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Notícies :: criminalització i repressió : immigració : xarxa i llibertat
¡IMPORTANTE! Necesitamos vuestra colaboración en apoyo a nuestra Huelga Indefinida de Trabajadores Inmigrantes "sin papeles".
09 feb 2008
Rogamos la máxima difusión de este comunicado por todo el mundo dada la urgencia de apoyo y la precariedad de nuestros compañeros del Sindicato Obrero Inmigrante. Gracias a los activistas pacíficos de todo el mundo que nos estáis apoyando.
7 de febrero de 2008


Ya somos más de 100 trabajadores temporeros inmigrantes "sin papeles" miembros del Sindicato Obrero Inmigrante. 45 compañeros permanecemos en Jaén y como sabéis iniciamos hace cuatro días una Huelga Indefinida exigiendo igualdad y trato digno tanto en la Campaña de la Aceituna de Jaén como en otras campañas y sobre la situación general que nos imponen de irregularidad. Muchos de nosotros ya estamos en otras provincias o por teléfono comunicándoselo al resto de compañeros "sin papeles".

Esta acción, que es pacífica, va a ser continuada y, como la mayoría estamos sin dinero ni vivienda debido a estar mucho tiempo parados, solo trabajando un poco en cada campaña, hemos puesto a disposición de todos los compañeros y compañeras trabajadores, tanto inmigrantes como españoles, una caja de resistencia donde todos podéis apoyarnos económicamente para que podamos hacer la huelga todo el tiempo que sea necesario con el fin de conseguir nuestros objetivos (los tenéis pegados más abajo) y poder hacer frente a gastos de algunas necesidades básicas: comida, medicinas, poder mandar algo de dinero a nuestras familias, carteles, octavillas y gastos varios para nuestra huelga.

Nos gustaría mucho que os pusierais en nuestro lugar y que colaboráis con nosotros porque con esta huelga queremos producir cambios importantes en la política de extranjería y en el trato que nos dan los empresarios, las administraciones y algunos ciudadanos. Queremos que nos traten como personas y que tengamos las mismas oportunidades que el resto de ciudadanos ya que estamos viviendo en España, muchos de nosotros más de dos años y no hemos conseguido documentación para trabajar dignamente ni tener derechos.

La situación en nuestros países es muy grave y debemos sostener a nuestras familias además de poder vivir nosotros aquí en España y pensamos que si estuviéramos regulares tendríamos otros importantes derechos que están reconocidos para todo el mundo en la Declaración Universal de los Derechos Humanos. No aceptamos la expulsión por estar irregulares ya que tenemos el derecho reconocido internacionalmente de viajar y buscar una mejor vida en otros países (art. 13 de esta Declaración). La gente que habla de que invadimos, quitamos el trabajo a los españoles o traemos problemas, se equivoca. Todos pueden comprobar que somos personas de paz que solo queremos trabajar con dignidad.

También estamos pidiendo a los ciudadanos de Jaén que nos acojan en sus casas quienes tengan sitio para poder dormir (aunque sea en el suelo) ya que quieren cerrar dentro de poco el albergue de temporeros en esta ciudad, posiblemente también para acabar con nuestra protesta ya que estamos pidiendo un albergue digno dentro de la ciudad y no en el extrarradio en una nave industrial como está ahora. Si nadie nos acoge es probable que nos tengamos que quedar en la calle también a dormir. Aún así estamos dispuestos a dormir a la intemperie con tal de que esta huelga continue pero nos gustaría mucho contar con la solidaridad de muchos ciudadanos que nos aceptan y nos respetan como personas independientemente de nuestro origen o color.

Si con esta huelga vamos creciendo en número y muchos otros compañeros vienen a secundarla también o deciden hacerla en otras campañas temporeras donde están ahora, es seguro que va a cambiar esta política y estos tratos que están produciendo un gran sufrimiento a millones de personas. Ahora que están muy cerca las elecciones generales de este país es un buen momento para que se nos vea y podamos influir en la política de este estado de España.

