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Notícies :: ecologia
Un juez condena Endesa a pagar 37 millones por incendiar el Berguedà en 1994
05 set 2012
Barcelona, 5 sep 2012(EFE).- Una juez de Barcelona ha condenado a la
compañía Endesa a indemnizar con 37,4 millones en total a 117
propietarios forestales y agrícolas de la comarca barcelonesa del
Berguedà afectados por el incendio de 1994, al considerar que el
fuego se originó debido al mal estado de la línea eléctrica.
En su sentencia, que es recurrible, el juzgado de primera
instancia número 11 de Barcelona condena a la compañía eléctrica a
pagar indemnizaciones que alcanzan máximos de casi 4 millones de
euros, más los intereses, a 117 propietarios forestales que
presentaron demandas contra la compañía.
Endesa está analizando la sentencia y "muy probablemente"
recurrirá el fallo, según fuentes de la compañía.
La juez cree que la compañía eléctrica, a quien los demandantes
pedían 115 millones de euros, es responsable de los daños provocados
por el incendio debido a su "inexcusable negligencia" en el
mantenimiento del tendido eléctrico del que se desprendieron las
chispas que originaron el fuego, que en total destruyó 25.800
hectáreas.
Los propietarios afectados por los incendios de 1994, en que
murieron tres personas, basaron su demanda en la sentencia de la
Audiencia de Barcelona, que en 2007 absolvió a un responsable de
mantenimiento de Endesa pero dejó abierta la vía civil para
presentar reclamaciones, al concluir que fue la línea eléctrica la
que provocó el fuego al no estar lo bastante protegida.
A la luz de las pruebas y testimonios aportados en el
macrojuicio, que se prolongó durante varios meses, la sentencia da
por demostrado que el incendio se originó en la línea de baja
tensión de Endesa, al desprenderse las chispas y trozos de cobertura
incandescente de PVC que recubrían los cables conductores del
tendido.
La juez reconoce que no se ha podido determinar la causa que
propició que cayera material incandescente de la línea eléctrica,
pero añade que, en cualquier caso, no consta acreditado que la
compañía "adoptara todas las precauciones necesarias" para evitar un
fuego, "con mayor peligrosidad en temporada estival por las
temperaturas normalmente reinantes".
En opinión de la magistrada, por su especialidad en la materia,
la compañía eléctrica "no podía desconocer el riesgo que el
ejercicio de su actividad conlleva, de la que además se lucra
(...)".
Ese razonamiento, añade la sentencia, lleva a que la compañía
eléctrica "deba responder por su inexcusable negligencia, sin que se
haya acreditado que el incendio se produjera por una causa no
imputable a ella".
Para la juez, "de ningún modo puede considerarse que la entidad
demandada haya practicado prueba suficiente que la exonere de la
responsabilidad que se le atribuye".
"Y lo que no se entiende es que, siendo la entidad demandada la
titular de la línea a la que desde el primer momento se estuvo
atribuyendo la causación del siniestro, no se proveyera de pruebas
concluyentes para, en su caso, exonerarse de responsabilidad",
apunta la sentencia.
La juez considera que Endesa podría haber retirado los restos de
la línea eléctrica que atravesaba el lugar donde se inició el fuego
y realizar "un examen pormenorizado, minucioso y al detalle" que
descartara anomalías en el tendido, especialmente teniendo en cuenta
que había una investigación penal abierta sobre el origen del
incendio. EFE
rg/mb/ero

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