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Notícies :: guerra
La deuda odiosa de Irak
03 oct 2003
En 20 años, en los que los gobiernos de los países deudores no han librado batalla sobre la cuestión de la deuda odiosa, las grandes potencias (que al mismo tiempo son los acreedores) han evitado cuidadosamente sacarla a relucir.

Súbitamente, el 10 y el 11 de Abril del 2003, la deuda odiosa aparece en el discurso de la administración Bush. Esta última solicita a Francia, Alemania y Rusia (que se habían opuesto a la guerra contra Irak) que renuncien al reintegro de la deuda que Irak tiene con ellos. Toda la prensa internacional se hace eco de la noticia. La deuda odiosa es explícita y correctamente mencionada. Después de algunos días, ya no se habla más de ello que en el Financial Times, el diario financiero inglés, y en otros pocos órganos de la prensa internacional (International Herald Tribune, Wall Street Journal). Los editoralistas del Financial Times reclaman firmemente la retirada de esta propuesta. Para el FT, si se rescata esta proposición, ésta es válida para muchos países del Tercer Mundo y del antiguo bloque soviético. Lo que puede dar ideas a los gobiernos de los países endeudados, que terminarán exigiendo la aplicación de esta doctrina y, si no son los gobiernos, serán los movimientos sociales de estos países quienes lo harán (en Brasil, o en Sudáfrica, por ejemplo, donde la deuda del régimen Apartheid alcanzó los 24 mil millones de dólares). El FT explica que la administración Bush juega con fuego y que pone en peligro a los acreedores.

¿Qué es una deuda odiosa?

"Si un poder despótico (=régimen de Saddam Hussein, NLDR) contrae una deuda, no para sus necesidades o las necesidades del Estado, sino para fortalecer su régimen despótico, para reprimir a la población que le combate, esta deuda es odiosa para la población del Estado entero. Esta deuda no es obligatoria para la nación: es una deuda de régimen, deuda personal del poder que la contrajo; en consecuencia, desaparece con la caída de ese poder" (Alexander Sack, Les effets des transformations des Etats sur leurs dettes publiques et autres obligations financières, Recueil Sirey, 1927). La doctrina de la deuda "odiosa" se aplica perfectamente al caso de Irak.

Esta doctrina data del siglo XIX. Fue utilizada durante el conflicto entre España y Estados Unidos, en 1898. Cuando Cuba, colonia española, pasa a estar bajo el control (protectorado) de Estados Unidos, España le exige a este último el pago de la deuda de Cuba. Estados Unidos se niega declarando que es una deuda odiosa, es decir, contraída por un régimen despótico para llevar a cabo políticas contrarias a los intereses de los ciudadanos. Lo importante es que esta declaración, finalmente reconocida por España, desembocó en un tratado internacional, el Tratado de París 10 de Diciembre 1898). Este último sienta, en consecuencia, jurisprudencia.

Otros casos: las deudas de Bonaparte se rechazan bajo la Restauración en calidad de deudas odiosas, contrarias a los intereses de los franceses. Tras la guerra de Secesión los nordistas, vencedores, se niegan a asumir la deuda sudista contraída para defender un sistema basado en la esclavitud. Después de la Primera Guerra Mundial, el Tratado de Versailles declara que las deudas contraídas por el régimen del Kaiser para colonizar Polonia son nulas, y que no pueden correr a cargo de la nueva Polonia reconstituida. El régimen dictatorial de Tinoco en Costa Rica se endeudó con la corona británica. El juez Taft, presidente de la Corte Suprema de Estados Unidos, designado como árbitro por los dos países en litigio (Gran Bretaña contra Costa Rica, 1923) declara que la deuda es una deuda personal del déspota. Los banqueros acreedores son los primeros responsables ya que conocían la naturaleza despótica del régimen anterior, por lo que no deben acometer contra el régimen democrático que sucede a Tinoco. El juez Taft añade que los acreedores no han sido capaces de demostrar su buena fe.

La doctrina de la deuda odiosa fue formulada por Alexander Sack (antiguo ministro del Zar, emigrado en Francia después de la revolución de 1917, profesor de derecho en París) en 1927, en su libro sobre el traspaso de deuda en caso de cambio de régimen.

