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Boletín de prensa de la CCIODH. Ante la discusión del dictamen sobre ATENCO de la SCJN
08 feb 2009
Boletín de prensa de la CCIODH. Ante la discusión del dictamen sobre Atenco de la SCJN: Justicia o Impunidad
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Boletín de prensa de la CCIODH. Ante la discusión del dictamen sobre Atenco de la SCJN: Justicia o Impunidad

BOLETÍN DE PRENSA Nº 38 DE LA VI VISTA DE LA CCIODH (COMISIÓN CIVIL INTERNACIONAL DE OBSERVACIÓN POR LOS DERECHOS HUMANOS)

Ante la discusión del dictamen sobre Atenco de la SCJN: Justicia o Impunidad

El próximo lunes 9 de febrero del 2009 la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), iniciará el debate sobre las graves violaciones de derechos humanos en San Salvador Atenco a partir del proyecto de dictamen elaborado por el ministro José de Jesús Gudiño Pelayo.

El dictamen final de la SCJN puede definir un cambio en la tendencia en México haciendo justicia ante las graves violaciones a los derechos humanos que se dieron en Atenco o bien ratificará la continuidad de la impunidad como mal presagio de que el horror ocurrido se pueda repetir.

De ser así, quedará en cuestión el propio sistema, incapaz durante dos años y medio, de imputar, procesar y condenar a un solo funcionario público por las graves violaciones reconocidas en el propio proyecto de dictamen y en cambio, sí ha juzgado y condenado a duras penas de prisión a 13 personas pertenecientes al movimiento social, que a su vez han denunciado graves violaciones a sus derechos individuales y políticos.

El proyecto de dictamen:

· Reconoce, mediante una descripción pormenorizada del horror, las graves deficiencias de la actuación policial en el operativo. Señala en tiempos y modos como ocurrió y ratifica las conclusiones que ya aportaron diferentes informes independientes tanto nacionales como internacionales.

· Exhonera las responsabilidades tanto políticas como penales de estas actuaciones delictivas por parte de los funcionarios responsables a pesar de citar la reunión para definir el Operativo Rescate Atenco celebrada la noche del 3 de mayo de 2006 por Enrique Peña Nieto, Wilfredo Robledo, Abel Villicaña, Humberto Benítez Treviño, así como Eduardo Medina Mora, Genaro García Luna y Miguel Ángel Yunes.

· Afirma que no hay pruebas suficientes que permitan sostener que hubieran órdenes expresas para la comisión de estos delitos. Asímismo, considera que el operativo no tuvo como objetivo la represión sobre un movimiento social con reivindicaciones legítimas. Especialmente grave es la afirmación de que no hay pruebas para imputar a funcionarios en los homicidios de Javier Cortés y Alexis Benhumea, no teniendo en consideración las pruebas y testimonios aportados por los denunciantes y organizaciones de DDHH nacionales e internacionales.

· En el caso de violencia sexual y tortura contra las mujeres el proyecto reconoce los hechos y su gravedad por lo que recomienda su seguimiento en manos de la justicia mexicana que hasta hoy no ha dado satisfacción a las denunciantes, hasta el punto que 11 mujeres han decidido recurrir a instancias internacionales ante su inoperancia.

En conclusión, es responsabilidad de la SCJN decidir sobre su capacidad, aunque solo sea moral, de enfrentarse a un problema que no puede eludir como máximo órgano jurisdiccional del estado mexicano: la endémica violación de los derechos humanos como instrumento del poder para reprimir a los movimientos sociales, práctica de la que el caso Atenco es paradigmático aunque por desgracia no el único.

Es responsabilidad de la SCJN revertir este estado de cosas que destierra la justicia y consolida la impunidad.


Comisión de Prensa

Barcelona a 7 de febrero de 2009

Comisión Civil Internacional de Observación por los Derechos Humanos
C/ de la Cera, 1 bis. 08001 Barcelona
tel: 935113966, fax: 933290858
cciodh ARROBA pangea.org
http://cciodh.pangea.org


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Atenco: hacer justicia

A casi tres años de los abusos cometidos por policías federales y estatales en Texcoco y San Salvador Atenco

Atenco: hacer justicia

Redacción La Jornada

A casi tres años de los abusos cometidos por policías federales y estatales en Texcoco y San Salvador Atenco, en mayo de 2006, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tiene previsto iniciar, el próximo lunes, la discusión pública de un dictamen sobre el caso, elaborado por el ministro José de Jesús Gudiño Pelayo. Entre otras cosas, el documento reconoce la comisión de violaciones a las garantías individuales de los pobladores de Atenco por parte de elementos de la fuerza pública (entre los que destacan diversas formas de agresión sexual) y atribuye tales vejaciones a “la falta de técnicas para preservar las detenciones, indolencia y cargas emotivas incontroladas y, por supuesto, injustificables” de los policías; asimismo, el texto aclara que el máximo tribunal no está facultado para fincar responsabilidades personales a los funcionarios involucrados –cuyos nombres son omitidos– en la violación de garantías, ni para establecer las sanciones correspondientes.