LO M�S IMPORTANTE ES QUE VINIERAIS Y PARTICIPARAIS VOSOTROS MISMOS EN ESTA IMPORTANTE ACCIÓN PAC�FICA APOYANDONOS IN SITU Y COMPROBANDO QUE NO HAY NADA ESCONDIDO, pero si no podéis o no queréis, aquí tenéis el número de cuenta de la CAJA DE RESISTENCIA donde podéis ingresar el dinero que podáis para apoyarnos: Caja Rural de Jaén - Cuenta: 3067 0122 61 2154827816.

Recordad que la ley, desde hace poco tiempo, ampara nuestro derecho de reunión, asociación, sindicación y huelga. Así que os pedimos que lo comuniquéis a todas las personas que conozcáis (con y sin papeles) a participar en esta huelga que estamos convencidos está cambiando la historia de España y Europa. Recordarle a todos los compañeros que como nosotros no tienen papeles que deben estar asociados o sindicados para poder protegerse bajo la legalidad actual que derogó de la ley de Extranjería los artículos que nos prohibían a las personas "sin papeles" estos básicos derechos en España y así evitar los posibles abusos del gobierno. Si algún compañero no conoce sindicato o asociación que le de un documento para justificar su pertenencia puede ponerse en contacto con nosotros en los teléfonos que hay más abajo.

Recordaros que quien desee venir a Jaén para apoyar y unirse a esta huelga que llame primero a uno de los teléfonos de algunos compañeros que tenéis mas abajo para así hacer un seguimiento de vuestro viaje y que no sea posible ninguna represión gubernamental. También os informamos que si, la mayoría de nosotros, no tenéis papeles y participáis activamente en algún sindicato español podréis así justificar vuestro arraigo en este país, por lo que es prácticamente imposible que puedan proceder contra vosotros con una expulsión. Si no encontráis un sindicato que os permita participar activamente podéis poneros en contacto con el nuestro que si lo hará, siempre que sepáis respetar al resto de compañeros y queráis estar implicados en esta justa acción.

Contamos con todo vuestro apoyo. Muchas gracias por los apoyos recibidos que por ser muchos y de muy diversos lugares del mundo no podemos contestar inmediatamente a todos.

¡Todos para uno y uno para todos!


Firmado:
Sindicato Obrero Inmigrante (SOI)
C/ Millán de Priego 35, bajo.
23004 Jaén
sindicato.soi ARROBA gmail.com

Portavoces:
Guillermo Ramírez (Colombia): +34 678 406 602
Hibrahima Sakho (Senegal): +34 625 918 052
Jesús Hidalgo (España): +34 695 959 121



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Exigencias de
Huelga indefinida
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HUELGA INDEFINIDA DE TRABAJADORES
TEMPOREROS INMIGRANTES "SIN PAPELES"


EXIGIMOS:

1.- Albergue nuevo para Jaén capital, con condiciones dignas y dentro del casco urbano.
2.- Más plazas en los albergues de la provincia.
3.- Que se recoja en el Convenio de la Aceituna que los empresarios den alojamiento a los temporeros.
4.- Denuncia del Foro Provincial de la Inmigración y a todos y cada uno de sus miembros por inoperantes e injustos.
5.- Alquileres asequibles para nosotros, los temporeros, por parte de los ciudadanos propietarios de pisos. Contra la exclusión, racismo y xenofobia.
6.- Permiso temporal de empleo a los temporeros "sin papeles" para todas las campañas agrícolas. Tenemos Derecho legítimo a trabajar y vivir dignamente. Los políticos no nos pueden condenar a morir.
7.- No a las contrataciones en orígen (contingentes) cuando hay personas "sin papeles" que llevamos de tres a cinco años rotando por las diferentes campañas y no nos dan la posibilidad de legalizar nuestra situación.
8.- No a la represión del estado y la expulsión de las personas "sin papeles" utilizando a la policía que sólo debe estar para resolver delitos, nunca faltas administrativas. No hemos cometido ningún delito, sólo una falta administrativa.
9.- Trato respetuoso de los empresarios hacia nosotros, trabajadores temporeros inmigrantes.
10.- Derecho a una vivienda digna y normal como todos y todas.
11.- Papeles para todos y todas; porque no tenerlos significa abusos de diferentes índoles.
12.- Derogación de la ley de extranjería y que la nueva legislación que regule las masas migratorias cumpla el artículo 13 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y la Constitución española.
13.- Derecho al voto de todas las personas inmigrantes.

