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Notícies :: pobles i cultures vs poder i estats
Navarra: la llei de partits contra lavoluntat popular
21 mai 2007
El PNV, gràcies a la llei de partits i a una Nafarroa Bai en la qual ha arraconat EA i Aralar, pretén aprofitar la il·legalització de l'esquerra independentista per aconseguir representació i alcaldies on no n'ha tingut mai, contra la voluntat popular i aprofitant la imposició antidemocràtica espanyola
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Sakana: la Ley de Partidos contra la hegemonía de la izquierda abertzale

Sakana ha sido históricamente el valle navarro donde la izquierda abertzale ha contado con mayor respaldo social, hasta el punto de que era la primera fuerza en la mayoría de los pueblos cuando no estaba vulnerado el derecho al sufragio. La Ley de Partidos Políticos y la consiguiente ilegalización de candidaturas abertzales pretenden minar esta hegemonía, que sería aprovechada por Nafarroa Bai al quedar como lista única en varias localidades.

Iñaki VIGOR | IRUÑEA

A pesar de las ilegalizaciones sufridas durante la pasada legislatura, la izquierda abertzale se ha mantenido como fuerza política mayoritaria en Sakana, ya que pocas formaciones fueron capaces de presentarse en todos los pueblos del valle. De hecho, y al no haber otras candidaturas en la primera cita, la izquierda abertzale consiguió la alcaldía en algunos municipios tras la consiguiente repetición de las elecciones.

Esta condición de fuerza hegemónica ha quedado reflejada recientemente en la recogida de firmas. Sobre una población total que ronda los 20.000 habitantes, la izquierda abertzale ha logrado el apoyo de 1.700 vecinos mayores de edad. El caso más llamativo ha sido el de Arbizu, donde las 250 firmas recogidas suponen casi el 90% del censo electoral.

Al igual que en anteriores comicios municipales, los dos partidos mayoritarios en Nafarroa, UPN y PSN, apenas tienen una presencia testimonial en Sakana. En esta ocasión sólo han conseguido elaborar listas por medio de introducir candidatos de fuera del valle.

Uno de los ejemplos más claros es Olazti, donde la candidatura del PSN se ha configurado con personas que ni siquiera viven en esta localidad. Una de ellas es Roberto Jiménez, que fue concejal del Ayuntamiento de Iruñea y que ahora figura en el segundo puesto de la lista. Curiosamente, por su trabajo profesional de abogado está ligado a Cementos Portland, empresa que tiene un gran interés en poner en marcha la planta incineradora a pesar del rechazo mayoritario de la población, no sólo de Olazti sino también de otras localidades cercanas.

En lo que se refiere a los grupos que integran Nafarroa Bai, llama la atención la pérdida de peso de EA en favor del PNV. Históricamente, EA ha sido el partido mayoritario en Sakana dentro de los grupos que integran la coalición, consiguiendo las alcaldías de Urdiain, Arbizu y Bakaiku, además de una presencia significativa en casi todos los pueblos. Sin embargo, en los últimos años ha ido en declive, y de hecho en las últimas elecciones municipales no pudo presentar candidaturas en localidades como Etxarri Aranatz, Bakaiku, Arbizu y Urdiain, entre otras.

El vacío dejado por EA ha sido ocupado por el PNV, partido que copa los primeros puestos en la mayoría de las listas de Nafarroa Bai. Esta situación se repite también en Altsasu. En esta localidad la alcaldía ha estado en manos de Aralar durante los últimos cuatro años, pero para la próxima legislatura el cabeza de lista es del PNV, al igual que el tercero, mientras que el representante de Aralar figura en el segundo puesto. Salvo en Irurtzun, la presencia de este último grupo dentro de Nafarroa Bai también es escasa, al contrario que el PNV, que ha conseguido una posición predominante dentro de la coalición.

Disconformidad

En Altsasu, población más importante por habitantes del valle de Sakana, buen número de afiliados de EA han optado por no participar en la candidatura de Nafarroa Bai, en disconformidad con la Ley de Partidos, e incluso han mostrado su disposición a votar a la izquierda abertzale.

Situación similar se ha producido en Etxarri Aranatz, donde EA ha sido históricamente la formación mayoritaria dentro de los grupos que hoy en día conforman la coalición Nafarroa Bai. Sin embargo, ahora tiene un papel secundario, ya que su primer representante figura en tercer lugar de la lista. En esta localidad ha habido militantes, e incluso ex concejales de EA, que han dejado el partido, debido fundamentalmente a que no están de acuerdo con la apuesta política de Nafarroa Bai para aprovecharse de la Ley de Partidos y de la imposibilidad de la izquierda abertzale de presentarse en igualdad de condiciones.