Que sepamos, en los últimos treinta años, ninguno de los deudores ha invocado esta doctrina, bien con la intención de repudiar de forma unilateral las deudas, bien para recurrir a un arbitraje. El CADTM y diferentes autores (principalmente Jean Claude Willame, 1986. Patricia Adams, 1991) y movimientos (Jubilé Afrique du Sud, Jubileo Sur.) han analizado desde hace tiempo las deudas del Tercer Mundo bajo este punto de vista jurídico: las deudas de Mobutu (Zaire- República democrática del Congo), de Habyarimana (Ruanda), de Marcos (Filipinas), de Suharto (Indonesia), de los generales de la dictadura argentina, de Pinochet en Chile, de la dictadura uruguaya, de la dictadura brasileña (entre 1964 y 1985, periodo correspondiente al régimen militar, la deuda brasileña pasó de 2,5 a 100 mil millones de dólares; es decir, se multiplicó por 40), de Nigeria, de Togo, de la República de Sudáfrica.

Fenómeno cuya trascendencia llega hasta nuestros días puesto que los pueblos de estos países reembolsan las deudas odiosas con nuevos préstamos.

El caso de la República democrática del Congo es muy claro: en el 2003, la deuda de cerca de 13 mil millones de dólares que se le reclama, corresponde grosso modo a la totalidad de la deuda contraída por Mobutu; ya que después de la caída del régimen en 1997 apenas ha habido nuevos préstamos. Lo que supone que la totalidad de la deuda de la RDC debería ser anulada.

¿Por qué la Administración Bush ha sacado a relucir la deuda odiosa?

El 10 y el 11 de Abril del 2003 los ministros de Finanzas del G8 se reúnen en Washington. John Snow, el secretario de Estado del Tesoro de Estados Unidos, solicita, especialmente a Rusia, Francia y Alemania, la anulación de la deuda odiosa de Irak. Los Estados Unidos lanzan esta exigencia no con la intención de que se satisfaga íntegramente, sino a modo de regateo. Una forma de chantaje que persigue aumentar la puja con los países que se habían opuesto a la guerra. Se trata de convencer a Francia, Alemania y Rusia de cambiar su posición y de legitimar la guerra. Se trata además, de que los países que asumieron los gastos de las operaciones militares, puedan comenzar la reconstrucción utilizando lo antes posible los recursos petrolíferos iraquíes. Cuanto mayor sea la deuda anterior a la guerra del 2003, mayor será el tiempo que los Estados Unidos y sus aliados deberán esperar para cobrar los gastos que la reconstrucción les ha acarreado. Alemania reacciona enseguida durante la reunión del 10 y el 11 de Abril: en lo que la atañe, no discutirá acerca de la anulación, aunque la deuda iraquí será reprogramada. Estados Unidos continúa la negociación persiguiendo convencer a Francia, Rusia y Alemania de realizar un serio esfuerzo en lo que a la anulación se refiere. A cambio de su buena voluntad, las empresas de estos países podrán beneficiarse de contratos ligados a la reconstrucción.

Al parecer, Estados Unidos obtuvo más tarde concesiones por parte de Francia y Rusia. De hecho, el 22 de mayo del 2003, el Consejo de Seguridad de la ONU levanta las sanciones contra Irak y confía la gestión del petróleo (hasta ese momento bajo su control) a Paul Bremer, el administrador civil de Irak nombrado por Estados Unidos.

El Consejo de Seguridad de la ONU (comprendidos pues países como Francia, Rusia y China, que se habían opuesto a la guerra) legitima la ocupación y concede la gestión del petróleo a Estados Unidos por 14 votos a favor y cero en contra (Siria sale en el momento de la votación para no tener que tomar una posición).

La ONU nombra a Sergio Vieira de Mello como representante in situ (morirá en agosto del 2003, en un atentado contra la sede de la ONU en Bagdad que causó 24 muertos) con un status completamente inferior a Paul Bremer.

Levantar las sanciones contra Irak significa que en lo sucesivo, las empresas, empezando por las estadounidenses, pueden recomenzar a hacer business en Irak (el Financial Times titula el 23 de mayo del 2003: "UN removal of sanctions clears way for business"). También significa que todos los activos de Saddam Hussein y de Irak, que durante más de doce años habían sido congelados en el extranjero (entre ellos Estados Unidos) son "descongelados". Lo que permite que Estados Unidos los emplee como reembolso de los gastos de la guerra y de la reconstrucción: luego estos activos no volverán a manos del pueblo iraquí. Según el Financial Times, "It (la suspensión de la sanción contra Irak por el Consejo de Seguridad, NLDR) will free billions of dollars in frozen assets and future oil revenues from de UN'control and place it at the disposal of coalition forces and interim iraqi leaders to pay for reconstruction" (FT, 23 de mayo del 2003).

Eric Toussaint es presidente del CADTM (Comité para la Anulación de la Deuda del Tercer Mundo), miembro del Consejo Internacional del Foro Social Mundial, autor de « La Bolsa o la Vida. Las Finanzas contra los Pueblos », Edit. Gakoa, San Sebastian, 2002

Texto completo del documento en: http://alainet.org/
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