Si quieres participar en esta justa acción pacífica puedes ofrecer tu casa, a uno o varios de nosotros, durante esta reivindicación pues no tenemos vivienda ni medios económicos para poder pagarla. Necesitamos tu colaboración para tener las misma oportunidades que tu. Solamente con tu apoyo podemos mantener esta Huelga y que se demuestre que en Jaén aún quedan personas dignas que no son cómplices de esta gran injusticia. Ponte en contacto con nosotros.


Firmado:
Sindicato Obrero Inmigrante (SOI)
sindicato.soi ARROBA gmail.com

Portavoces:
Guillermo Ramírez (Colombia): +34 678 406 602
Hibrahima Sakho (Senegal): +34 625 918 052
Jesús Hidalgo (España): +34 695 959 121


¡NINGÚN SER HUMANO ES ILEGAL!


IGUALDAD, TRABAJO DIGNO, VIVIENDA DIGNA
Y PAPELES PARA TODOS Y TODAS

This work is in the public domain

Comentaris

Re: ¡IMPORTANTE! Necesitamos vuestra colaboración en apoyo a nuestra Huelga Indefinida de Trabajadores Inmigrantes "sin papeles".
10 feb 2008
Pero vosaltres inmigrants sempre us amague el primer de maig, segur que voleu els papers per a tots o nomes solucionar la situacio personal i llavors ja esta tot fet?
Re: ¡IMPORTANTE! Necesitamos vuestra colaboración en apoyo a nuestra Huelga Indefinida de Trabajadores Inmigrantes "sin papeles".
10 feb 2008
"un": Ets idiota i tractes d'amagar idees racistes sota les teves tonteries del 1 de maig.

Es que si no participes en la festa de la burocracia sindical no et mereixes els papers? Imbecil
Colaboración teórica.
10 feb 2008
Podría ser lo que aportan a este debate general los vascos, por ejemplo en:
http://euskalherria.indymedia.org/eu/2008/02/46174.shtml
y otros trabajos sobre lo que significa Obrero y Trabajador. Los migrantes son en su gran mayoría obreros, obreros sin trabajo, es decir que no tan trabajadores.
Re: ¡IMPORTANTE! Necesitamos vuestra colaboración en apoyo a nuestra Huelga Indefinida de Trabajadores Inmigrantes "sin papeles".
10 feb 2008
IGUALDAD DE TRATO
Discriminación de los españoles en el mundo. De como a los extranjeros en España se les da más derechos que a los españoles en otros países. Lo que el estado sionista español ofrece a los invasores:
LEY DE EXTRANJERÃ?A
LEY ORG�NICA 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

