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Notícies :: criminalització i repressió : amèrica llatina
Informe de Amnistía Internacional sobre Atenco
11 oct 2006
Ã?ndice AI: AMR 41/028/2006
5 de octubre de 2006
libertad presos.jpg
Embargado hasta el 5 de octubre

1. Introducción y resumen

El día 4 de mayo fui detenida por la mañana. (…) Me tiraron al suelo e igualmente me golpearon, con patadas, con puñetazos, con los toletes y las macanas. Me jalaban el cabello, me pisotearon, después me levantaron y entre empujones y golpes me subieron boca abajo en una camioneta de la policía.(…) Al subirme al camión (autobús) me di cuenta que adentro de este estaban golpeando a todos, a mi entre golpes, insultos y empujones me comenzaron a manosear, primero los glúteos, luego a frotarme encima del pantalón, me tocaban los senos y luego metieron sus manos debajo rompiéndome el sostén y causándome gran irritación en los pezones.(…)No podíamos movernos, si nos movíamos nos golpeaban. Hemos pedido hacer las denuncias, pero no nos han hecho caso.(1)

Al menos 211 personas fueron detenidas los días 3 y 4 de mayo del 2006 en los municipios de Texcoco y San Salvador Atenco, en el Estado de México, (2) como resultado de un operativo policial en respuesta a las protestas de activistas de una organización campesina de la zona. Entre las personas detenidas hubo cuarenta y siete mujeres.

Según informes, durante las protestas, varios manifestantes se enfrentaron de forma violenta a los cuerpos policiales del Estado de México. Durante los enfrentamientos varios policías resultaron lesionados y manifestantes retuvieron a varios agentes, al menos cuatro de los cuales fueron llevados a San Salvador Atenco. En tales circunstancias las fuerzas de seguridad pública tienen el deber de garantizar el orden y proteger la integridad de los policías y transeúntes. Sin embargo, la forma en la que al parecer tuvieron lugar la mayoría de las detenciones –tanto de hombres como de mujeres- puso de relieve serias violaciones de los derechos humanos, incluyendo la tortura y el maltrato, y el uso excesivo de la fuerza por parte de los policías. Además, dos jóvenes, uno de ellos menor, fallecieron a consecuencia de los disturbios sin que hasta la fecha se hayan esclarecido las circunstancias de las muertes.

En el caso de las mujeres, varias de ellas han denunciado ante las autoridades y ante organismos nacionales e internacionales de derechos humanos haber sido objeto de violencia física, psicológica y sexual por parte de los policías del Estado de México que las detuvieron, sobre todo durante su traslado al penal en varios vehículos. La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) ha registrado 23 casos de violencia sexual durante el operativo. Además, Amnistía Internacional ha documentado cómo inmediatamente después de las detenciones, las autoridades del Estado de México negaron a varias de las mujeres la posibilidad de presentar una denuncia penal, no les ofrecieron una atención médica ni psicológica adecuada, ni les practicaron exámenes médicos delicados para la obtención de pruebas con el consentimiento de las víctimas. Hasta el día de hoy, las autoridades del Estado de México, a pesar de haber iniciado investigaciones al respecto, continúan negando a las mujeres un acceso a la justicia con plenas garantías de independencia e imparcialidad.

El gobierno mexicano ha ratificado instrumentos internacionales de derechos humanos que reconocen el derecho de las mujeres a una vida sin violencia y la obligación de prevenir y sancionar todas las formas de violencia hacia las mujeres. Una de las responsabilidades inmediatas del Estado es prevenir y sancionar la violencia cometida por sus agentes. Este informe pone de manifiesto cómo las autoridades mexicanas siguen sin tomar medidas efectivas para garantizar que estos abusos no queden impunes.