De hecho, han sido ilegalizadas todas las candidaturas de Abertzale Sozialistak, que se presentaba en nueve pueblos, así como las listas de ANV en Iturmendi, Bakaiku, Etxarri Aranatz y Ziordia. Salvo Iturmendi, donde no se presenta nadie más, Nafarroa Bai se queda como candidatura única en los otros tres pueblos y se asegura la alcaldía. De esta forma, por medio de la Ley de Partidos y de las ilegalizaciones se va a alterar la correlación natural de fuerzas políticas en Sakana, aupando a posiciones hegemónicas a formaciones que no tienen el respaldo social mayoritario.
ARBIZU

En esta localidad se han recogido un total de 250 firmas a favor del proceso y para avalar una candidatura de la izquierda abertzale. Esta cifra supone casi el 90% del censo electoral y es uno de los porcentajes más altos conseguidos en Euskal Herria.
pnv

Entre los grupos que integran Nafarroa Bai, el PNV ha ganado fuerza en detrimento de EA. Esta última formación había sido mayoritaria entre las que conforman la coalición, consiguiendo alcaldías en Urdiain, Arbizu y Bakaiku.
Altsasu

Numerosos afiliados de EA en este municipio han optado por no presentarse en la candidatura de Nafarroa Bai, en disconformidad con la Ley de Partidos. Incluso, han mostrado su disposición a votar a la izquierda abertzale.
Un pequeño repaso por cada ayuntamiento

Sakana cuenta con más de una docena de ayuntamientos, y la situación política varía de forma notoria de unos a otros. Esta es una pequeña radiografía:

Ziordia: en las últimas legislaturas sólo se presentaba la izquierda abertzale. En esta ocasión también se ha conformado una lista de Nafarroa Bai.

Olazti: en la última legislatura se había generado una situación muy tensa porque la única candidatura que pudo presentarse fue CIO (Candidatura Independiente de Olazti), muy beligerante con la izquierda abertzale. En esta localidad se llegó a la judicialización de la política municipal, con procesos contra ex alcaldes y presencia de agentes de la Policía Foral en los plenos. En esta ocasión, Nafarroa Bai ha conformado una candidatura con militantes de EA y PNV -partidos que hasta ahora nunca habían conseguido presentar listas- que disputará la alcaldía a la izquierda abertzale.

Altsasu: el panorama político ha variado mucho en los últimos años y la situación queda muy abierta. La Agrupación Altsasuarra, presente en las últimas legislaturas y controlada por el PNV, a pesar de que se hacía pasar por «independiente», ya no se presenta como tal. Con la incógnita de lo que hagan los seguidores de Aralar, después de la decepción que en muchos vecinos ha supuesto la gestión de la alcaldía por parte de este grupo, ANV aparece con posibilidades de ser la fuerza abertzale más votada, e incluso de optar a conseguir la alcaldía.

Urdiain: la lista de EA ha sido sustituida por la de Nafarroa Bai, que deberá competir con la izquierda abertzale.

Iturmendi: sólo se ha presentado la izquierda abertzale y ha sido ilegalizada, por lo que se supone que tendrá que constituirse una gestora municipal.

Bakaiku: la situación es similar a la de Urdiain, con la sustitución de la lista de EA por la de Nafarroa Bai, que se queda en solitario tras la ilegalización de la candidatura abertzale.

Etxarri Aranatz: Nafarroa Bai también ha quedado como única opción debido a la Ley de Partidos. Su lista ha sido copada por el PNV.

Arbizu: siempre se han presentado EA y la izquierda abertzale, cuya gestión al frente de la alcaldía se ha reflejado en el hecho de que el porcentaje de firmas obtenidas para avalar la candidatura ha sido uno de los más altos de Euskal Herria.

Lakuntza: no se presenta Nafarroa Bai sino EA, partido que históricamente ha recogido todos los votos que no eran de la izquierda abertzale. En las elecciones de 1999 EH no consiguió la alcaldía por ocho votos, y en esta ocasión se prevé una pugna muy similar entre EA y la izquierda abertzale, que no ha ocupado la alcaldía desde la legislatura en que la Guardia Civil mató a Mikel Arregi.