Sin duda, el solo hecho de que el máximo tribunal haya reconocido, en voz de uno de sus magistrados, la comisión de estos crímenes y la participación de las autoridades en ellos constituye un avance con miras al cabal esclarecimiento de esas lamentables e inaceptables agresiones, y ciertamente es un cambio positivo en la postura del propio Gudiño Pelayo, quien hace exactamente dos años, ante la posibilidad de que la SCJN atrajera el caso, sentenció: “no vamos a obtener nada más de lo que ya obtuvo la Comisión Nacional de los Derechos Humanos”. Sin embargo, al insinuar que los abusos se deben principalmente a la falta de preparación de las policías; al omitir la mención de los altos funcionarios involucrados; al no establecer sanciones en contra de los responsables, la investigación de la Corte pareciera limitar sus propios alcances y descalificar de alguna manera las conclusiones a las que arriba.

En efecto, ante la gravedad de los atropellos cometidos en Atenco –homicidios no esclarecidos, violaciones, detenciones arbitrarias, incomunicaciones, allanamientos de morada, golpizas y robo de pertenencias, hechos documentados por diversos organismos defensores de derechos humanos–, resultaría insostenible deslindar a funcionarios que, como Enrique Peña Nieto, gobernador de la entidad, o Eduardo Medina Mora, entonces titular de Seguridad Pública federal, tenían bajo su mando a los efectivos que cometieron esos delitos. Un resolutivo en ese sentido no sólo preservaría la impunidad de que disfrutan los responsables políticos, intelectuales y materiales de los graves atropellos sufridos por centenares de personas, sino que confirmaría que en el país prevalece un manejo faccioso de la justicia, y que los órganos encargados de impartirla operan bajo criterios de índole política, no legal: baste con contrastar el trato que hasta ahora han recibido los responsables de las acciones represivas de Atenco, con las sentencias desproporcionadas, la invención de delitos y la persecución política de que han sido objeto los líderes sociales de la localidad mexiquense. Tal perspectiva acentuaría, además, el descrédito en que el máximo tribunal se encuentra inmerso como consecuencia de sus propias decisiones.

En suma, la Corte no sólo tiene en sus manos la resolución en torno a un episodio atroz, en el que fueron cometidos crímenes que no deben quedar impunes: tiene, también, la responsabilidad de reivindicar, en alguna medida, su compromiso con las garantías individuales y con la vigencia del estado de derecho, y de reivindicarse a sí misma de cara a la sociedad. Cabe esperar que los magistrados cobren conciencia de ello.

http://www.jornada.unam.mx/2009/02/07/index.php?section=opinion&article=


BOLETÌN DE PRENSA SOBRE EL DICTAMEN DE LA SCJ CASO ATENCO

FRENTE DE PUEBLOS EN DEFENSA DE LA TIERRA

BOLETÍN DE PRENSA

San Salvador Atenco, 5 de febrero de 2009.

Postura ante el dictamen elaborado por el Ministro José de Jesús Gudiño Pelayo y que será discutido por el pleno de la SCJN el 9 de febrero.

· La determinación de la existencia de graves violaciones a los derechos humanos en Atenco favorece a la impunidad sino se determina que obedeció a una estrategia de Estado cuyo origen es la desatención a las demandas sociales.

· Es obligación de la SCJN señalar a las autoridades involucradas en dichas violaciones y determinar los órganos y autoridades competentes para actuar en consecuencia.


El hecho de que en el dictamen elaborado por el Ministro Gudiño Pelayo se reconozca que en los hechos del 3 y 4 de mayo de 2006 en Texcoco y Atenco se cometieron graves violaciones a las garantías individuales y a los derechos constitucionales, es una consecuencia lógica derivada del estudio de las pruebas aportadas por organismos públicos y civiles de derechos humanos, de carácter nacional e internacional y es una obligación ética y moral de la Corte declararlo así.

