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Notícies :: antifeixisme : corrupció i poder : criminalització i repressió
Instituciones Penitenciarias retiene, por no arrepentirse, a una presa que sufre cáncer.
19 nov 2007
El viernes se supo que Gotzone López de Luzuriaga continuará en prisión pese a sufrir cáncer de mama. Pero la gravedad del caso aumenta tras conocer el contenido del auto del Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria. Su titular, José Luis Castro, admite la gravedad de la enfermedad pero alega que la prisión no le perjudica, contra el criterio de los médicos. Y, sobre todo, esgrime que la presa se negó a firmar una «declaración expresa de repudio de su actividad».
Los dos diagnósticos médicos en manos del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria -uno aportado por la doctora Mati Iturralde y otro por el subdirector mé- dico de la cárcel de Jaén- son coherentes. Ambos establecen que Gotzone López de Luzuriaga debe ser excarcelada para poder recibir un tratamiento adecuado al cáncer de mama que se le diagnosticó en junio. Sin embargo, el Juzgado -encuadrado en la Audiencia Nacional española- se lo ha denegado.

La noticia se conoció el viernes. Pero los detalles facilitados ayer en rueda de prensa por su abogado, su médica y Askatasuna revelan todo un escándalo. De entrada, por una cuestión de procedimiento: la Junta de Tratamiento de Jaén cambió en dos días su criterio inicial favorable a la liberación, lo que alimenta todas las sospechas. Pero, sobre todo, por el fondo de la argumentación del Juzgado que sitúa la necesidad de arrepentimiento por encima de la salud de esta presa de Agurain que lleva 18 años en prisión (tiene 49).

El Juzgado ya había anticipado su intención al reclamar a la cárcel informes sobre «si existen signos inequívocos en el comportamiento de la interna que indiquen que ha abandonado los fines y los medios de la actividad terrorista». Ahora, en su auto, el juez José Luis Castro expone que «la penada fue requerida expresamente a realizar la manifestación que determina el precepto penal», en alusión al artículo 90.1 del Código Penal que exige «una declaración expresa de repudio de sus actividades delictivas y del abandono de la violencia y una petición expresa de perdón a las víctimas de su delito». Explica que «se negó a firmar el requerimiento». Y concluye que «la ausencia de manifestación positiva implica la imposibilidad de garantizar mínimamente un pronóstico siquiera dudoso sobre `su dificultad para delinquir y escasa peligrosidad del sujeto' (artículo 92.2 del CP)».

El Juzgado deja pues en segundo plano la cuestión central de su estado de salud. La Fiscalía, incluso, había tratado de minimizarlo para impedir la liberación: argumentó en un escrito el 3 de octubre que la aplicación del artículo 92 «debe entenderse con la exigencia de constatar no sólo el padecimiento de una enfermedad con un pronóstico fatal inevitable con los conocimientos actuales de la ciencia, sino que pueda considerarse relativamente próximo este desenlace». Los términos no pueden ser más crudos. Frente a ello, el juez matiza que «no es preciso que exista un inminente peligro de muerte», pero argumenta que no consta que la estancia en la cárcel incida negativamente en su evolución.

«Dilación injustificada»

Ayer en Gasteiz, el abogado de la prisionera, Iker Urbina, añadió más motivos de denuncia. «Primero y de manera primordial: el juez ha dilatado de manera injustificada la tramitación de un procedimiento que por la gravedad de las circunstancias concretas del caso debería haberse caracterizado por su urgencia y celeridad». El expediente se abrió a principios de agosto y no se ha resuelto hasta cuatro meses después.

El Juzgado, en paralelo, ha mostrado una «absoluta falta de control sobre aquellas diligencias cuya práctica él mismo ha solicitado». Urbina refirió un ejemplo sonrojante: el médico forense nunca ha visitado a López de Luzuriaga, pese a que durante un mes largo se estuvo a la espera de este trámite. Se limitó a copiar párrafos del informe del médico de la prisión.

Todo ello se suma a las constantes trabas a la atención médica prescrita, que han sido denunciadas públicamente.

Asier Virumbrales, de Askatasuna, remarcó el sorprendente cambio de opinión de la Junta de Tratamiento y ubicó todo este caso como «el reflejo de la apuesta del Gobierno del PSOE en el frente carcelario: está acometiendo una involución y lanzando a los presos el mensaje de que se van a pudrir en la cárcel».

En Zigotia, el domingo 15 personas se concentraron en apoyo a López de Luzuriaga, cuya liberación será exigida en una manifestación el viernes en Gasteiz (a las 20.30, en la plaza Correos).

Ayer, por los presos, se movilizaron 41 personas en Laudio, 15 en Abadiño, 24 en Otxarkoaga, 17 en Zaldibia y Berango, 11 en Euba, 15 en Astigarraga, 20 en Ataun, Bermeo y Altza, 25 en Sopela y 16 en Añorga.

La excusa política...
«Fue requerida expresamente a realizar la manifestación [de repudio de sus actividades delictivas y abandono de la violencia y de petición expresa de perdón a las víctimas de su delito], negándose a firmarlo».

...Y la médica
«Tan sólo una enfermedad grave e incurable, como ésta, en cuya evolución incida desfavorablemente la estancia en la cárcel -acortando así la duración de su vida- permite la excarcelación».

Cronología
1 de junio de 2007

El Hospital de Jaén diagnostica cáncer de mama a Gotzone López de Luzuriaga. Se comunica que deberá someterse a radioterapia y quimioterapia.

21 de junio

La Junta de Tratamiento de Jaén propone el paso a tercer grado por enfermedad grave, lo que abre la vía a su liberación.

10 de agosto

Unos días después de haberse posicionado por unanimidad en favor de la excarcelación, la Junta de Tratamiento cambia de criterio. El subdirector médico sí mantiene que debe ser liberada.

20 de setiembre

La presa denuncia que no recibe en los traslados al hospital el trato correspondiente a una persona con su dolencia. El tratamiento había comenzado ya con varias semanas de retraso. Las trabas se suceden. De hecho, pierde cuatro de las 24 sesiones iniciales.

26 de octubre

La Fiscalía argumenta que el artículo 92 debe aplicarse en este caso no sólo si existe un pronóstico «fatal inevitable», sino si además «ese desenlace puede considerarse relativamente próximo».

16 de noviembre

El Juzgado niega la libertad alegando que en prisión su salud no empeora y que no se ha arrepentido.

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