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Notícies :: criminalització i repressió
Estado de emergencia sanitaria en Francia : el orden social, cueste lo que cueste
02 mai 2020
Desde marzo se ha desplegado un arsenal de medidas para detener la propagación del covid-19. Lejos de limitarse al campo de la medicina, estas medidas implican cambios profundos en el funcionamiento de las instituciones estatales, en particular del poder judicial. El estado de emergencia sanitaria establece un Estado autoritario, destruye los derechos de defensa y exacerba el reflejo securitario. En este contexto, los grupos de defensa colectiva y legal teams permanecen activos durante el encierro para no dejar a nadie aislad@ frente a la policía y los jueces.
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Después de haber sido negada durante semanas1, la peligrosidad del covid-19 ha dado lugar a un arsenal de medidas para detener la propagación de la enfermedad. Lejos de referirse únicamente al campo de la medicina, estas medidas implican cambios profundos en el funcionamiento de las instituciones estatales, en particular del poder judicial. Desde la publicación de la ley de 23 de marzo de 2020, que establece las condiciones del estado de emergencia sanitaria2 (EUS, por sus siglas en francés) y su introducción en el mismo día3, y más aún desde que una orden especifica las "adaptaciones" del sistema de justicia penal a la crisis sanitaria4, se han alzado voces para denunciar lo que se percibe como una desviación del estado de derecho. Podemos tener la satisfacción de observar una reacción más franca después de unos días de asombro colectivo. Pero también podemos, sin embargo, contrariamente a la idea de la desviación, analizar el estado de emergencia como un momento de quintaesencia de la justicia estatal, es decir, un momento en el que ésta aparece en su forma condensada, en su forma más explícita, cuando ya no tiene que molestarse con ningún adorno democrático para afirmarse desnuda.
Del "cueste lo que cueste" mentado en el discurso presidencial del 16 de marzo, sería ingenuo retener la promesa de la generosidad presupuestaria sin ninguna contrapartida. Más bien, habría que entender que, a toda costa, el Estado impondrá su orden económico y social, aunque ello signifique suspender los derechos más fundamentales, una terrible regresión social y un empobrecimiento masivo. El estado de emergencia no es el confinamiento, ni mucho menos. No durará lo que dure el confinamiento, ni mucho menos. El estado de emergencia sanitaria no sólo implica que debamos cambiar nuestra vida cotidiana para proteger nuestra salud colectiva. También implica la instauración de un estado autoritario para salvaguardar el orden social en vista de la anunciada ofensiva capitalista.
Instauración de un nuevo régimen
Los efectos de la Ley de 23 de marzo5 en la vida cotidiana han sido ampliamente comentados en los medios de comunicación y en las redes sociales: distanciamiento social, prohibición de todo desplazamiento salvo excepción, regulación de los transportes, prohibición de toda reunión, encuentro o actividad colectiva (incluso religiosa y política), escuelas cerradas, requisición de bienes y personas, posibilidad de cuarentena, internamiento o aislamiento de l@s afectad@s. Sin embargo, no se hizo especial hincapié en las consecuencias de la Ley del mismo día sobre el funcionamiento de las instituciones. Tampoco en las de la validación por el Consejo Constitucional de las infracciones a la propia Constitución6. Reducir lo que está en juego en la EUS a las modalidades de confinamiento elimina cualquier crítica consecuente a la gestión de la crisis. Porque esta ley concierne mucho más que a la salud. Establece un régimen político que, por desgracia, no es nuevo. Cuando los poderes se concentran en manos del ejecutivo y éste puede utilizarlos de forma discrecional, eso tiene un nombre, aunque ofenda a los mitos del país de los derechos humanos y de la Europa de la democracia.