Arruatzu: se presentan candidaturas independientes.

Valle de Ergoiena (Lizarraga, Unanu y Dorrao): hay dos candidaturas no adscritas a ningún partido concreto, una de derechas y otra de izquierdas.

Uharte: la variedad de ofertas electorales deja abierto el ayuntamiento a cualquier configuración.

Irañeta: sólo se presentan candidaturas independientes.

Valle de Arakil (Etxarren, Satrustegi, Ekai, Zuazu, Hiriberri e Ihabar): ésta es la primera vez en que la izquierda abertzale se presenta con siglas propias, ya que en anteriores ocasiones lo ha hecho dentro de candidaturas populares. La lista de ANV no ha sido impugnada en este Ayuntamiento.

Irurtzun: la candidatura independiente San Martín ha desaparecido y en su lugar se ha conformado Nafarroa Bai, que competirá con UPN y ANV.

En los pueblos donde los poderes españoles han impedido la presencia de la izquierda abertzale, dejando la vía libre a Nafarroa Bai, la incógnita es si esta coalición va a estar dispuesta a constituir los ayuntamientos de forma antidemocrática, es decir, si va a ser coherente con sus declaraciones de que está en contra de la aplicación de la Ley de Partidos.

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Comentaris

Casi la mitad del censo de lea artibai, vetado
21 mai 2007
Ondarroa -casi 10.000-, Lekeitio y Markina-Xemein suman 22.000 habitantes, gran parte del total de Lea Artibai. Una comarca que conforma el escenario principal de la usurpación de la voluntad y decisión ciudadana por efecto de las ilegalizaciones en Bizkaia.

En las municipales de 1999, Euskal Herritarrok (EH) obtuvo en Ondarroa el 47,38% de los votos emitidos -9 concejales- mientras la segunda fuerza, el PNV, logró el 36,51% de porcentaje de voto emitido y 6 ediles. EA y PP obtuvieron un representante cada uno. También en Lekeitio, EH obtuvo el primer puesto, con el 38,34% de los votos, por delante del PNV, que logró un porcentaje del 36,97%. El reparto dejó 5 ediles para cada formación, mientras que EA obtuvo 3 representantes, con el 20,51% de los votos emitidos. En Markina-Xemein, el PNV fue primera fuerza con el 49,40% de los votos y 6 representantes, por delante de EH que obtuvo 4 ediles, con el 37,12% de los votos. EA logró un representante.

Si sumáramos el número de representantes en el conjunto de los tres pueblos más importantes de Lea Artibai, la izquierda abertzale fue la formación con mayor representación en 1999, ya que sumó un total de 18 concejales en estos tres municipios, por encima del PNV, con 17 ediles, EA que sumó 5 y el PP que obtuvo un único edil.

Este mapa electoral del inicio del nuevo siglo supone una realidad abrumadoramente abertzale, y, a la vez, a diferencia de buena parte de Bizkaia, mayoritariamente de izquierda. Sin embargo, la anulación de candidaturas independentistas en 2003 propició, en una dimensión mayor incluso que el resto del herrialde, la adulteración de una realidad que hizo posible la irrupción en las corporaciones locales de representantes del PNV -y en menor medida, de EA- que han gobernado sin oposición alguna.

Una mirada a la composición de los ayuntamientos estos últimos cuatro años nos ofrece la fotografía de una Corporación, la de Ondarroa, encabezada por Aitor Maruri, de la coalición PNV-EA, junto con otros 11 concejales y compañeros del mismo grupo y completada con un concejal del PP -el número de representantes se redujo en aquella ocasión en 4- que surgió, de la noche a la mañana, por efecto de la Ley española que desbancó a quienes hasta tan sólo unos días antes representaban a casi el 50% de la población del municipio pesquero. En este caso, además, con el elemento añadido de que Loren Arkotxa, ex alcalde de EH, fue detenido e ingresó en prisión, por orden del juez Garzón, en los días finales de la campaña electoral, por ser miembro de Udalbiltza.

Y esta configuración forzada y antidemocrática ha tenido, evidentemente, su reflejo en la forma de gestionar y de hacer política municipal. Un cambio, que no sólo ha afectado a los Ayuntamientos, ya que también lo ha hecho con un importante órgano de decisión como es la Mancomunidad de Lea Artibai. No en vano, la forma de hacer de un partido de derechas es muy diferente, aunque algunos pretendan hacer creer lo contario. Maruri y su equipo trasladaron los plenos a las mañanas, algo muy propio del PNV en su afán por hacer política «sin testigos». A lo largo de este mandato se ha reiterado el descontento en el pueblo porque el funcionamiento municipal, lejos de acercar a los contribuyentes, los ha alejado.

