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Notícies :: criminalització i repressió
El Tribunal Supremo ratifica la condena por torturas a los miembros de la Guardia Urbana implicados en el 4F
20 gen 2013
4FEl Tribunal Supremo ha ratificado la condena a los miembros de la Guardia Urbana de Barcelona, Bakari Samyang y Víctor Bayona, por torturas contra Yuri Sarran la medianoche del 6 de septiembre de 2006 en dependencias policiales. Ambos policías fueron testigos de las acusaciones en el juicio del caso 4F y Bakari Samyang fue acusado de torturar a Rodrigo Lanza, Alex Cisternas y Juan Pintos, el 5 y 6 de febrero del 2006, siete meses antes de las torturas a Yuri (ver páginas 47, 48 y 49 del informe de Amnistia Internacional).
Rodrigo Lanza sigue defendiendo su inocencia tras salir de la cárcel, donde ha estado cinco años condenado por intento de homicidio a un Guardia Urbano. «Como las declaraciones de estos policías torturadores y corruptos fueron las únicas pruebas en el juicio del 4F, solicitamos a la fiscalía que reabra el caso 4F y las denuncias de tortura realizadas por Rodrigo Lanza, que se investiguen los hechos sin dejar de lado a los políticos implicados, como Joan Clos o Jordi Hereu, y se haga, finalmente, justicia» señalan desde el grupo de apoyo Desmontaje 4F.

LA DIRECTA | El máximo órgano judicial español convierte en firme la condena por torturas graves y lesiones -la víctima fue un ciudadano de Trinidad y Tobago en 2010- contra Víctor Bayona y Bakari Samyang, dos agentes antidisturbios de la unidad UNOC de la Guardia Urbana de Barcelona. Se da la circunstancia de que estos mismos policías fueron la pieza clave testifical en el juicio del caso 4F, que supuso penas de entre 3 y 5 años de prisión para Rodrigo Lanza, Patricia Heras y otras tres personas. Lanza finalizó la condena el pasado 29 de diciembre, y Heras se suicidó durante un permiso cuando cumplía pena en la prisión de Wad-Ras.

La Sentencia de la Audiencia Provincialde Barcelona, sección 5ª de 17 de octubre de 2011 condena a los agentes de la Guardia Urbana de Barcelona: Víctor Bayona Viedma y Bakari Samyang Davila como autores responsables de un delito consumado de torturas graves, con una falta consumada de lesiones, con pena de prisión de dos años y tres meses y a la pena de inhabilitación absoluta de ocho años y tres meses, y por la falta, la pena de multa de treinta y cinco días.

UNA HUMILLACIÓN QUE NO ES «UN HECHO AISLADO»

Según el Tribunal, estos actos de vejación y humillación deben ser calificados como de torturas graves porque «no fueron un hecho aislado en el tiempo, sino que tuvieron una extensión temporal de entidad y se realizaron fuera de la observación de particulares que pudieran denunciar los hechos».

Además, el fallo remarca que las torturas sufridas por el detenido se produjeron en la comisaría, un espacio que «debería significar una mayor protección para la persona del detenido y la salvaguarda de sus derechos fundamentales», pero que en esa ocasión «devino desgraciadamente en un lugar de desprotección». Los dos policías condenados, junto con otros dos agentes «no identificados» comenzaron a propinar puñetazos y patadas al joven detenido, además de apagarle un cigarro en un hombro y restregarle una fregona por el rostro.

En este sentido, el fallo pone de relieve que el detenido pudo comprobar que, mientras los dos agentes condenados le torturaban, otros agentes uniformados o no que se hallaban en las dependencias policiales -y que no han podido ser identificados- tenían una actitud «tolerante u omisiva» frente a la conducta de los agentes condenados.
Mira també:
http://arainfo.org/2013/01/el-tribunal-supremo-ratifica-la-condena-por-torturas-a-bayona-y-samyang-miembros-de-la-guardia-urban
http://www.amnesty.org/sites/impact.amnesty.org/files/PUBLIC/documents/eur20412006f2007.pdf

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