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Notícies :: criminalització i repressió : xarxa i llibertat
Dos años de cárcel por ejercer el derecho a copia privada
09 jul 2003
Por Carlos Sánchez Almeida

"En sus esquemas, el poder político no es más que el tercer poder. Por delante se encuentra el poder económico y el poder mediático, y cuando se poseen éstos, hacerse con el poder político no es más que un mero trámite."

Ignacio Ramonet, "La tiranía de la comunicación"
Con ocasión de la presentación de la reforma penal, les comentaba a principios de año (1) que la situación de la libertad de expresión en España estaba tocando fondo, al considerarse el mero suministro de información como un delito tipificado por el artículo 286 del Código Penal. Las maniobras económico-políticas de los últimos años, orientadas a la obtención del monopolio en el ámbito de la televisión digital, encontraban su colofón en la prevención legal que impedirá informar sobre los aspectos técnicos del citado monopolio. La situación desde entonces no ha hecho más que empeorar.

Coincidiendo curiosamente con el lanzamiento de Digital Plus, la televisión una, grande y libre resultante de la fusión de las plataformas de Telefónica y Sogecable, el Boletín Oficial de las Cortes Generales ha publicado la lista de enmiendas al futuro Código Penal (2). Como era de esperar, ningún partido ha presentado enmiendas al artículo 286: al parecer nuestros representantes políticos temen perder cuota de pantalla si desairan al Amo del poder mediático. Como bien saben nuestros periodistas (3), sólo un prudente silencio asegura la supervivencia en la jungla en que se ha convertido nuestro otrora Estado Social y Democrático de Derecho.

Pese a que el proyecto de Código Penal estaba redactado a la medida del verdadero poder, no ha dejado de sorprenderme el grado de sumisión al que está dispuesta a llegar nuestra clase política. El Grupo Parlamentario Popular, que en otros tiempos intentó desafiar a Sogecable, ha sido elegido -supongo que en castigo por su antigua insolencia- para escenificar la última humillación a que han sido sometidos los teóricos representantes del pueblo español. En la lista de enmiendas presentadas por dicho grupo parlamentario, se encuentra una cuyo principal objetivo es beneficiar a las "majors" cinematográficas que han suscrito contratos con Digital Plus.

Al parecer, el texto propuesto por el Gobierno no satisfacía la voracidad de los Señores del Cine. Si bien criminalizaba a todo aquel que informase sobre los métodos de decodificación de la señal digital, ofrecía un flanco a la libertad de copia privada de películas. Es sabido que desde que se estrena un film, hasta que éste es emitido por televisión, transcurre un periodo de tiempo durante el cual es editado en Video y DVD. Momento en el que cualquier ciudadano, ejerciendo su derecho de copia privada (4), puede copiar el film en formato digital, utilizando las múltiples utilidades gratuitas publicadas en Internet.

La proliferación de redes P2P, favorecidas por programas como E-donkey y Emule, despoja de todo interés a la programación de Digital Plus. Cuando las películas fuesen emitidas en la plataforma digital, la mayor parte de ciudadanos ya dispondrían de las mismas en sus colecciones caseras de Divx. Era más de lo que el emperador mediático estaba dispuesto a soportar.

La enmienda presentada por el Grupo Parlamentario Popular afecta al artículo 270.3 del Código Penal, el cual tendrá en lo sucesivo el siguiente redactado: "Será castigado también con la misma pena quien fabrique, importe, ponga en circulación o tenga cualquier medio específicamente destinada a facilitar la supresión no autorizada o la neutralización de cualquier dispositivo técnico que se haya utilizado para proteger programas de ordenador o cualquiera de las otras obras, interpretaciones o ejecuciones en los términos previstos en el apartado 1 de este artículo."

Hasta la fecha, y en correspondencia con lo dispuesto por la Ley de Propiedad Intelectual, el artículo 270.3 sólo afectaba a los medios destinados a suprimir las protecciones de programas de ordenador. Con el nuevo redactado, quedan fuera de la ley todos los programas que permitan la copia de DVD, conocidos en el argot informático como DVD-rippers. Con esta reforma, a partir de la entrada en vigor del próximo Código Penal, los jueces españoles deberán condenar a una pena de hasta dos años de prisión a cualquier ciudadano que intente ejercer su derecho de copia privada.

Podemos ahorrarnos las próximas elecciones. Si el poder puede ser ejercido directamente por quien ya dispone de él, sin necesidad de intermediarios, quizás va siendo hora de llamar a las cosas por su nombre. Unifiquemos todos los partidos en uno: PPRISOE. Cambiemos de una vez la Constitución, y llevemos a la Carta Magna la Primera Verdad Digital Plus: la soberanía del pueblo español es ejercida por su Consejo de Administración.

Carlos Sánchez Almeida
Bufet Almeida
Mira també:
http://www.kriptopolis.com/more.php?id=85_0_1_0_M

Comentaris

Re: Dos años de cárcel por ejercer el derecho a copia privada
09 jul 2003
Només si lluites podràs vèncer...

http://sincanon.hispalinux.es

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