Artículo 9 : Educación gratuita ( tanto legales como ilegales)
Derecho a acceder a Becas y Ayudas.
( legales) Derecho a ejercer la docencia ,y a
crear y dirigir centros de educación.
Artículo 10 : Derecho a acceder a puestos públicos (
funcionarios)
Artículo 12 : Derecho a asistencia sanitaria gratuita
( tanto legales como ilegales)
Artículo 13 : Derecho a viviendas gratuitas
Artículo 14 : Derecho a Seguridad Social
Artículo 15 : El estado español facilitará el que los extranjeros puedan transferir ahorros a sus países de origen¿?(¿así piensan sufragar los gastos de SS? ¿y los impuestos en España?)
Artículo 16 : Derecho a la reagrupación familiar . Este derecho no lo tenemos los españoles , asi po ejemplo el estado se compromete a traer la familia de un senegalés a España , mientras que un español de cadiz que se case con una española de bilbao no reciben ayuda alguna del estado.
Artículo 20 : Derecho a asistencia jurídica gratuita (también los ilegales).
Artículo 23 : Derecho a entrar ilegalmente en España , el punto cuarto acepta la entrada por motivos humanitarios" , los motivos humanitarios en todo caso vienen en las leyes de asilo y refugiados , por lo que este punto es un cajón de sastre para la regularización masiva .
Artículo 29: "No será obstáculo para obtener o renovar la residencia haber cometido delito en España si ha cumplido la condena, ha sido indultado o está en situación de remisión condicional de la pena".
Artículo 32 : Los menores de 18 años obtienen la residencia automática sin importar la forma de entrada o sus antecedentes penales. EN NINGUN ARTICULO SE DICE QUE "EN IGUALDAD DE CONDICIONES LABORALES LOS ESPAÑOLES PRIMERO".

LO QUE LOS DEMAS ESTADOS NOS OFRECEN A NOSOTROS.
Este es el tratamiento que las diferentes naciones del mundo reservan a los españoles , y eso en el caso más favorable , es decir , en el que residiesen en esos países habiendo entrado legalmente .

Ecuador.
Constitución Política de la República de Ecuador, 1998

TÃ?TULO II
DE LOS HABITANTES
Capítulo 2
De los extranjeros
Art. 13.- Los extranjeros gozarán de los mismos derechos que los ecuatorianos, con las limitaciones establecidas en la Constitución y la ley.

TÃ?TULO III
DE LOS DERECHOS, GARANTíAS Y DEBERES
Capítulo 2
De los derechos civiles
Art. 23.- Sin perjuicio de los derechos establecidos en esta Constitución y en los instrumentos internacionales vigentes, el Estado reconocerá y garantizará a las personas los siguientes:
(...)
14.El derecho a transitar libremente por el territorio nacional y a escoger su residencia. Los ecuatorianos gozarán de libertad para entrar y salir del Ecuador. En cuanto a los extranjeros, se estará a lo dispuesto en la ley. La prohibición de salir del país solo podrá ser ordenada por juez competente, de acuerdo con la ley.

Capitulo 3
De los derechos políticos
Art. 26.- Los ciudadanos ecuatorianos gozarán del derecho de elegir y ser elegidos, de presentar proyectos de ley al Congreso Nacional, de ser consultados en los casos previstos en la Constitución, de fiscalizar los actos de los órganos del poder público, de revocar el mandato que confieran a los dignatarios de elección popular, y de desempeñar empleos y funciones públicas. Estos derechos se ejercerán en los casos y con los requisitos que señalen la Constitución y la ley. Los extranjeros no gozarán de estos derechos.

Según la constitución de Ecuador los españoles no podemos tener derecho a entrar y salir del país ni a residir y / o transitar libremente (artículo 14), a votar , ser elegidos , presentar proyectos de ley , de pedir cuentas al estado ni desempeñar cargos públicos ( artículo 26) los españoles no podemos ser funcionarios en Ecuador mientras los ecuatorianos(art 10 ley de derechos y libertades de los extranjeros en españa) si lo pueden ser en España. El artículo 13 de la constitucion ecuatoriana ya avisa que en Ecuador hay ciudadanos de primera (los suyos) y de segunda (los del resto del mundo incluidos los españoles).