La recalificación de terrenos para el hiper de Eroski ha motivado la contestación, agrupada en la plataforma Eroski Barik Hobeto; también ha sido polémica la reordenación del puerto y la lonja, mientras que, tras paralizar el anterior proyecto de frontón y aprobar un nuevo complejo deportivo, cuatro años después sigue sin haber nada.

En Lekeitio, José María Cazalis, del PNV, ha ostentado desde entonces la alcaldía, en una Corporación que se completa con otros 8 concejales del PNV y 4 de EA. Tras subirse su sueldo y el del teniente-alcalde, Cazalis y su equipo trasladaron también los plenos a las mañanas. En su haber, asimismo, la aprobación de un nuevo proyecto de variante que no ha generado acuerdo precisamente.
380 listas vetadas porque candidatos pertenecen a la izquierda abertzale.
21 mai 2007
Los tribunales españoles han batido un nuevo recórd contra las elecciones libres. Nada menos que 380 listas (las 246 de Abertzale Sozialistak, 133 de ANV y una independiente) han sido vetadas por el Supremo con un argumento principal: parte de sus candidatos tienen «antecedentes» de participación política e institucional en la izquierda abertzale. Las policías se encargaron de facilitar estos datos. La Ertzaintza aportó cuatro tomos según el escrito fiscal. La Ley de Partidos tampoco le sirve al Supremo para ilegalizar listas sueltas ni para determinar la sucesión, por lo que busca más alla de la ley y de la jurisprudencia para hallar los indicios de culpa, nunca los de inocencia.

Hace cuatro años, con el Gobierno del PP, el argumento básico para ilegalizar candidaturas de la izquierda abertzale fue un supuesto sometimiento a ETA. En esta ocasión, con el Ejecutivo del PSOE, la prohibición de listas no sólo es sustancialmente mayor (380 frente a 241 tras el paso por el Supremo), sino que el argumento principal va más allá. El denominado Alto Tribunal español fija el concepto de que no pueden concurrir a las urnas quienes hayan tenido anteriormente una participación en partidos ilegalizados o hayan representado a éstos en las insti- tuciones: Herri Batasuna, Euskal Herritarrok y Batasuna.

En la sentencia contra las 246 listas que llevaban las siglas de Abertzale Sozialistak, publicada ayer a las 03.00 tras filtrarse la decisión al filo de la medianoche, se repasan uno a uno los «antecedentes» de los candidatos. Vayamos a un caso concreto, el del número 1 de la lista de Bera, Josu Goya. Esto es lo que dice el Supremo: «Fue miembro de la Mesa Nacional de HB en el año 1978, candidato del partido ilegalizado Herri Batasuna en las elecciones municipales de 1987; candidato por el partido ilegalizado Herri Batasuna en las elecciones autonómicas al Parlamento Vasco en el año 1987; candidato por el partido ilegalizado Herri Batasuna en las elecciones municipales en el año 1991; candidato por la coalición HB en las elecciones autonómicas al Parlamento Foral de Navarra de 1991; interventor-apoderado por el partido ilegalizado Herri Batasuna en las elecciones municipales y forales de 1995; candidato por el partido ilegalizado Herri Batasuna en las elecciones municipales del año 1995; y candidato por la coalición ilegalizada Euskal Herritarrok en las elecciones municipales en el año 1999». Tras hacer consideraciones similares respecto a otros candidatos, la conclusión: la lista es ilegalizada.

Cuando no lo son, también

El fallo unánime de la especial Sala del 61 del Supremo no tiene desperdicio en sus argumentos, sobre todo cuando posteriormente trata de justificar que este veto no supone que haya ciudadanos privados de sus dere- chos civiles y políticos. Se pueden leer afirmaciones como ésta: «Debe rechazarse la idea, expresada en este proceso, de que una eventual exclusión de la contienda electoral de ciertas agrupaciones de electores encontraría justificación en la integración en ellas de determinadas personas representativas de la izquierda abertzale. Esta Sala, lejos de dar respaldo a esta argumentación, considera que en tales casos el fundamento de la indicada exclusión no sería la pertenencia o proximidad de dichas personas a la izquierda abertzale, sino la caracterización de las mismas como personas que ocuparon cargos destacados o representativos de los partidos ilegalizados y que, pese a la ilegalización de éstos, han continuado actuando en la vida pública como si aún ostentaran tal condición».

