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Notícies :: antifeixisme
"El fallo debe ser un paso para la erradicación de la tortura"
31 des 2010
Aunque incide en la importancia de que un tribunal recoja en una resolución la existencia de la tortura, la abogada de Igor Portu y Mattin Sarasola se muestra crítica con que delimite dos tiempos y niegue realidad al relato de Sarasola durante la incomunicación, algo que para ella demuestra "lo que hace la incomunicación: crear un muro prácticamente infranqueable de impunidad".
Aunque sea una valoración de urgencia, ¿cómo ha recibido la sentencia condenatoria?

Hay que destacar su importancia, porque pone en una resolución judicial la existencia de la tortura. Y, sobre todo, las circunstancias de negación sistemática del Estado de la existencia de la tortura. La mayor virtualidad e importancia que tiene la sentencia es que debe ser un paso en la erradicación de la tortura.

¿También contiene aspectos negativos?

Lo que destacaría es que hace un esfuerzo muy dirigido a separar dos momentos en el relato de Igor y Mattin, que es el de la detención, que es por lo que los condena, y todo lo que ocurre a partir de su llegada al cuartel de Intxaurrondo. Ahí hace un corte y niega realidad a la segunda parte. Y lo explica dirigiéndolo a que no sean cuestionadas ni la declaración policial de Mattin ni la sentencia que les ha condenado a los dos en base a esa declaración. Pero ese salto no se hace de forma razonable, lógica y con apoyo jurídico suficiente. Otro elemento negativo es que las condenas -aunque muy importantes- no se avienen a los relatos probados. Son mínimas. Y creo que una sociedad no puede admitir eso, ni que se condene mucho más gravemente la quema de contenedores o cajeros que la tortura a personas. No es asumible.

¿Cómo valora que ambos estén penados centrándose en declaraciones policiales por la Audiencia Nacional, que fue precisamente quien derivó el caso de torturas hacia Gipuzkoa?

Todo lo que ha ocurrido en ese caso sólo se puede entender desde una posición de amparo de la tortura. En este caso ha habido evidencias para que un tribunal condene, pero la Audiencia Nacional ha hecho constantemente caso omiso a esa realidad. Y lo hago extensible a otros muchos casos, porque que ahora se haya podido probar torturas nunca nos puede llevar a la conclusión de que en los casos en los que no se han podido demostrar no existan, sino al contrario.

Mira también:

http://www.gara.net/paperezkoa/20101231/240718/es/Penas-carcel-para-cuat

Aunque no alude al modo en que el juez Grande-Marlaska-(A.N.)-se quitó de encima la investigación de la causa y cómo la derivó a Gipuzkoa, la sentencia sí incide en que "en este sentido, se estará de acuerdo en que la denuncia de haber mediado torturas encaminadas a lograr tales informaciones, lanza sobre los datos obtenidos y sobre los hechos averiguados, cuando menos, la sospecha de haberse producido una prueba ilícitamente obtenida".

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