre "porque tu eres trosko o tu autónomo..." Sin politiqueo, ni intereses de tal u otra organización, horizontal y asamblearia, y UNITARIA que englobe a todo el movimiento desde los Autónomos, XCADE, XMG, la Casa de la Soli, etc. Es decir, sin politiqueos por favor. Yo hace tiempo que estoy esperando una campaña seria contra lo que nos afecta a todos, en mi caso todos lo que he mencionado. Ya que soy emigrante nacionalizado (Pero tengo familia que ha venido recientemente y amigos en la plataforma de Regulación sin condiciones), trabajo en una ETT sin derechos laborales y sin espectativas de futuro, no puedo ni plantearme el derecho a una vivienda, etc. esta situación cada vez me quema más y estoy hecho polvo. Por eso pido una campaña sin politiqueos que abundan entre autónomos y XMG. Dejemos las peleas para tiempos mejores...
Re: diumenge 26: els més precaris no són ni ciutadans
25 set 2004
no soy d la cgt pero ¿qizas aqi?
JORNADES CONTRA LA PRECARIETAT
https://barcelona.indymedia.org/newswire/display/122435/index.php
Re: diumenge 26: els més precaris no són ni ciutadans
25 set 2004
Yo es que estoy viendo que hay muchos frentes contra la precariedad, pero falta de hacer uno que reuna a todos. Por eso lo digo, pero como ya se sabe en estos asuntos, siempre hay peleas ideológicas. Y mientra jodiéndonos todos. Por eso reclamo una campaña unitaria en que se aparten las cuestiones ideológicas y que se construya de manera para que no se den estos debates.
eso era mayday
25 set 2004
ahora no oigo nada sobre el tema pero espero q pronto nos sigan informando. d todas formas no esta mal ir a los actos d los diferentes frentes pues siempre se puede aprender y compartir, no?
Re: diumenge 26: els més precaris no són ni ciutadans
25 set 2004
ESTOY DE ACUERDO CON LO QUE PLANTEA EL COMPA!!

UNIDAD DE ACCIÓN... YA!!

SOMOS MUCHOSLOS QUE NO PARTICIPAMOS EN MUCHAS MOVIDAS POR SER PARCIALES Y SECTARIAS!!

LO QUE NOS HACE FALTA ES QUE TRABAJEMOS UNIDOS7AS!!

UNIDAD ANTICAPITALISTA!!

www.kaosenlared.net
Sindicato Sindicat