Una delegación de Amnistía Internacional visitó el Estado de México el pasado junio y se entrevistó con varias de las personas que fueron detenidas el 3 y el 4 de mayo, organizaciones de derechos humanos y autoridades mexicanas. Este informe recoge las experiencias de las mujeres, con especial atención a las denuncias de abusos de carácter sexual, así como la falta de investigaciones efectivas e imparciales para garantizar que los presuntos responsables comparezcan ante la justicia. La identidad real de las mujeres permanece protegida.

© Centro de Derechos Humanos "Miguel Agustin Pro Juarez", reunión de la comunidad en San Salvador Atenco después de los eventos de Mayo, exigiendo la liberación de los detenidos.

Operativo policial: tortura y uso excesivo de la fuerza en las detenciones

El 3 de mayo 2006, aproximadamente a las 07:00, unos 200 agentes de la policía municipal y de la Agencia de Seguridad Estatal se disponían a desalojar a un grupo de vendedores de flores ambulantes cerca del mercado municipal de Texcoco. Los vendedores se oponían a los planes de reubicación previstos por las autoridades estatales. Su reclamo estaba apoyado por una organización campesina Frente de Pueblos en Defensa de la Tierra (FPDT) de San Salvador Atenco. Varios miembros del FPDT y sus simpatizantes estaban en Texcoco para manifestar contra el desalojo. Los disturbios iniciales tuvieron lugar cuando los agentes de la policía trataron de dispersar a los manifestantes.

En las horas que siguieron, los campesinos -algunos de ellos, según informes, con machetes, palos y piedras- se enfrentaron a los policías. Posteriormente, hubo nuevos enfrentamientos cuando varios centenares de campesinos bloquearon la carretera que une los municipios de Texcoco y Lechería. Algunos manifestantes apresaron a doce policías municipales, de los cuales al menos cuatro permanecieron retenidos hasta el día siguiente en un auditorio en San Salvador Atenco. Un policía fue, según informes, obligado a bajar del vehículo en el que se encontraba y fue fuertemente golpeado por algunos manifestantes. Para ese entonces, cientos de policías de seguridad del Estado de México se habían añadido al operativo practicando numerosas detenciones en respuesta a los actos violentos. Varios testigos han señalado que los policías hicieron un uso generalizado de gases lacrimógenos, amenazaron a manifestantes con armas de fuego y patearon y golpearon con toletes a las personas ya sometidas.

El operativo policial se intensificó la madrugada del 4 de mayo cuando unos dos mil policías de la Agencia de Seguridad Estatal y mil agentes de la Policía Federal Preventiva irrumpieron en San Salvador Atenco con el objetivo de arrestar a presuntos responsables de los actos violentos del día anterior. Según testimonios recogidos por Amnistía Internacional, los policías cerraron los principales accesos al municipio y catearon y dañaron decenas de viviendas, amenazaron a sus habitantes y practicaron numerosos arrestos en la población sin presentar órdenes de aprehensión. Al parecer los afectados por los destrozos de las viviendas no han recibido ninguna indemnización por parte de las autoridades. Por su parte, la CNDH ha señalado que la Policía Federal Preventiva impidió el "libre transito" de los visitadores de la CNDH a los lugares donde se estaban practicando las detenciones.(3)

Muertes durante el operativo todavía sin esclarecer

Los enfrentamientos del 3 de mayo se saldaron con la muerte de Francisco Javier Cortés Santiago, de 14 años, como resultado de un impacto de bala. Hasta la fecha no se ha esclarecido la forma en que ocurrió su fallecimiento ni identificado a los responsables. Otro joven de 19 años, Alexis Benhumea Hernández, fue gravemente herido en la cabeza, al parecer, por un proyectil de gas lacrimógeno disparado por la policía el día 4 en San Salvador Atenco. Falleció el 7 de junio en un hospital de la Ciudad de México. Según informes, inmediatamente después de ser herido su padre lo llevó a una casa particular y pidió asistencia médica de urgencia. Sin embargo, el cordón policial alrededor de la población impidió la entrada de ambulancias. Un médico local y su hija que intentaron asistir al joven fueron golpeados y detenidos por la policía en la calle y acusados de estar involucrados en los actos violentos. Alexis Benhumea fue trasladado por la tarde a un hospital de la Ciudad de México. Al momento de escribir este informe, las autoridades estatales no habían llevado a cabo ninguna investigación sobre lo ocurrido, alegando, según informes, que Alexis fue herido el día 3 debido a las piedras lanzadas por los manifestantes y que el caso está fuera de su competencia al haber sido Alexis Benhumea trasladado a la Ciudad de México.

