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Anàlisi :: laboral
Estatuto del Trabajador Autónomo, otro gravísimo ataque a la clase trabajadora: las empresas convertirán en autónomos a nuevos trabajadores
26 feb 2007
El gobierno pretende aprobar en los próximos meses una ley que introduce la figura del autónomo dependiente. Hay una coincidencia generalizada acerca de que esta ley supondrá la legalización de los falsos autónomos: muchas empresas obligarán a sus nuevos trabajadores a acogerse a esta figura.
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Proyecto de Ley del Estatuto del Trabajador Autónomo



PREPARAN OTRO GRAVÃ?SIMO ATAQUE CONTRA LOS TRABAJADORES:

LAS EMPRESAS CONVERTIR�N EN AUTÓNOMOS A NUEVOS TRABAJADORES


El gobierno pretende aprobar en los próximos meses una ley, el Estatuto de los Trabajadores Autónomos, que introduce la figura del autónomo dependiente. Hay una coincidencia generalizada acerca de que esta ley supondrá la legalización de los falsos autónomos, de manera que las empresas aprovecharán la creación del autónomo económicamente dependiente -aquél que recibe al menos el 75% de sus ingresos de un solo cliente- para obligar a sus nuevos trabajadores a acogerse a esta figura y que no sean asalariados, con lo que se ahorrarán costes sociales. El propio Ministerio de Trabajo admite, en la memoria económica del anteproyecto, la posibilidad de que se produzca un «deslizamiento de asalariados a trabajadores autónomos económicamente dependientes». Ya hoy la mayor parte de los 3 millones de autónomos son trabajadores asalariados encubiertos, es decir, precarios y sin derechos.

La Asociación Nacional de Abogados Laboralistas estima que la nueva figura «provocará la expulsión del mercado laboral por cuenta ajena de muchos trabajadores que ahora son empleados». En palabras de la responsable de empleo de CCOO, que pactó el contenido de la ley: «Conociendo que las empresas cada vez externalizan, subcontratan más sus actividades, todo lo que sea incentivar formas de empleo que tienen menos derechos que los trabajadores asalariados resulta preocupante y puede producir una mayor precarización del mercado laboral. Se acentuará lo que ya está pasando: las empresas dirán al trabajador o eres autónomo o no te contrato».

Esta ley completaría la reforma laboral firmada en mayo pasado, junto con la privatización del INEM que han empezado a consensuar sus firmantes (sindicatos, patronal y gobierno). No podemos dejar pasar una agresión de este calibre sin respuesta. Es urgente que, como parte de un plan unitario, los colectivos y organizaciones contrarios a él unifiquen fuerzas para enfrentarlo.


http://www.kaosenlared.net/noticia.php?id_noticia=31474

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Comentaris

Re: Estatuto del Trabajador Autónomo, otro gravísimo ataque a la clase trabajadora: las empresas convertirán en autónomos a nuevos trabajadores
03 mar 2007
Pero quien ha escrito esta burrada???
Cuando el fontanero va a tu casa no suscribes con el un contrato laboral.
Precisamente el objetivo de esta ley es la proteccion de aquellos autonomos que sólo tienen un cliente, pongamos el ejemplo de un electricista, trabajador autónomo, que sólo tiene un cliente de forma temporal, se tratan de establecer medidas para evitar que de la noche a la mañana lo echen.
La dependencia a la que esta sujeta la relacion laboral de su artículo 1 del Estatuto de los Trabajadores y la presunción del artículo 8 del mismo, no queda desvaratada con esta ley.
Por favor, no mezclen cosas que no tienen nada que ver.
Por lo menos que el que escriba sobre derecho que sepa derecho.
Gracias
Re: Estatuto del Trabajador Autónomo, otro gravísimo ataque a la clase trabajadora: las empresas convertirán en autónomos a nuevos trabajadores
04 mar 2007
Grupo Parlamentario Esquerra Republicana de Catalunya

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28071 Madrid
Telèfon 91 390 59 95
Fax 91 390 64 27
premsa ARROBA gperc.congreso.es



resumen enmiendas Esquerra Republicana
al proyecto de ley del Estatuto del Trabajador Autónomo


En el trámite parlamentario el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana de Catalunya, ha entendido que debían introducirse algunas variaciones al texto propuesto por el Gobierno para amoldar el mismo a la realidad de los problemas de los trabajadores autónomos, y además, para introducir ciertos agravios que se contienen en el texto propuesto.
Tardà ha explicado que ‘se ha introducido una propuesta en el sentido de que los derechos que se reconocen a determinados trabajadores autónomos sean irrenunciables, tanto en el texto como en los futuros acuerdos de interés profesional que puedan surgir, para evitar que en tráfico de las relaciones entre estos y las empresas pueda ser objeto de negociación la renuncia anticipada a los derechos. De no ser así, el marco de derechos de los que se pretende dotar al colectivo, podría quedar en una anécdota’ ha sentenciado.

>SITUACIONES DE DISCRIMINACIÓN
En el mismo sentido, el portavoz de Esquerra ha detallado que ‘se ha propuesto el tratamiento procesal de las situaciones de discriminación y vulneración de derechos fundamentales y libertades públicas de las relaciones de los autónomos con las empresas para las que pudieran prestar servicios por el mismo procedimiento de tutela que recogen las normas para los trabajadores por cuenta ajena. Ello parece necesario para garantizar un procedimiento ágil y con garantías’.