Sin embargo, el Ministro Gudiño Pelayo emite una conclusión que limita el alcance de la declaración y favorece la impunidad a los altos funcionarios federales y estatales, en caso de aprobarse dicho dictamen, al decir que éstas graves violaciones no obedecieron a una estrategia estatal por no haberse demostrado instrucciones expresas y órdenes ilícitas de los altos funcionarios, dejando toda la responsabilidad a la libre voluntad de unos policías “mal instruidos e indisciplinados”, cuando la propia Comisión Investigadora determinó que el día 3 de mayo por la noche se reunieron Enrique Peña Nieto, Wilfredo Robledo, Abel Villicaña, Humberto Benítez Treviño, así como Eduardo Medina Mora, Genaro García Luna y Miguel Ángel Yunes, para definir el Operativo Rescate Atenco, lo que implica una planeación y dolo para aterrorizar a la población y tratar de exterminar al FPDT.

Es evidente que en el dictamen se diseccionan las garantías constitucionales violadas, ya que por una parte se acredita –y con razón- que se afectaron el derecho a la vida, a la integridad de la persona, a la libertad sexual, a la no discriminación por género, a la inviolabilidad del domicilio, a la libertad personal, al debido proceso, al trato digno de los detenidos y al derecho a la justicia, sin embargo, las graves violaciones a la Constitución también trascienden a los derechos políticos de libre manifestación de ideas, de reunión, de petición y de protesta.

A diferencia de lo que se expresa en el dictamen al relatar una serie de hechos descriptivos como contexto, el origen del conflicto es la falta de atención a las demandas sociales del FPDT, cuya petición consistía en que el Ayuntamiento de Texcoco permitiera vender flores a un grupo reducido de personas el 3 de mayo de 2006. Es decir, lo que era un hecho irrelevante de carácter municipal se convirtió en cuestión de horas en un caso grave de violaciones a los derechos humanos, con la intervención de los tres niveles de gobierno, cuya coordinación –por lógica elemental- supuso un plan y una estrategia de control de población, que sólo podía haber sido decidida por Enrique Peña Nieto y el Gabinete de Seguridad Nacional de Vicente Fox y no por unos policías indisciplinados que torturaron y usaron como botín de guerra a las mujeres para violarlas.

Aunado a lo anterior, el acotado método de investigación emite conclusiones erróneas y contradictorias con su propio reglamento que se desprende del artículo 97 párrafo segundo constitucional, en donde la regla 21 establece que no se calificará la legalidad de lo actuado en averiguaciones previas, juicios u otros procedimientos ante otro órgano por hechos consumados ni fincar responsabilidades. Esto es porque el Ministro Gudiño Pelayo en su dictamen exonera a los policías estatales de la muerte de nuestro compañero Javier Cortés, sugiriendo que otra persona ajena a las corporaciones policíacas lo haya asesinado, es decir, este juicio no sólo deja impune a los responsables materiales e intelectuales sino que responsabiliza a las víctimas de la represión.

De igual forma, manifiesta que no hay sustento que permita considerar que Alexis Benhumea perdió la vida por el impacto de una granada de gas lacrimógeno. Estos dos casos son la muestra de los alcances de la investigación realizada, ya que los datos por los que sustenta sus afirmaciones fueron tomados de las averiguaciones previas aún sin cerrar ni determinar a los responsables, es decir, el ejecutivo del Estado de México funge como juez y parte a través de la Procuraduría de Justicia del Estado, a él le toca investigar los hechos por los que se le acusa. Si bien en el dictamen se determina que se violaron las garantías de seguridad jurídica, de legalidad y de audiencia de los gobernados –como sucedió en el caso de las denuncias por tortura y violación presentadas por nuestras compañeras-, por simple lógica las averiguaciones abiertas por estos dos homicidios parten de vicios de origen.

De igual forma, al publicar el dictamen omitiendo los nombres de las víctimas, autoridades y policías, así como el no incorporar los puntos resolutivos de la declaración no se protege a los agraviados –porque nuestras denuncias han sido públicas- sino que despierta la sospecha de la impunidad para los altos funcionarios, cuya responsabilidad parece consistir -en este dictamen- en excederse en el uso de la fuerza y no como violadores de derechos humanos, dejándoles la responsabilidad política en la reglamentación posterior.

Para nosotros, la discusión que se dé en el pleno de la SCJN es relevante ya que no sólo se trata de reconocer que en los hechos del 3 y 4 de mayo de 2006 se cometieron graves violaciones a los derechos humanos –como hechos consumados- sino que derivadas de ellas se están cometiendo violaciones graves de forma continúa y permanentes hasta este momento. Ya que Pedro Reyes Flores, Alejandro Pilón Zacate, Jorge Alberto Ordóñez Romero, Román Adán Ordóñez Romero, Juan Carlos Estrada Cruces, Julio César Espinosa Ramos, Inés Rodolfo Cuellar Rivera, Edgar Eduardo Morales, Oscar Hernández Pacheco, Narciso Arellano Hernández recluidos en el penal del Molino de Flores, en Texcoco, condenados a 31 años, 10 meses y 15 días de prisión, Felipe Álvarez, Héctor Galindo e Ignacio Del Valle Medina recluidos en el penal de El Altiplano, en Almoloya de Juárez, condenados a 67 años y medio y 112 años y medio de prisión, así como nuestros 3 compañeros perseguidos están pidiendo libertad y justicia integral, porque de manera injusta están siendo acusados de delitos fabricados mientras los policías violadores y los responsables políticos se encuentran libres.