Hay más. La Sala del 61 admite que en algunos casos concretos (cita Bolibar, Zestoa, Amezketa o Ataun, entre otros) no ha advertido «vínculos subjetivos entre los candidatos incluidos en las candidaturas de las agrupaciones indicadas y los partidos ilegalizados», pero matiza acto seguido que ello no debe considerarse como relevante para contradecir la tesis de la «sucesión fraudulenta». Y añade a continuación que «la asunción de la marca AS es extremadamente relevante al respecto».

En la sentencia relativa a las listas de ANV, el Supremo acepta igualmente lista por lista la petición de Fiscalía y Abogacía del Estado. Y en este caso introduce la coletilla de que ni siquiera es preciso que el número de candidatos vinculados a Batasuna sea muy alto o que éstos tengan una especial relevancia, al contrario de lo que sucede en el caso de las agrupaciones electorales. La razón aportada es que mientras éstas tienen «carácter autónomo» y hay que acreditar la vinculación caso a caso, con las listas de un mismo partido político resulta suficiente poder probar una «conexión subjetiva» con la formación ilegalizada aunque ésta «no tenga un carácter intenso desde el punto de vista cuantitativo o cualitativo».

Los datos de «antecedentes» políticos de los candidatos han sido aportados al Supremo por la Fiscalía y la Abogacía del Estado a partir del rastreo de todas las policías. En el escrito de la Fiscalía se incluyen informes de la Guardia Civil y de la Policía española (no se precisa su extensión), así como «cuatro tomos sobre candidaturas» aportados por la Ertzaintza. Fueron entregados por el Departamento de Interior de Lakua a la Fiscalía General del Estado los días 25 (dos tomos), 26 (uno) y 27 (otro), antes incluso que los de la Policía española y la Guardia Civil (fechados los días 30 de abril y 1 de mayo). Nada menos que 11.702 candidatos han sido investigados, según se ha reconocido públicamente

Además del señalamiento de los candidatos, que ocupa la mayor parte de las sentencia, el Supremo usa para sus dos sentencias ilegalizadoras otros elementos como el soporte informático incautado al detenido Gorka Murillo hace dos semanas y otro texto que habría sido aprehendido en el domicilio de Arkaitz Agote tras su arresto en la redada del mes de marzo.

Un texto que dice lo contrario

Pese a que el Supremo los sitúa como indicios del supuesto intento de «fraude» contra la Ley de Partidos, del contenido de esos documentos incluido en la sentencia no se desprende la conclusión a la que llegan los jueces.

En el caso del pendrive cuya titularidad se atribuye a Gorka Murillo se dice únicamente que había un listado de trece personas que han presentado «bien por la candidatura Ultzamako Abertzale Sozialistak o bien por ANV» y que «en el caso de ANV, de las diez personas que figuran en la candidatura oficial, nueve de ellas están en el documento incautado». Nada más.

En cuanto al texto atribuido a Arkaitz Agote, la situación es aún más surrealista, ya que la hipótesis que se describe en el mismo no coincide con lo que ha ocurrido realmente. Según la sentencia, el documento definiría una «estrategia» electoral con varias opciones, la primera de las cuales es la de «presentarse como Batasuna» e «ir hasta el final con ello». Pese a que esto no ha ocurrido en ningún momento, los magistrados establecen que sí… y argumentan que se evidencia así que ETA, con quien vinculan a Agote pese a ser un preso aún no juzgado, está detrás del supuesto diseño.

La sentencia de la Sala del 61 contra estas agrupaciones de electores que llevaban el apoyo expreso de 83.500 ciudadanos que pasaron por ayuntamientos y notarías se completa con dos argumentos: que todas las listas llevan una denominación idéntica y que en varias comparecencias representantes conocidos de la izquierda abertzale han remarcado que ésa era su apuesta electoral.

24 horas, suficientes

La sentencia del Tribunal Supremo contra este primer paquete de impugnaciones no atiende a ninguna de las alegaciones presentadas. Asegura que sus derechos han sido preservados y que tampoco hay motivo para quejarse de la estrechez de los plazos o de la imposibilidad de «contradicción» de sus tesis con las de la Fiscalía y la Abogacía del Estado.

