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Los Niños y el Internamiento Involuntario
18 mar 2010
Para aquellos individuos y padres que quieren comprender sus derechos humanos en el tema del internamiento involuntario, este artículo tratará exactamente sobre eso
Los Niños y el Internamiento Involuntario
A quien se le puede aplicar el Decreto Baker ( Baker Act)
Cuáles son las reglas en relación al consentimiento y las drogas psiquiátricas
Cuáles son las reglas en relación al consentimiento y la terapia electroconvulsiva (ECT)

Written by Mental Health Advocate and Executive Director of the Citizens Commission on Human Rights of Florida
Laurie Anspach

Para aquellos individuos y padres que quieren comprender sus derechos humanos en el tema del internamiento involuntario, este artículo tratará exactamente sobre eso. Puede ser una verdadera sorpresa para algunos, darse cuenta que los niños pueden y de hecho son internados involuntariamente en instituciones psiquiátricas. Se les pueden administrar drogas psiquiátricas y terapia electroconvulsiva (ECT).

Involuntario significa que una persona puede ser internada contra su voluntad, sin su propia elección. El departamento de Niños y Familias de Florida publica “El manual del Decreto Baker y la Guía de referencia para el Usuario”. Este manual hace referencia al “Decreto de Salud Mental”, mejor conocido como “ El Decreto Baker” y proporciona una gran cantidad de información detallada sobre los niños y el internamiento involuntario al cual se puede tener acceso via internet. Hay una sección de preguntas y respuestas que puede contestar todas sus preguntas. ( La dirección web se brinda al final de este artículo).

Primero que nada tenemos el tema del consentimiento. En la mayoría de las áreas donde se practica la salud mental encontrará que una persona tiene el derecho humano básico a expresar su consentimiento al tratamiento. Este es un tema muy amplio para estudiarse y usted encontrará una gran cantidad de información real sobre este tema en el sitio de web de La Comisión de Ciudadanos por los Derechos Humanos de Florida; organizacion fundada en 1969 por la Iglesia de Cienciologia y por el profesor de psiquiatría, el Dr. Thomas Szasz.


Una persona a la que se ha considerado incompetente para consentir tratamiento, perderá su derecho humano para dar su consentimiento y este derecho caerá en manos de un oficial de la ley, un psiquiatra, una enfermera psiquiátrica o un psicólogo.

Cualquiera de estos profesionales puede iniciar el Decreto Baker si el niño o individuo está demostrando inhabilidad para “ ejercer control voluntario sobre sus propios síntomas”(síntomas de salud mental).

Debido a su inhabilidad para controlar sus síntomas de salud mental, depresión, ansiedad, agresión, etcétera, y debido a que se le considera “un peligro inminente” para sí mismo y para otros y habiendose documentado en sus registros “el carácter y alcance del peligro planteado” el individuo o niño es internado involuntariamente.

Si se considera que el niño está incapacitado o es incompetente para consentir al tratamiento, el o ella no podrá prevenir el internamiento involuntario. Si la persona es internada involuntariamente, entonces hay cosas muy específicas que puede y no puede hacer. La siguiente información del manual (mencionado arriba) ayuda a clarificar ciertos asuntos específicos relacionados con el derecho del niño, padre o guardián para rehusarse al tratamiento.

“Cuando el tratamiento propuesto ha sido completamente descrito al sustituto autorizado legalmente para tomar decisiones y él o ella ha proporcionado consentimiento al tratamiento, la persona pierde autoridad para rehusarse al mismo.

La persona tiene el derecho para presentar un recurso de hábeas corpus para que un juez pueda determinar si sus derechos han sido violados.

Sin embargo, si una persona se opone firmemente a una forma particular de tratamiento, el guardián/defensor legal o apoderado, deberá hablar con la persona para determinar las razones para sus objeciones.

Si es apropiado, el guardian/defensor legal o apoderado, puede, basándose en esta información, retirar su consentimiento para el tratamiento propuesto y negociar un plan revisado de tratamiento con el médico.

La negación de una persona, a consentir al tratamiento no es, en sí misma, una indicación de incompetencia para consentir.

Hay muchas razones por las que una persona puede decidir no consentir a un medicamento en particular, a cualquier medicamento ordenado por un medico en particular, o al tratamiento ordenado en una institución en particular.
La decisión de si una persona es competente para consentir se basa en un juicio clínico de su capacidad para decidir, no en el hecho de si una persona da o no, dicho consentimiento”

Tratamiento psiquiátrico y el Decreto Baker:

De acuerdo al Decreto Baker, el tratamiento psiquiátrico debe administrarse en “la forma menos restrictiva”. Es vital comprender que la tutela y derechos paternos pueden ponerse en práctica. Si no hay padres, guardianes o tutores que puedan dar o negar consentimiento al tratamiento, el administrador de la institución, bajo recomendación del psiquiatra, puede autorizar, lo que se considera “tratamiento médico de emergencia”.
Este tratamiento puede incluir medicamentos psiquiátricos, procedimientos quirúrgicos y aún más.

El Tratamiento Electroconvulsivo ( ECT) “puede ser autorizado por una persona competente, por un guardián, o un defensor legal, quien ha sido otorgado con autoridad explícita por la corte para consentir al tratamiento electroconvulsivo. [ s.394.459(3)(b), F.S.] La sección 458.325, F.S. requiere que el tratamiento electroconvulsivo sea acordado por un segundo médico que no esté directamente involucrado y no sea responsable del cuidado de la persona. Tal acuerdo debe ser documentado en el registro de tratamiento de la persona y debe ser firmado por ambos médicos.”

Nunca se ha documentado que el tratamiento psiquiátrico ayude a un niño a manejar cualquiera de las opresiones y desilusiones de la vida. De hecho, los efectos irreversibles que las cirujías, drogas psiquiátricas y tratamientos de choques eléctricos causan, sí han sido documentados.

Infórmese y conozca sus derechos y los derechos de su hijo.
Llame a la Comisión de Ciudadanos por los Derechos Humanos de Florida 800-782-2878

(El Manuel del Baker Act http://www.dcf.state.fl.us/mentalhealth/laws/08appl.pdf)

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Sindicato Sindicat