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Abogados piden que se investiguen los hechos de los Sanfermines del 78
26 jun 2008
70 abogados han firmado un documento en el que se pide hacer Justicia con lo ocurrido en los Sanfermines del 78. En este sentido, piden la creación de una Comisión Parlamentaria que investigue los hechos, que el Tribunal Superior de Justicia de Navarra investigue las razones por las que no se ha juzgado a nadie y al Defensor del Pueblo de Navarra que ampare ambas peticiones.
Un grupo de profesionales del Derecho hemos creído conveniente reflexionar y extraer algunas conclusiones acerca de lo que en la memoria colectiva de nuestro pueblo ha representado lo que se conoce como los "sucesos de Sanfermines del año 78". Y nos motiva la preocupación que sentimos ante la muy deficiente actuación de la Administración de Justicia, así como por el desinterés que desde las Instituciones han venido mostrando de forma reiterada sus máximos responsables.

Comenzaremos exponiendo de forma esquemática lo que prácticamente la totalidad de las y los ciudadanos conocen directa o indirectamente.

Pocas personas en Pamplona/Iruña, así como del resto de Navarra, desconocerán qué ocurrió en la ciudad el día 8 de Julio de l978.

La inmensa mayoría sabrá, por haberlo vivido personalmente o por haberlo conocido a través de familiares y amigos, que ese día irrumpió en la Plaza de Toros la Policía Armada "cargando" contra la multitud que ocupaba el ruedo y que, en una acción coordinada, penetró por el patio de caballos una sección de la 1ª Compañía de la Reserva General con sede en Logroño.

Habrán tenido conocimiento de que, entre las 20:45 y las 21:30 horas, tiempo en que se desarrolló la acción de la Policía en la Plaza de Toros, se emplearon gran cantidad de botes de humo y pelotas de goma (según la misma policía: 110 pelotas de goma y 41 botes de humo, aunque realmente fueron muchos más), disparadas contra las, aproximadamente, 20.000 personas que, en aquel momento, ocupaban la Plaza de Toros tanto en el ruedo como en los tendidos. Sabrán que también realizaron numerosos disparos de "fuego real", resultando 7 personas heridas de bala y más de 200 heridos y contusionados por golpes. De los heridos por bala, al menos cinco lo fueron muy graves.

Les habrá llegado información de cómo a partir de las 21:30 horas, aproximadamente, del mismo día 8 de Julio de l978, se inició una operación, coordinada y dirigida por los mandos policiales, destinada a rechazar a los manifestantes que rodeaban el, entonces, Gobierno Civil. En ejecución de dicha operación, una sección de la Compañía de la Policía Armada con base en Pamplona, descendió por la calle Amaya en dirección a la Plaza del Castillo, en tanto que, de forma simultánea, otra sección de la 1ª Compañía de la Reserva General, con sede en Logroño, hacía otro tanto bajando por la calle Paulino Caballero en la misma dirección, intentando rodear al grueso de los manifestantes que ocupaban la Avda. de Carlos III.

Se sabe que la Policía Armada avanzó realizando disparos de fuego real, contabilizándose en la calle Arrieta hasta 9 impactos de bala disparados por la sección que descendía por la calle Paulino Caballero. Que llegaron a concentrarse en el cruce entre la Avda. de Roncesvalles y la calle Paulino Caballero hasta un autobús y cinco furgonetas de la policía con sus ocupantes en tierra. Que al menos tres de esos policías realizaron disparos de fuego real durante un período aproximado de tres minutos, localizándose en la zona 35 impactos de bala, de los cuales 19 se encuentran a una altura entre 0,80 y 2,30 metros, lo que evidencia clara voluntad de alcanzar con dichos disparos a las personas que se encontraban en el cruce de la Avda. de Roncesvalles con Carlos III.

Nadie debería ignorar que como consecuencia de los disparos realizados, un proyectil alcanza a GERM�N RODR�GUEZ SAINZ, causándole la muerte. En ese mismo escenario también resultó herido a la altura de la clavícula, alcanzado por otro proyectil, un manifestante que se encontraba junto a Germán.

Todo lo anteriormente expuesto no es sólo de público conocimiento, sino que consta en los tres procedimientos judiciales abiertos:

- Sumario 151/78 por la muerte de GERMÃ?N RODRÃ?GUEZ.
- Sumario 81/80, por los heridos fuera de la Plaza de Toros.
- Sumario 82/80, por los sucesos de la Plaza de Toros.

Así pues, parece que casi todos los hombres y mujeres de esta ciudad sabemos qué ocurrió en Pamplona/Iruña el día 8 de Julio de l978.

Hasta aquí la exposición resumida de los hechos más conocidos.

A partir de aquí quisiéramos exponer nuestras reflexiones acerca de la actuación -más bien la falta de actuación, cuando no las trabas- en este caso, por parte de los poderes públicos.

Desde que tuvieron lugar los sucesos de los Sanfermines del año l978, son innumerables las veces que desde diferentes colectivos e instancias se ha procurado obtener alguna clase de respuesta a la demanda de nuestra sociedad, tan hondamente sentida, de aclarar y concretar las causas, responsabilidades y consecuencias de aquellos gravísimos hechos que traumatizaron a la ciudadanía pamplonesa y afectaron tan directamente a sus populares fiestas.