Si bien ya existen disposiciones en el Código de Salud Pública para otorgar facultades especiales al Ministro de Salud en caso de desastre sanitario, el Gobierno ha optado por introducir un nuevo régimen de excepción para gozar de plena libertad para reglamentar en un gran número de ámbitos de la vida social, económica, política y jurídica. Con la ley del 23 de marzo, el ejecutivo está autorizado a gobernar mediante decretos. 42 textos fueron aprobados así entre el 25 de marzo y el 15 de abril7. Sin ningún debate. Un poco como un 49-3 permanente (en Francia, un tipo de procedimiento legislativo que depende sólo del ejecutivo), pero con la ventaja añadida de no tener que consultar al Parlamento. No es que contáramos con el Parlamento para defendernos, pero es significativo que se haya silenciado8 y que se haya puesto fin a la separación de los poderes ejecutivo y legislativo. A nivel local, se refuerza el papel de los prefectos, ya que les corresponde hacer cumplir y modular las medidas decididas por el gobierno, por ejemplo el confinamiento reforzado en Alsacia el fin de semana de Pascua9 o los intentos de requisar las milicias de cazadores en Seine-et-Marne a principios de abril10. En la calle, es la policía quien decide arbitrariamente si nuestros movimientos son legítimos o no, sin que ningún texto especifique las condiciones del delito de no respetar el confinamiento11 y sin que los tribunales de policía puedan pronunciarse en caso de litigio: en adelante, toda persona que se encuentre en la calle es delincuente, salvo que se demuestre lo contrario, o más bien que los policías den su consentimiento de forma aleatoria. Se les da carta blanca para los controles abusivos y la violencia, especialmente en los barrios de clase trabajadora donde la brutalidad policial habitual se ha intensificado. Además, las verbalizaciones repetidas se han convertido en un delito, lo que es completamente contrario a las normas de la ley12.
Este régimen de excepción se consagra en la ley más allá de la duración del confinamiento y más allá de la duración del estado de emergencia sanitaria. El 23 de marzo, se decretó la EUS por un período de dos meses, por derogación del régimen que se acaba de crear. Sin embargo, puede ser renovado en todo o parte del territorio. También puede ser levantado y restablecido si es necesario. Tantas veces como el gobierno lo considere útil y esto hasta el 1 de abril de 2021, o incluso más tiempo si la ley es prorrogada, es decir, mantenida. Y fuera de los períodos de estado de emergencia, el Ministro de Salud conserva el derecho de promulgar medidas que restrinjan las libertades colectivas e individuales hasta la “desaparición duradera de la crisis sanitaria". Fuera de los períodos de emergencia, por lo tanto, permaneceremos en lo excepcional. Y después de la emergencia y lo excepcional, nada impedirá que el Parlamento vuelva a sus funciones ordinarias para perpetuar algunas de las disposiciones de la EUS. Por ejemplo, tan pronto como se ordenó el desmantelamiento del derecho laboral el 25 de marzo, el jefe de Medef (la mayor federación de la patronal de Francia) pidió una ampliación general de las horas de trabajo. Hasta el 31 de diciembre, muchos sectores serán sometidos a condiciones que se creían obsoletas. Jornadas de 12 horas, semanas de 60 horas, abolición de la RTT (días extra de descanso para los empleados que trabajan más de 35 horas a la semana), vacaciones, la ordenanza laboral muestra que no hay un sentido de la historia que nos lleve al progreso sino siempre una lucha de clases que hay que librar para no ser más devorad@s. Y después del 31 de diciembre, ¿qué pasará? Todo indica que la crisis económica que avanza bajo el manto de covid-19 será el pretexto perfecto para exacerbar la explotación.