Bolivia.
Constitución Política de Bolivia
2 de febrero de 1967 con modificaciones hechas por ley
de 01 de abril de 1994

PARTE PRIMERA
La Persona como miembro del Estado Articulo 25.- Dentro de 50 kilometros de las fronteras, los extranjeros no pueden adquirir ni poseer, por ningun titulo, suelo ni subsuelo, directa o indirectamente, individualmente o en sociedad, bajo pena de perder, en beneficio del Estado, la propiedad adquirida, excepto el caso de necesidad nacional declarada por ley expresa.

Articulo 40.- La ciudadania consiste: 1.- En concurrir como elector o elegible a la formacion o el ejercicio de los poderes publicos.
2.- En el derecho a ejercer funciones publicas, sin otro requisito que la idoneidad, salvo las excepciones establecidas por ley.
Articulo 41.- Son ciudadanos los bolivianos, varones y mujeres mayores de dieciocho años, cualesquiera sea su grado de instruccion, ocupacion o renta.

Ningún español puede poseer activos en un radio de 50 kilómetros con respecto a las fronteras de Bolivia al tiempo que cualquier boliviano se le reconoce en España el derecho a la propiedad en cualquier lugar del territorio español. Los artículos 40 y 41 definen la ciudadania a la cuál no tienen acceso los españoles, solo los bolivianos varones y mujeres mayores de 18 años , los únicos electores , elegibles y con derecho a ser funcionarios públicos . Por contra un boliviano SI puede ser funcionario público en España, aparte de otros detalles como sanidad gratuita , derecho de asociación aunque haya entrado ilegalmente , etc , etc.


Colombia
CONSTITUCION POLITICA DE COLOMBIA
Articulo 24.- Todo colombiano, con las limitaciones que establezca la ley, tiene derecho a circular libremente por el territorio nacional, a entrar y salir de el, y a permanecer y residenciarse en
Colombia.
Articulo 40.- Todo ciudadano tiene derecho a participar en la conformacion, ejercicio y control del poder politico. Para hacer efectivo este derecho puede:

(punto 7) Acceder al desempenho de funciones y cargos publicos, salvo los colombianos, por nacimiento o por adopcion, que tengan doble nacionalidad. La ley reglamentara esta excepcion y determinara los casos a los cuales ha de aplicarse. Las autoridades garantizaran la adecuada y efectiva

Articulo 100.- Los extranjeros disfrutaran en Colombia de los mismos derechos civiles que se conceden a los colombianos. No obstante, la ley podra por razones de orden publico, subordinar a condiciones especiales o negar el ejercicio de determinados derechos civiles los extranjeros. Asi mismo, los extranjeros gozaran, en el territorio de la Republica, de las garantias concedidas a los nacionales, salvo las limitaciones que establezcan la Constitucion o la ley. Los derechos politicos se reservan a los nacionales, pero la ley podra conceder a los extranjeros residentes en Colombia el derecho al voto en las elecciones y consultas populares de caracter municipal o distrital.

También Colombia distingue entre sus ciudadanos y otros y también niega el acceso a los puestos públicos a ciudadanos españoles a la vez que el artículo 100 advierte que los extranjeros tienen "limitaciones" en sus derechos civiles .

Costa Rica
Constitución Política de la República de Costa Rica De 7 de noviembre de 1949 y sus reformas

Artículo 14.- Son costarricenses por naturalización:

2) Los nacionales de otros países de Centroamérica, los españoles y los iberoamericanos por nacimiento que hayan residido oficialmente en el país durante cinco años como mínimo y que cumplan con los demás requisitos que fije la ley. Costa Rica exige 5 años de residencia en su país a los españoles que hayan nacido allí para obtener "papeles" . En caso contrario ( punto 2 del artículo 14) son necesarios 7 años de residencia oficial . Un costarricense puede por contra acceder a derechos en España demostrando haber residido ILEGALMENTE en nuestro país desde antes de 1999.

Artículo 19.- Los extranjeros tienen los mismos deberes y derechos individuales y sociales que los costarricenses, con las excepciones y limitaciones que esta Constitución y las leyes establecen. No pueden intervenir en los asuntos políticos del país, y están sometidos a la jurisdicción de los tribunales de justicia y de las autoridades de la República, sin que puedan ocurrir a la vía diplomática, salvo lo que dispongan los convenios internacionales.