Tal como lo establece la regla 24 que se desprende del artículo 97 párrafo segundo constitucional, se debe de señalar a las autoridades involucradas en dichas violaciones y determinar los órganos y autoridades competentes para actuar en consecuencia, por lo que reglamentar el uso de la fuerza en casos futuros no nos servirá de mucho sino se determina la justicia para Atenco y ésta se logrará si la Corte es capaz de tocar los intereses de los gobernantes responsables de las graves violaciones a los derechos humanos, o de no ser así, éstos funcionarios pasarán a la larga lista de represores que gozan de impunidad mientras escalan puestos de elección popular.

http://atencofpdt.blogspot.com/2009/02/boletin-de-prensa-sobre-el-dictam

http://atencofpdt.blogspot.com


Un hecho, que en Atenco se violó la libertad sexual de las mujeres, afirma Gudiño Pelayo
Las procuradurías mexiquense y General de la República, cuestionadas por su actuación
Jesús Aranda
Las agresiones sexuales denunciadas por 31 mujeres durante los hechos ocurridos en San Salvador Atenco, estado de México, “pudieran configurar actos de tortura proscritos por el derecho internacional y nacional”, indica el dictamen del ministro José de Jesús Gudiño Pelayo.
Leer más:
http://chiapas.indymedia.org/article_162067


LA AUDIENCIA NACIONAL ESPAÑOLA NO INVESTIGARÁ EL CASO

Madrid, 5 de febrero. La Audiencia Nacional rechazó hoy investigar la denuncia de una española por presuntas torturas sicológicas, físicas y abusos sexuales sufridos durante su detención en mayo de 2006 en México, tras unos disturbios en la localidad de San Salvador Atenco.

La sección segunda de la sala de lo penal desestimó el recurso de Cristina Valls, representada por la organización Women’s Link Worldwide, contra la decisión previa en este sentido del juez Fernando Grande Marlaska. El magistrado consideró en su día que no se podía admitir la querella porque ya estaba abierta una investigación en México sobre los mismos hechos.

“Ha quedado acreditado que en México (...) se están llevando a cabo investigaciones tendentes a esclarecer los hechos”, lo que impide “cualquier otro pronunciamiento que no sea reconocer” la prioridad de la jurisdicción mexicana frente a la española, “puesto que el lugar de la comisión del delito es preferente” sobre la nacionalidad de la denunciante, indicó hoy la sección segunda de la sala de lo penal.

Los disturbios en San Salvador Atenco, en los que se enfrentaron campesinos y vendedores ambulantes con la policía, terminaron con un joven de 14 años muerto, unos 50 heridos y 200 detenidos.

http://www.jornada.unam.mx/2009/02/06/index.php?section=politica&article


Caso Atenco: rechazan querella por tortura contra española Cristina Valls
El magistrado español Fernando Grande-Marlaska rechazó la querella de tortura contra la compañera Cristina Valls
Lourdes Godínez Leal en CIMAC
Leer más:
http://www.kaosenlared.net/noticia/caso-atenco-rechazan-querella-tortura


ATENCO, Expediente Abierto en CNN con Carmen Aristegui.
Checar videos:
Carmen Aristegui - ATENCO, Expediente Abierto 1/2
http://www.youtube.com/watch?v=B3aTD_4ECcI
Carmen Aristegui - ATENCO, Expediente Abierto 2/2
http://www.youtube.com/watch?v=n6zDh7qGI6Q


DIFUNDE CORTE LA VERSIÓN PÚBLICA DEL DICTAMEN DEL CASO ATENCO.
http://www.scjn.gob.mx/NR/rdonlyres/5014E147-29BE-4DB9-8993-63E23652319D

Tribunal Colegiado concede amparo en revisión a perseguidos políticos de Atenco
http://atencofpdt.blogspot.com/2009/02/tribunal-colegiado-concede-amparo

Más info:
Atenco, cronología de una lucha contra la impunidad
http://chiapas.indymedia.org/article_162043

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Sindicato Sindicat