>FIGURA DEL AUTÓNOMO DEPENDIENTE

En el detalle de la quincena de enmiendas presentadas por Esquerra, Tardà ha querido resaltar que ‘por lo que a la figura del autónomo dependiente se refiere, se ha propuesto la reducción del índice de dependencia para que puedan ser considerados como tal al 50 %. Creemos que ello es necesario por cuanto la necesidad de que se dote a dichos trabajadores con determinados derechos no puede depender, exclusivamente, de si tienen otros ingresos o no. En todo caso, debe quedar fijado el porcentaje de referencia, a los ingresos de actividades económicas, y no a todos los ingresos de que disponga el trabajador aún cuando lo fueran por cuenta ajena’. ‘De no ser así’ -ha añadido el portavoz de Esquerra en Madrid- ‘podríamos encontrarnos con que un trabajador que mantiene un contrato a tiempo parcial con una empresa y además, realiza otra actividad por cuenta propia con otra empresa, y solo con esa, en función de la distribución de los ingresos seria autónomo dependiente o no, cuando en realidad, por cantidad de ingresos, realidad personal, y demás extremos, se hace necesario que se le dote de los derechos de los dependientes’.
Tardà ha querido resaltar que ‘en definitiva, entendemos que la situación personal no debe ser, exclusivamente, el determinante de la consideración de dependiente o no, sino que debe serlo la relación entre empresa y autónomo, y la trascendencia de esa relación con el resto de actividad por cuenta propia’.

>REPRESENTATIVIDAD
Por lo que a representatividad se refiere, Tardà ha explicado que en las enmiendas de Esquerra ’hemos propuesto las modificaciones necesarias para que las asociaciones y organizaciones de trabajadores autónomos que sean representativas territorialmente puedan acceder al diálogo social y negociación colectiva. En los parámetros de redacción del Proyecto, no se estiman ni tan siquiera la actual organización del estado de las autonomías cuando se habla de representatividad y diálogo social. El federalismo en el diálogo social que seria aquella fórmula de representatividad social que garantizaría que en los acuerdos generales en materia social estuviera representado en su justa medida el territorio, rompiendo con el actual sistema centralista de representación que no garantiza un diálogo social fértil, por cuanto el territorio, y muy a menudo, representativo, no participa activamente en él. El modelo por el que apostamos hace que deban introducirse modificaciones de todo orden para garantizar que las entidades representativas de todos los lugares del territorio del estado, y eso sí, siempre que gocen de cierto nivel de representatividad, puedan participar en los diferentes foros, puedan acceder a la negociación colectiva y participar en la fertilización del diálogo y en la construcción de la cohesión social’.

>MARCO DE DERECHOS

Por lo que al marco de derechos de los autónomos dependientes se refiere, Tardà ha remarcado que ‘hemos entendido que el derecho a vacaciones debía ser retribuido, no solo reconocido. Además, por lo que a límites de jornada se refiere, hemos introducido una limitación consistente en que deban respetarse las normas relativas a jornadas máximas previstas para los trabajadores por cuenta ajena, para conservar un respeto mínimo a lo laboralmente razonable, y evitar que la libertad de prestación, a menudo cautiva de este tipo de relaciones, pueda revertir en la necesidad del dependiente de prestar servicios más allá de lo humanamente admisible. Por último, se ha propuesto una compensación para la finalización de los contratos de estos trabajadores, consistente en una indemnización de una doceava parte de la retribución anual. Entendemos que la vinculación estrecha en éstos casos la hacen necesaria, y que el régimen abierto que mantenía el proyecto debía ser concretado’.

>PROTECCIÓN SOCIAL

Y por último, el portavoz del Grupo parlamentario de Esquerra ha explicado que ‘por lo que a protección social se refiere, hemos propuesto romper, de una vez por todas, con el agravio comparativo que han venido sufriendo los trabajadores autónomos en el cálculo de sus pensiones. Y cuando hablamos de agravio, no lo hacemos solo de que el importe que reciben sea inferior a la media de pensiones del
régimen general, por cuanto cotizan por bases más bajas, sino que en el cálculo de prestaciones, a igualdad de bases, se otorgan ciertos beneficios a otros regímenes mientras que a los autónomos no, siendo ello desde todo punto de vista discriminatorio, por cuanto no está justificado técnicamente. En relación a ello pues, se propone que el cálculo de prestaciones se realice de idéntica forma que para el régimen general. Además, se propone que se reconozca la prestación por cese de actividad a los autónomos. Si bien en el redactado propuesto se cita como una proposición de futuro, entendemos que se proyecta a largo plazo, y esa no es la petición de los colectivos de trabajadores autónomos. Nuestra proposición es la de citarla ya en la Ley, y dejar solo el desarrollo reglamentario para su instauración inminente. Por otro lado hemos introducido dos peticiones largamente reclamadas por las diferentes asociaciones de autónomos, la de escoger el régimen de cotización de los familiares que trabajen con ellos ahora debían cotizar a menudo por autónomos también), y la posibilidad de establecer bonificaciones o reducciones de cuotas para las épocas de baja o nula actividad’.
Sindicato Sindicat