Costa rica además de establecer"limitaciones y excepciones" a los derechos de los extranjeros no les permite recurrir a la mediación de sus embajadas en caso de problemas judiciales.

Artículo 60.- Tanto los patronos como los trabajadores podrán sindicalizarse libremente, con el fin exclusivo de obtener y conservar beneficios económicos, sociales o profesionales. Queda prohibido a los extranjeros ejercer dirección o autoridad en los sindicatos.

Artículo 68.-
En igualdad de condiciones deberá preferirse al trabajador costarricense.

Los españoles no podemos participar en la vida sindical y en igualdad de condiciones ¿? Seremos discriminados laboralmente en Costa Rica.

Cuba
CONSTITUCION DE LA REPUBLICA DE CUBA
Articulo 30o.- Son ciudadanos cubanos por naturalizacion: 1os extranjeros que adquieren la ciudadania de acuerdo con lo establecido en la ley;

Articulo 32o.-
No se admitira la doble ciudadania. En consecuencia, cuando se adquiera una ciudadania extranjera, se perdera la cubana.

Articulo 34o.- Los extranjeros residentes en el territorio de la Republica se equiparan a los cubanos: en la proteccion de sus personas y bienes;
en el disfrute de los derechos y el cumplimiento de los deberes reconocidos en esta Constitucion, bajo las condiciones y con las limitaciones que la ley fija; La ley establece los casos y la forma en que los extranjeros pueden ser expulsados del territorio nacional y las autoridades facultadas para decidirlo.

La muy solidaria , internacionalista y antifascista Cuba también tiene leyes sobre adquisición de nacionalidad (art 30) LIMITA DERECHOS de los extranjeros (art 34) y hasta los expulsa (idem art) por otra parte no se admite la doble nacionalidad cuando España la reconoce para los cubanos (y otros ciudadanos hispanoamericanos). Conociendo a la policía política cubana habría que ver lo que pasaría si cientos de españoles en situación ilegal se encerrasen en lugares públicos exigiendo de todo.

Guatemala
CONSTITUCION POLITICA DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA
Artículo 102. Punto n)
n) Preferencia a los trabajadores guatemaltecos sobre los extranjeros en igualdad de condiciones y en los porcentajes determinados por la ley.
ARTICULO 113.- Derecho a optar a empleos o cargos públicos. Los guatemaltecos tienen derecho a optar a empleos o cargos públicos y para su otorgamiento no se atenderá más que razones fundadas en méritos de capacidad, idoneidad y honradez.
Los españoles no podemos acceder apuestos públicos en guatemala , los guatemaltecos en españa si .
ARTICULO 123.- Limitaciones en las fajas fronterizas.
Sólo los guatemaltecos de origen, o las sociedades cuyos miembros tengan las mismas calidades, podrán ser propietarios o poseedores de inmuebles situados en la faja de quince kilómetros de ancho a lo largo de las fronteras, medidos desde la línea divisoria.

Otra prohibición de poseer bienes a los ciudadanos extranjeros. Prohibición que no existe para guatemaltecos que pueden adquirir bienes en cualquier punto de España.

Jamaica
Constitución de 1962
La concesión de ciudadanía en Jamaica es tan farragosa y complicada que ocupa 9 artículos (3 al 12 incluidos)con cerca de 30 puntos entre todos .Se prohibe adquirir otra nacionalidad .El haber ejercido un cargo público en otro pais (art 9 ) es suficiente para perder la ciudadanía jamaicana , se prefiere a originarios del Reino Unido y ex colonia británicas entre otros detalles.