Derechos de la defensa aniquilados
La instauración de un nuevo régimen es una opción política, no una fatalidad virológica
determinada por la catástrofe sanitaria. La culpabilización y la represión contra las clases trabajadoras no bastan para ocultar las negaciones del gobierno, sus mentiras, su gestión mortífera, lo absurdo de sus instrucciones contradictorias, ni la mezquindad de sus políticas presupuestarias, la ferocidad de sus reformas, su lógica de privatización a cualquier precio. Algunas de las medidas adoptadas no pueden justificarse en modo alguno por razones de prevención sanitaria, pero sin duda sirven a una estrategia de domesticación de la población. Este es el caso de la ordenanza que modifica las normas de procedimiento penal13. Durante los períodos de EUS y un mes después, se suspenden los plazos de prescripción, se duplican los plazos de recurso y, sobre todo, se transforman completamente las condiciones de la custodia policial, las audiencias y la detención. En pocos días, los derechos de la defensa han sido eliminados en todas las etapas del proceso judicial, desde el arresto hasta la liberación
de la prisión. Los tribunales están abiertos bajo mínimos, se aplazan todas las audiencias civiles o administrativas, sólo la justicia penal, considerada esencial, sigue su curso. En otras circunstancias, se podría acoger con satisfacción el hecho de que se detenga el sistema justicial del Estado, pero esto ahora sucede, por supuesto, a expensas de l@s detenid@s, encerrad@s y condenad@s. Las instituciones judiciales se reducen a las necesidades más estrictas del poder: la de castigar y encarcelar.
Llevaría demasiado tiempo describir aquí todas las disposiciones adoptadas en el ámbito de la justicia penal. Para resumir, cabe señalar que en la custodia policial el derecho a hablar confidencialmente con un abogado puede ser reducido a una llamada telefónica, sin garantía de que la policía no escuche la conversación. En cuanto a los tribunales, las audiencias se pueden hacer por videoconferencia, e incluso por teléfono. Para audiencias correccionales, un decreto que señale la persistencia de la amenaza para la salud permitirá transformar las audiencias colegiadas en una audiencia con un único juez. La prisión preventiva puede prolongarse seis meses sin procedimiento contradictorio, es decir, sin posibilidad de defenderse oralmente. De hecho, much@s jueces han extendido automáticamente las detenciones que llegan a su fin sin siquiera convocar a la persona a una audiencia. Lo mismo ocurre con arrestos domiciliarios. Y si alguien está en prisión después de haber sido condenad@, las posibilidades de defenderse, ya sea para ajustes de la sentencia, reducciones de la misma, permiso o liberación bajo coacción, se reducen a meras alegaciones por escrito. L@s menores no se libran de esta lógica de reducción de los derechos de defensa, sino todo lo contrario: detención preventiva, "medidas educativas" e internamientos prolongados, audiencias ante un sólo juez, prolongación de la custodia policial sin presentación ante un magistrado. La liberación anticipada de un@s 5.000 prisioner@s al final de sus sentencias no es un gesto generoso y no podrá compensar la inflación carcelaria que este gobierno, como sus predecesores, ha amplificado.
En cuanto a los derechos de los extranjeros, sigue siendo una respuesta seguritaria a los riesgos para la salud. Las solicitudes de asilo están prácticamente suspendidas y los plazos de recurso no se han adaptado a la actual incapacidad de los servicios administrativos para examinar los expedientes, ya sea para las solicitudes de asilo, la detención o la deportación14. Los centros de internamiento de extranjeros siguen reteniendo a personas de manera ilegal, y en particular a personas enfermas15, a pesar de que ahora es imposible deportarlas a la frontera.
Nuestros enemigos no han cambiado
En toda Francia, y particularmente en los suburbios, las revueltas se multiplican y las noches son incendiarias. La cólera sigue aumentando entre l@s que son objetivos ordinarios de la policía, entre l@s que el confinamiento condena a la miseria, entre l@s trabajador@s expuest@s al virus, entre nosotr@s, toda la población que sabemos que, covid o no, siempre permaneceremos del mismo lado de la barricada. Ante el aluvión de medidas represivas y prácticas autoritarias, es necesario defendernos junt@s. El objetivo de nuestros colectivos es no dejar nunca a nadie aislad@ frente a la policía y los jueces. En la medida de los medios de cada colectivo, seguimos estando disponibles para impugnar las multas por incumplimiento del confinamiento, poner a las personas en contacto con abogados y acompañar a los familiares de las personas heridas, mutiladas o muertas por la policía. Hoy en día, nos estamos adaptando a todas las limitaciones impuestas por el confinamiento y nos estamos organizando para el futuro.
