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Comentari :: corrupció i poder
Nuevo sistema judicial participativo
06 mar 2004
Transparentar el sistema judicial a través de la libertad de voto es la tarea fundamental de la democracia participativa para erradicar la corrupción
El imperio de la ley que expresa la voluntad del Pueblo es el fundamento del nuevo sistema judicial organizado a través de la elegibilidad participativa y transparente, previa selectividad académica de los Ministros de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, de los Magistrados del Tribunal Constitucional, de los Jueces, Jurados, consejeros del Consejo de la Judicatura y árbitros del Tribunal de Arbitraje.
La transformación del sistema judicial a la luz de la nueva Constitución de la democracia participativa que, postula el derecho a la igual protección de la ley sin distinción ni discriminación, faculta a los tribunales hacer cumplir colectivamente la ley mediante su aplicación sobre la base de la igualdad ante la ley y los tribunales locales, de todo habitante en el territorio boliviano.
La democracia participativa a partir de la selectividad transparente, exige para la postulación unipersonal a Ministro de la Corte Suprema, Magistrado del Tribunal Constitucional y Consejero del Consejo de la Judicatura, acreditar el grado científico de Maestría o Doctorado en Ciencias Jurídicas, registrado en el Consejo de la Judicatura.
Los Ministros son elegidos a tres por cada departamento de la Republica, en votación universal, directa y secreta, por simple mayoría de sufragios. Al igual que los Ministros son elegidos nueve Magistrados, uno por cada departamento y cuatro Consejeros uno por Oruro, Potosí y Tarija, uno por Beni y Cochabamba, uno por Santa Cruz y Chuquisaca y uno por La Paz y Pando. Todos son elegidos en votación universal, directa y secreta, por simple mayoría de sufragios, para un periodo personal e improrrogable de 10 años, computables desde el día de su posesión y no pueden ser reelegidos sino pasado un tiempo igual al que hubieren ejercido su mandato.
Los Jueces y Jurados previa selectividad y mediante postulación unipersonal son elegidos uninominalmente en votación universal y secreta, por simple mayoría de votos en cada distrito seccional de hasta diez mil habitantes.
El Juez debe ser titulado en Ciencias Jurídicas, es elegido por un periodo de cinco años y puede ser reelecto en los periodos posteriores.
Los Jurados son ciudadanas y ciudadanos bolivianos sin titulo en Ciencias Jurídicas, elegidos en un numero de cien por distrito para un periodo personal e improrrogable de dos años y medio sin derecho a reelección. El Juez elige mediante un sistema computarizado a once de entre los cien jurados para cada caso una hora antes de la apertura del proceso, consiguientemente, el Tribunal esta compuesto por un Juez y once Jurados.
Son árbitros en el ámbito de la Republica los ubicados en cuarto lugar entre los elegidos a Ministros de la corte Suprema por departamento. En el distrito seccional es Arbitro el segundo mejor votado en la elección para Juez.
Los Ministros, Magistrados, Consejeros, Jueces, Jurados y árbitros, responden por su actuación ante los electores a través del control y fiscalización directa de la persona individual y de la ciudadanía en general, ante quienes deben rendir cuentas y pueden ser revocados en su mandato por ellos, mediante la suspensión tramitada ante Jurado y juez competente o destituidos mediante sentencia ejecutoriada en el orden establecido por ley.
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