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Notícies :: antifeixisme
El Supremo niega las torturas a Portu y Sarasola y absuelve a los cuatro guardias civiles
17 nov 2011
En la sentencia conocida ayer, el Tribunal Supremo español llegar a criticar al juez Iñaki Subijana por dar más credibilidad a los forenses de la Audiencia Provincial de Gipuzkoa que a los peritos de parte, entre los que se encontraba el forense que dijo que Unai Romano se autolesionó con una puerta. El TS afirma los testimonios de Igor Portu y Mattin Sarasola son una invención y ETA se encargó de encontrar testigos que corroborasen su versión.
# Sentencia al servicio de una estrategia

No se torturó a Igor Portu y tampoco a Mattin Sarasola. Sus lesiones se produjeron durante la detención, salvo, quizá, el enfisema de Portu (una costilla clavada en el pulmón), que no se sabe cómo se produjo, aunque quizá se debió a que durante su traslado en el Patrol policial llevaba la cabeza agachada. Éstas son las conclusiones del Tribunal Supremo, que tumbó ayer la sentencia de la Audiencia Provincial de Gipuzkoa y, en consecuencia, absolvió a los cuatro agentes de la Guardia Civil condenados por esos hechos. El ahogamiento en el río a Portu fue, simplemente, una mentira.

Los jueces del Tribunal Supremo Juan Saavedra Ruiz, Andrés Martínez Arrieta, Julián Sánchez Melgar, José Ramón Soriano Soriano (ponente) y Juan Berdugo Gómez de la Torre se pronunciaron favorablemente al recurso presentado por la defensa de los guardias civiles y suscrito por la Fiscalía. Este fallo anula el anterior en virtud a que existe "una indeterminación en la atribución delictiva de un delito de comisión por omisión", una supuesta vulneración de la presunción de inocencia de los guardias civiles y, por último, rechaza las conclusiones a las que se llegó en Donostia (los hechos probados) vinculando todo a una estrategia de ETA.

El Alto Tribunal argumenta que todos los presos de ETA denuncian torturas -lo que es falso-, porque existe un manual que así lo indica. Es lo que denomina como "kantada" -pese a ser palabra castellana que se escribe con `c'- y que define como un falso relato pactado para que sea coincidente. Desde ese punto de vista, todo cuanto dice un detenido acusado de tener relación con ETA es falso -salvo cuando se autoinculpa-.

Esta forma de ver las cosas le ha valido al Estado español dos condenas por parte de Estrasburgo, por no investigar las torturas a Mikel San Argimiro y a Aritz Beristain (setiembre de 2010 y marzo de 2011).

Si bien la indeterminación (no se sabe bien qué agente hizo qué cosa, ya que estaban quince) puede ser un sustento legal para modificar la sentencia, la negación de cualquier tipo de maltrato a los dos jóvenes de Lesaka parece -vistos los hematomas de Portu y el enfisema de Sarasola- un auténtico dislate. Y, sin embargo, es precisamente esto lo que han hecho los jueces del Supremo.

La sentencia expone los motivos por los que niega que se llevaran a los dos detenidos a un monte (anulación del apartado Segundo de los Hechos Probados, folios 8 a 10 de la sentencia de la Audiencia donostiarra, colgada en la web de GARA) donde se produjeron las agresiones más graves, que incluyeron el ahogamiento en una regata de Portu. Para ello, carga contra los tres testigos que presentó la defensa, afirmando que fueron contactados directamente por ETA para que corroboraran un relato falso pactado por los dos detenidos. Así pues, el alcalde de Aramaio, una enfermera del Hospital Donostia y el testigo ocular habrían actuado siguiendo órdenes de la organización armada, y eso se les habría pasado por alto tanto al juez Iñaki Subijana como al fiscal jefe de Gipuzkoa, Jaime Goyena.

Rehabilitar a los peritos

El Supremo también da un toque de atención al juez Subijana. Le dice que debería haber hecho más caso a los peritos de la defensa, los doctores Carlos Resines y Enrique Villanueva, que jamás vieron a los detenidos, salvo en fotografías, y a los dos forenses de la Audiencia Nacional. "Tales opiniones técnicas debieron merecer un mayor cuidado valorativo", dice el Alto Tribunal.
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