«Cierto es que el plazo con que han contado las agrupaciones de electores es de unas 24 horas, aproximadamente, pero también lo es que se han arbitrado por este tribunal medidas especiales, como las reseñadas, para agilizar los trámites y facilitar, en lo posible, el derecho de defensa», argumenta el Tribunal Supremo.

Se da la circunstancia de que la propia Sala del 61 estuvo a punto de incumplir los plazos: adelantó la sentencia sobre las listas AS y las independientes a las 0.00, pero no la hizo pública hasta tres horas más tarde. Y en el caso de ANV, no hubo «fumata blanca» hasta pasadas las 6.00 de la mañana de ayer, si bien en este caso el Supremo se cubrió las espaldas indicando anticipadamente que iba a tramitar este caso por otro procedimiento diferente que le permitía juzgarlo, según su opi- nión, sin plazo tope alguno.
Sucesión de excepciones

Hay un párrafo en la página 36 de las 155 que componen la sentencia del Tribunal Supremo contra 133 candidaturas de ANV en el que el ponente del fallo, Angel Calderón, se sincera y afirma que «una interpretación de la Ley Orgánica de Partidos Políticos en sus propios términos textuales conduciría a la conclusión de que la Sala Especial del Artículo 61 carece de competencia objetiva para conocer de la impugnación, a través de un contencioso electoral, de listas o candidaturas concretas de un partido político, pues el artículo 49.5.a) de la Ley Electoral se refiere exclusivamente a la impugnación de las agrupaciones de electores», que según la doctrina del Tribunal Constitucional son cosa distinta de un partido político.

Cabría pensar que, ante una afirmación de semejante contundencia, al Tribunal Supremo no le quedaría más remedio que dar con la puerta en las narices a la Fiscalía y a la Abogacía General del Estado y no admitir su impugnación parcial -pero amplísima- de las candidaturas de ANV. Pero ahí es donde el Supremo, llevado por su ansia de actuar de la forma más contundente posible contra la izquierda abertzale, comienza a sortear cualquier obstáculo que se le ponga por delante, a base de establecer una interpretación de excepción de cuantas leyes supongan un freno a sus intenciones.

Un primer cambio de vía consiste, por tanto, en pasar de la Ley Electoral a la Ley de Partidos y declararse el Tribunal Supremo competente para juzgar el caso por el camino de la ejecución de la sentencia que en su día ilegalizó a Batasuna. En este terreno, la Ley de Partidos prevé la posibilidad de que la Sala del 61 actúe contra un partido que, aunque ya estuviera inscrito en el Registro, «continúe o suceda la actividad de un partido declarado ilegal y disuelto».

Pero aquí el Tribunal Supremo se encuentra con otro obstáculo. Ese artículo está previsto para aplicar a la totalidad de un partido y ni la Fiscalía ni la Abogacía del Estado han pedido que la prohibición se extienda a todas las listas de ANV, «ni mucho menos -como se lee textualmente en la sentencia- a la solicitud de ilegalización de este partido político». Pero el inconveniente no arredra al sentenciador, se limita a decir que lo que le han pedido es que prohíba esas candidaturas y que a ello se va a ceñir en adelante, con lo que a partir de ese instante pasa a considerar a «las candidaturas impugnadas» como un todo único, casi como si -mientras le convenga argumentalmente- formara un partido distinto de las listas de ANV no impugnadas.

Segundo paso: el abuso de la sinécdoque, figura retórica que consiste en designar una cosa con el nombre de otra, ampliando, restringiendo o alterando así el significado de ésta. De esta manera, candidaturas sueltas pasan a ser un todo único, hasta el punto que el ponente, incluso, considera que «el grado de implicación subjetiva suficiente para demostrar el fraude es inferior» al necesario en las agrupaciones de electores. Al Supremo le surge el problema -otro más- de que lo que la Ley de Partidos prevé para que se pueda actuar contra otra formación por considerarla sucesión de la ilegalizada es que se dé una «similitud sustancial de ambos partidos políticos, de sus estructura, organización y funcionamiento, de las personas que las componen, rigen, representan o administran, de la procedencia de los medios de financiación o materiales».