Art. 12.
"extranjero" significa toda persona que no sea ciudadana de la Comunidad, que no tenga la protección británica o que no sea ciudadana de la República de Irlanda;

El artículo 11 indica que es el Parlamento ¡! el único en dictar disposiciones sobre extranjeros que no puedan acceder a "papeles" en ese mismo artículo. Para un español el obtener "papeles" en Jamaica es una odisea , al cambio cualquier jamaicano que demuestre haber residido en España desde 1999 ya es un "ciudadano" más. Por otra parte el "simpático" pais caribeño patria del reggae mantiene la pena de muerte (artículo 14.1) justifica la brutalidad policial (artículo 14.2 apartado c "para sofocar motines ,desórdenes e insurreciones" si de ello se deriva la muerte de algún manifestante es absolutamente constitucional) y artículo 15.1. en el que se autoriza a detener a "personas que se sospechen desquiciadas , adicta a las drogas o al alcohol o vagabunda", asimismo el artículo el apartado J de ese mismo punto 15.1 autoriza la ENCARCELACION y la posterior EXPULSION de todas aquellas personas que hayan entrado ILEGALMENTE en su país.
Un español que ingrese ilegalmente en Jamaica será detenido , juzgado y expulsado , un jamaicano en España en cambio es premiado con sucesivas regularizaciones masivas .
Y un grupo de españoles que se encerrase en iglesias y sitios públicos de forma ilegal podría ser ejecutado constitucionalmente una vez que la policía puede matar en caso de desórdenes públicos.

¿Seguimos? Todos los países tienen sus leyes y limitaciones a los que no son de su estado , y curiosamente a más retrasado más restricciones pone a los no ciudadanos , caso de Liberia , un país NEGRO en el que los BLANCOS no pueden votar , o Israel en el que solo son ciudadanos plenos los de sangre judía , otros como Zaire , Ruanda , Afganistan , etc , en donde el estado no existe nos van a tratar según el dinero que llevemos , si no tenemos para sobornos lo más seguro es terminar tirados en una cuneta acribillados a tiros por la policía de fronteras.
Los españoles vamos a ser discrimados legalmente en la mayoría de paises del mundo a la vez que grupos de criminales reclaman papeles para todos en NUESTRA NACION , pues es nuestra , por mucho que se empeñen los que dicen que somos ciudadanos del mundo la realidad es que si vamos a la India, jamaica o Ecuador en plan ilegal , profanando sus lugares sagrados con encierros , provocando y engordando las estadísticasde delitos en vez de acogernos con los brazos abiertos y decir que son nuestros hermanos que nadie es ilegal nos asesinaran sin ninguna contemplación los mismos que luego en Europa nada más exigen papeles.

Ni legales ni ilegales , Europa blanca.
Contra la inmigración deportación.
Re: ¡IMPORTANTE! Necesitamos vuestra colaboración en apoyo a nuestra Huelga Indefinida de Trabajadores Inmigrantes "sin papeles".
11 feb 2008
POBRE NAZI; COMO SE NOTA KE NUNCA HAS VIAJADO.
tu disfraz legalista da pena y tu defensa del estado nacion es un mal chiste. UNA VERGUENZA KE NUNCA HAYAS SALIDO DE TU PEKENNA HABITACION.
Re: ¡IMPORTANTE! Necesitamos vuestra colaboración en apoyo a nuestra Huelga Indefinida de Trabajadores Inmigrantes "sin papeles".
11 feb 2008
Ya que a ti te gusta tanto viajar, porque no coges la maletita , tu, tuis amigotes guarros y todos los extranjeros que hay en este pais y os vais a la otra parte de mundo o senzillamente a la puta mierda?
Hacednos un favor please, el mundo es de todos no? pues almenos iros de Europa. Disfrutad del caos multiracial de los otros continentes, quizás el problema radica en que tu que viajas tanto no te hayas dado cuenta que aparte de la nuestra, todos los demas pueblos de la tierra practican una cultura y una forma de vida infrahuma, de puta pena.
Sindicato Sindicat