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Nueva carta a Da María Teresa Fernández de la Vega. Mi experiencia en el funcionamiento del derecho de petición
29 set 2008
Señora, la crisis del Estado de Derecho me parece responsable de la crisis financiera y mucho más grave que la última: los mensajes que he dirigido previamente a la ministra de la presidencia y Vicepresidenta Primera del gobierno del Estado del que ostento la ciudadanía y la ausencia de respuesta a mi ejercicio del Derecho de Petición, registrado con el número 8331 (1) en el Ayuntamiento de Campóo de En medio (Cantabria), el 24 de junio del año en curso, me parecen signos altamente inquietantes, que revelan síntomas de graves deficiencias institucionales.
Hechos objeto de la Petición Al alcalde de Campóo de En medio, “presentada según las normas establecidas por la Ley Orgánica 4/2001, reguladora del Derecho de Petición


El Pleno del 31 de Mayo de 2006 del Ayuntamiento de Campóo de En medio aprobó por unanimidad el proyecto de creación de la Fundación Molino de Cañeda que iniciaba en la licencia de rehabilitación del deteriorado edificio del molino. En el inicio de la tramitación de esta licencia, el 25 de julio de 2006, la aparejadora del mismo municipio me anunció los impedimientos para esta tramitación por la inundabilidad del solar en que se encuentra el edificio objeto de la demanda de licencia de rehabilitación; como ya explicaba a usted en uno de los escritos que dirigí a usted a través de su web: https://indymedia.org/en/2007/10/894726.shtml


Objeto de la Petición al alcalde de Campóo de En medio (21 de junio de 2008)


La información en poder del Ayuntamiento el 31 de mayo de 2006 relacionada con la existencia de los impedimentos manifestados por la señora aparejadora, el 25 de julio.


Objeto de la petición dirigida a la señora ministra de la Presidencia y Vicepresidenta Primera, presentada según las normas establecidas por la Ley Orgánica 4/2001, reguladora del Derecho de Petición, el 29 de septiembre de 2008

Defender el cumplimiento de las normativas estipuladas en la ley invocada:
Dado que el destinatario ha agotado los plazos de 45 días hábiles que estipula el ART. 9 de Ley Orgánica invocada para desestimar la Petición “se entenderá que la petición ha sido admitida a trámite� y el de 3 meses para responder a la Petición , que estipula el ART 11 de la misma Ley Orgánica, estimo de se vulnera gravemente un Derecho Fundamental, que considero y consideran muchos, básico.

Esta defensa me parece urgente y digna de la atención de la ministra de la Presidencia y Vicepresidenta Primera del gobierno , en un momento en que éste debe confrontar una crisis tan grave y profunda como la actual.

Acepte, señora, la expresión de mi sincero respeto

Este documento ha sido recibido en la Vicepresidencia Primera:

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Comentaris

Re: Nueva carta a Da María Teresa Fernández de la Vega. Mi experiencia en el funcionamiento del derecho de petición
29 set 2008
Hombre, nueva carta...que raro!
En fin.
Re: Nueva carta a Da María Teresa Fernández de la Vega. Mi experiencia en el funcionamiento del derecho de petición
29 set 2008
a gorila*mono, y a gente afin...
Ya entendeis-No*?
Y no os pongais nerviosas-os, se escribe Dña.no os lo enseñaron nunca-?¿
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