Resulta evidente que ése es un supuesto que no se da en este caso, pero -¡hombre!- tampoco hay que ponerse tan estrictos. Porque esos criterios, según el Supremo, no se relacionan «de forma exhaustiva o agotadora, sino orientativa», como se ve en que la cita de la ley continúa apuntando que se puede atender, también, a «cualesquiera otras circunstancias relevantes». Y ahí es donde al Alto Tribunal español se le ve la patita de lobo harinada por debajo de la puerta, puesto que la Ley de Partidos cita expresamente un único caso de «circunstancia relevante»: «su disposición a apoyar la violencia o el terrorismo». Y la sentencia ni hace referencia a ello ni al rechazo a la violencia que se constata en los estatutos de ANV.

Es decir, hasta el momento vemos que se impugnan candidaturas por un procedimiento incorrecto, pero el Supremo lo lleva a otro procedimiento. Ese segundo procedimiento sólo vale para partidos completos pero el Supremo decide aplicarlo para candidaturas sueltas de un partido legal. Y, en tercer lugar, se fijan unos criterios de actuación, pero el Alto Tribunal decide que pueden ser esos y cuantos a él le vengan en gana, por- que, según explica, «la necesidad de tomar en consideración un amplio elenco de circunstancias, no expresamente citadas por el precepto legal, ni analizadas específicamente en los antecedentes jurisprudenciales existentes hasta la fecha, y que apreciadas en su conjunto sirvan para llevar a la convicción del Tribunal la existencia de una estrategia defraudadora, resulta una consecuencia obligada», porque los malos también se van perfeccionando.

Obsérvese que en el ánimo del tribunal impera la presunción de culpabilidad, pues no busca toda la información disponible -como la referida a los estatutos- sino aquella que le lleve a la convicción de que existe una estrategia defraudatoria.

Y con esa intención lee todo cuanto se le presenta, hasta llegar a la conclusión, nunca probada en los 155 folios, de que Batasuna planificó la penetración de sus miembros en ANV para instrumentalizar su personalidad jurídica y que las candidaturas impugnadas han sido conformadas «por miembros relevantes de la extinta Batasuna». Es más, los supuestos planes de ETA que se mencionan, hablan, según la sentencia, de «sacar una nueva sigla», lo que podría ser aplicable a ASB pero no a ANV.

En conclusión, el Tribunal Supremo se inventa la figura legal de que una parte de un partido -con el agravante de que admite textualmente que «no puede demostrarse su concreto alcance»- sucede a otro ilegalizado, pero el resto del partido parece que no. Un sinsentido al que sólo se puede llegar si, una vez tras otra, se hacen trampas a la ley para acomodarla al deseo.
Re: Navarra: la llei de partits contra lavoluntat popular
21 mai 2007
si tienen razón, en esa manifestación habian almenos 15.000 terroristas!!!

solidaritat activa amb euskal herria
salut
Re: Navarra: la llei de partits contra lavoluntat popular
21 mai 2007
Estoy de acuerdo en que es una democracia bananera. Las democracias bananeras son incapaces de garantizar los derechos de las personas, ni de los abusos de la corrupción dentro del propio estado, ni de los ataques de revolucionarios que "saben" el camino. Sólo en una democracia bananera se permite que pase esto:

JBE dijo...

A mí me gusta contaros las cosas que pasan, las que vivo. Lo hago porque recuerdo que cuando a finales de los cuarenta los europeos se preguntaban ¿cómo nos ha podido pasar ésto? ¿cómo hemos llegado a este horror?, lo más significativo eran las anécdotas (en bilbaino "susedidos"), que anunciaban en un lento sirimiri al que nadie hacía caso la desoladora tormenta que iba a venir a continuación.

Dejadme que os cuente una de las últimas gotitas o "susedidos".

Pues tal que resulta que nosotros llevamos en nuestra candidatura a una chica de 24 años que es estudiante de filología alemana (le quedan 4 asignaturas) pero que, como decidió emanciparse a los 18 (se lleva fenomenal con su familia pero cree que no se puede vivir de la sopa boba hasta los 30) se gana la vida, el alquiler, y los estudios con su título de vigilante de seguridad.

Su puesto de trabajo es en un municipio grandecito de Gipuzkoa gobernado por el PSE, a pocos kilómetros del nuestro (ella es de nuestro municipio y se presenta por nuestra lista, pero trabaja en ese otro); lleva 3 años controlando la entrada del ayuntamiento, cara al público; es quien toma nota de quién entra y quién sale en el ayuntamiento, rechazando documentos de identidad euskalherríakos, y controlando la entrada a los plenos.