Cuantas veces se ha intentado, tantas veces se ha fracasado en el empeño.

Todo cuanto se ha intentado, ha resultado infructuoso y al fin y a la postre, nadie ha respondido ni ha sido condenado por aquellos sangrientos sucesos, y lo que es peor, ni siquiera nadie ha sido nunca juzgado y un inmenso manto de silencio ha caído sobre tan execrables acontecimientos.

La justicia en este caso no sólo ha sido ciega, sino que también ha sido sorda, muda y paralítica.

Es realmente difícil en este caso, hacer justicia a la Justicia.

Cuando la Constitución "ley de leyes" nos habla de un "Estado de Derecho que asegura el imperio de la Ley" y que reconoce como valores superiores "la justicia y la igualdad", garantizando "el principio de legalidad, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de arbitrariedad de los poderes públicos" ¿De qué estamos hablando?

Es claro que la justicia legitimadora de todo Estado de Derecho no es tan sólo la "simple Administración" de ella a través de las leyes y de las sentencias, sino sobre todo la actuación pública EN JUSTICIA, esto es, la prestación JUSTA de todas sus funciones y servicios.

Y esto en el "caso de los Sanfermines 78" no ha sucedido en absoluto.

La Constitución proclama que la justicia "emana del pueblo".

Esta afirmación sin duda es todo un principio, pero no sabremos nunca el papel que el pueblo pueda llegar a representar, pues en este caso no ha existido justicia alguna, y el pueblo ha sido ignorado.

Los clásicos afirman que "sin la justicia no hay Reino ni Provincia ni Ciudad ni Aldea ni casa ni familia" y es San Agustín quien se pregunta "¿Qué son los Estados sin justicia, sino cuadrillas de bandoleros a gran escala?".

Evidentemente los derechos tanto individuales como colectivos no son abstracciones. Los derechos ? todos los derechos ? tienen vigencia aun cuando no sean respetados.

Por eso nunca nos estará permitido decir que todo se ha perdido y nada se puede hacer en este caso, cuando nada se ha intentado por parte de quienes podían hacerlo.

Una sociedad que ampara, tolera y justifica un camino de injusticia, camina seguro a su propia perdición. La indiferencia ante la injusticia es la demostración palpable de la degradación moral.

Sin embargo, nuestra sociedad ha demostrado en innumerables ocasiones que se indigna ante el olvido interesado de los sucesos del año 78.

Nuestra sociedad ha demandado y sigue haciéndolo, una respuesta de la Administración de Justicia ante estos sucesos que nunca se han enjuiciado.

No vale "echar balones fuera", pues cuando ya se saben tantas cosas de lo realmente sucedido en Pamplona en aquellos días, lo menos que cabe pedir a nuestros responsables políticos e institucionales es que dejen de decir tonterías.

Es cierto que hay palabras que repitiéndolas una y otra vez se las profana y pierden su verdadero sentido. Una de ellas es precisamente la palabra justicia; pero cuando la realidad de lo vivido en Pamplona en el año 78 ha sido tan injustamente anulada, no podemos sino recurrir a la palabra ¡JUSTICIA! Para intentar recuperar una parte de aquello que se nos quitó, tanto a la Ciudad como a sus ciudadanas y ciudadanos.

Queremos por último apelar a nuestras Instituciones para que ya que no es posible la celebración de un proceso judicial, sean capaces de estar a la altura de la ciudadanía y dar respuestas satisfactorias que nos permitan conocer, sin mentiras y sin tapujos, cuáles fueron las verdaderas causas que motivaron aquellos sucesos y quiénes son sus verdaderos responsables.

Aunque muchos ya lo sospechamos, estamos deseando conocerlo de sus labios.

Hemos creído conveniente hacer llegar esta reflexión tanto al Parlamento de Navarra como al Sr. Presidente del Tribunal Superior de Justicia de Navarra y al Ilmo. Sr. Defensor del Pueblo, por considerar que son los máximos responsables institucionales con capacidad de dar una respuesta eficaz a la situación que denunciamos.

Pedimos al Tribunal Superior de Justicia de Navarra una investigación a fondo que aclare el por qué del sobreseimiento de las denuncias penales, por parte de los Juzgados y Tribunales de Pamplona, con declaración de responsabilidades en su caso, así como la reapertura si procediere de los Sumarios correspondientes en relación con los hechos acaecidos en el mes de Julio de l978.

Pedimos al Parlamento de Navarra que una Comisión Investigadora de la Institución Parlamentaria aclare debidamente los sucesos de aquellos Sanfermines, hasta llegar a conocer en la medida de lo posible las causas y los responsables de los mismos, estableciendo un adecuado resarcimiento y reconocimiento a las víctimas de aquellos hechos.

Pedimos al Defensor del Pueblo de Navarra que desde dicha Institución se apoye y ampare las anteriores peticiones, surgidas de los sentimientos más dignos de nuestro pueblo y de la necesidad de conocer la verdad y de reparar los sufrimientos de las víctimas.


Pamplona/Iruña, a 23 de Mayo de 2.008.

Link:

http://sanfermines78gogoan.org/

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