La constatación de un abandono general de los principios constitucionales y de los derechos fundamentales llama la atención, aunque no se defienda al Estado ni a su justicia. ¿Por qué la lucha contra una enfermedad debe inexorablemente conducir a la aceptación de una represión general, a la resignación a ser desposeído de libre albedrío, al cambio de régimen y al endurecimiento de las condiciones judiciales y penitenciarias? Si bien, detrás del uso de la tecnología para rastrear la contaminación, ya estamos viendo el comienzo de la trivialización y la ampliación de la explotación de los datos personales -aunque la policía ya había comenzado a utilizar los datos proporcionados por los operadores antes de 2020-, es probable que el proceso sea el mismo en todas las áreas. A medida que nos acostumbramos a los drones16, a la vida social virtual, a la información mediada por algoritmos,
también nos acostumbramos a vivir bajo una campana y bajo vigilancia. Como cualquier ley de excepción, la EUS será algo más que un paréntesis. En el “mejor de los casos" será un precedente inspirador para l@s que nos gobiernan, en el "peor" será una fase de transición. Así pues, las disposiciones del estado de emergencia de 1955, actualizadas en 2015, pasaron a formar parte del derecho común en 2017. ¿Cómo no temer que la ley de EUS de 2020 inicie nuevas leyes pero también nuevas prácticas de gobierno para los años venideros? Este momento no es un fracaso de la ley, de la justicia y de la democracia, sino una demostración del hecho de que la ley, que retranscribe el equilibrio de poder existente en la sociedad, puede ser moldeada según las necesidades del poder. Formaliza un orden social. Cueste lo que cueste.
Lo que permite este estado de emergencia no es en modo alguno desarrollar medios susceptibles de romper con la lógica criminal que nos llevó a este desastre. El 16 de marzo, durante el discurso presidencial, hemos oído la declaración de guerra y sabemos de quién vino. Crear un enemigo común, llamar a la unidad nacional, las tácticas son anticuadas y el chantaje grosero. Si hay una guerra en el horizonte, es sólo en el frente social y nuestros enemigos siguen siendo l@s mism@s, antes, durante y después de la pandemia.
Colectivos firmantes :
CLAJ, Collectif lillois d’autodéfense juridique : claj(at)riseup.net
La Cabane juridique, Calais : legalshelterviolences(at)gmx.com
Contre la répression organisation collective, Caen : caenantirep(at)riseup.net
Legal Team Paris / Groupe légal de la Coordination antirépression Paris-IdF : stoprepression(at)riseup.net
Anti-Rep rurale de Bure : arr(at)riseup.net
Caisse de solidarité contre la répression, Dijon : caissedeso21(at)riseup.net
Caisse de solidarité de Lyon : caissedesolidarite(at)riseup.net
CASSIS, Collectif d’autodéfense et de solidarité en soutien aux inculpé·e·s stéphanois·e·s : cassis42(at)riseup.net
CAR38, Collectif anti-répression de Grenoble : car38(at)riseup.net Legal Team Marseille : legalteam-marseille(at)riseup.net
Legal Team Pays Basque : legalteambaiona(at)riseup.net
Estos colectivos forman parte de la Red de autodefensa jurídica colectiva Réseaud’autodéfensejuridiquecollective: https://rajcollective.noblogs.org
Firma también Défense collective Cévennes Garrigue : defcolgj(at)riseup.net
1 Recordemos del consejo de defensa del covid, el 29 de febrero, que concluyó con un 49-3 sobre la reforma de las pensiones, y las numerosas vacilaciones sobre las máscaras y tests.
2 Ley n° 2020-290 del 23 de marzo de 2020 como ley de emergencia para hacer frente a la epidemia de covid-19.
3 Decreto no 2020-293 del 23 de marzo de 2020 por el que se prescriben las medidas generales necesarias para hacer frente a la epidemia de covid-19 en el contexto del estado de emergencia sanitaria.
Mira també:
https://rajcollective.noblogs.org/

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