La lista de ANV de ese ayuntamiento donde ella trabaja, encabezada por el antiguo portavoz de Herri Batasuna, ha sido declarada -no os lo perdáis- "legal" (de los 10 primeros, por lo menos 6 tienen relación con Batasuna).

Bueno, pues después de sufrirla 3 años desde la ilegalidad y con la cabeza gacha, y llamarla "española" por lo bajines cada vez que les exigía el DNI o el carnet de conducir para entrar en el ayuntamiento, los batasunos muy ufanos con su recién estrenada legalidad, ya han pasado a hablar con ella en dos ocasiones sobraos, porque es que van sobraos.

El candidato a alcalde por ANV, antiguo portavoz de Batasuna milagrosamente reconvertido en demócrata, le dijo la primera vez: "sabemos todo de ti, quién eres, dónde vives, quiénes son tu familia..."; ella les contestó: "y yo de vosotros, estoy harta de tomar vuestros datos del DNI"; y él le contestó "ya, pero tú y yo sabemos de qué estamos hablando ¿verdad?".

La segunda vez fué y le dijo "tú entras y sales de trabajar siempre a la misma hora, y nosotros conocemos perfectamente tus horarios, y te repito que tú y yo sabemos de qué estamos hablando".

Bueno, hay que tener en cuenta que en ese ayuntamiento asesinaron a dos concejales del PP. Teníamos dos: al primero se lo cargaron; a la otra le pusieron una bomba que destruyó toda la escalera de su edificio, y de la que es incomprensible cómo se salvó; al que sustituyó al primero también se lo cargaron; un municipio "guay", vamos.

Bueno pues ante estas "advertencias" llamamos a Carmelo Barrio; y él nos ha dicho que ya ha pedido escolta para estas personas que van en listas con posibilidad de salir al Ministerio del Interior; y que el Ministerio le ha dicho que ni hablar; se han negado a ponerle escolta hasta a la candidata de Sondika, a la que agredieron cuando estaba con Nerea Alzola pegando carteles.

Son los "susedidos" del País. Mujeres de 24 años que trabajan incontables horas al día tienen que soportar la chulería de batasunos que les dejan bien claro que su vida o su muerte depende de ellos, en sitios donde siendo el matón portavoz de Batasuna ya asesinaron a dos compañeros de ella y bombardearon a otra, sin que al matón se le alterara el flequillo; y aquí no pasa nada.

En realidad pasan cosas que desde 2002/2003 pasaban cada vez menos y que creíamos que nunca volverían a pasar.

Hemos tenido que ser nosotros mismos los que hemos llamado al jefe de la empresa de seguridad y le hemos pedido por favor que le cambie el puesto y la traiga -si es posible- a trabajar en nuestro municipio; estamos a la espera.

Los demócratas se tienen que ir para dejar el campo libre a los totalitarios. Éso es lo que está pasando.

Es el sirimiri en el que preferimos no fijarnos.

(¡Ah! y en Navarra, los curas a bautizar con nombres euskéricos, aunque los padres se empeñen en que su hijo se llame Evaristo, por ejemplo. Es de traca).
Re: Navarra: la llei de partits contra lavoluntat popular
22 mai 2007
gran democracia la vostra en que s'ilegalitzen referendums so pena de ser reprimits per l'exercit.
gran democracia la vostra en que es tortura i s'apallisa a les presons
gran democracia la vostra en que es deten a gent per porta una bandera o penjar un cartell que no esta d'acord amb la vostra merda de nazifeixisme espanyolista.
gran democracia la vostra en que s'assasina a gent i desprès es diu que "s'ha suicidat"
gran democracia la vostra on es tanquen diaris per estar escrits en una llengua que no es la vostra.
si si, gran democracia, i encara la voldrieu més gran oi¿ la voldrieu organica?, el que em pregunto es que foteu aquí indymedia, si sabeu perfectament que aquí no timeu a ningú amb el vostre NAZIONALISME ESPANYOL, que passa que no teniu amics i us avorriu¿
Re: Navarra: la llei de partits contra lavoluntat popular
29 mai 2007
En Etxarri Aranatz ETA va matar a l'alcalde que era de EA i del poble de tota la vida, ara els seus botxins viuen a Etxarri i van ser escollits fills predilectes del poble (vist amb els meus ulls). Tens raó quina gran democracia la vostra la nazifeixista, ja,ja quina gràcia aquests catalanistes que no ténen ni idea de Euskadi ni Nafarroa.

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