Tortura como "vía" de control y represalia policial hacia las personas detenidas

Según los testimonios recogidos por Amnistía Internacional, tanto el 3 como el 4 de mayo, la mayoría de las personas detenidas fueron trasladadas al penal estatal de Santiaguito en varios vehículos de la policía y autobuses. Fue durante este periodo cuando tuvieron lugar graves violaciones de derechos humanos a los detenidos por parte de los policías de seguridad estatal que los custodiaban, en lo que parecería haber sido un acto de represalia por su posible vinculación con la organización campesina, considerada por las autoridades del Estado de México como un grupo subversivo. La mayoría de los detenidos coinciden en señalar que los policías les obligaron a permanecer apilados en el suelo de los vehículos uno encima de otro por varias horas provocando sensaciones de asfixia a la vez que eran pisoteados por los agentes. Los golpes, insultos y las amenazas de muerte se repitieron en contra de las personas detenidas en varios de los vehículos en los que viajaban. Varias mujeres denunciaron haber sido objeto de violencia sexual durante el trayecto. La mayoría de las personas detenidas permaneció con la cara cubierta mientras duraron los abusos dificultando la identificación de los presuntos agresores.

Investigaciones deficientes

Durante los dos días que duró el operativo fueron detenidas 211 personas. Hasta la fecha, siete mujeres y 21 hombres continúan detenidos acusados del delito de secuestro equiparado el cual según el código penal del Estado de México es un delito grave y no alcanza fianza. Otras 115 personas salieron en libertad bajo fianza y están sujetas a proceso. El resto fueron liberados sin cargos. Entre los detenidos hubo cinco extranjeros(4), quienes los días posteriores a la detención fueron trasladados a las oficinas del Instituto Nacional de Migración en el Distrito Federal y luego expulsados del país.

De los más de 2 mil agentes estatales que participaron en el operativo, 9 de ellos enfrentan una sanción administrativa por tolerar la violencia. Por otra parte, la Procuraduría General de Justicia del Estado de México (PGJEM) ha consignado penalmente 21 policías por el delito de abuso de autoridad, el cual está considerado delito leve en el Código Penal. Hasta la fecha ninguno de estos policías ha sido detenido. Tampoco hay ninguna investigación por tortura a pesar de que existe legislación en el Estado de México para sancionar este tipo de delito.(5)

Amnistía Internacional condena toda violencia dirigida a los policías y reconoce la obligación de las autoridades de actuar ante actos de violencia, incluyendo la retención de miembros de las fuerzas de seguridad. Sin embargo, su actuación debe enmarcarse dentro de los principios de proporcionalidad y estricta necesidad del uso de la fuerza y armas recogidos en los Principios Básicos de las Naciones Unidas sobre el Empleo de la Fuerza y de Armas de Fuego por los Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley (Principio 9) y el Código de Conducta de la ONU para Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley (Artículo 3). Por otra parte el trato recibido por los y las detenidas durante su traslado a la prisión contraviene tratados internaciones como la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura y la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, ratificados por México. Dichos tratados también establecen la obligación de las autoridades de iniciar investigaciones imparciales e independientes de las denuncias de tortura y malos tratos.

2. Detención de las mujeres: violencia sexual en el operativo

De las 211 personas que fueron detenidas mientras duró el operativo, cuarenta y siete fueron mujeres, siete de las cuales continúan en prisión. Al igual que los hombres, durante las detenciones las mujeres fueron objeto de golpes en varias partes del cuerpo, amenazas e insultos por parte de los agentes de policía tanto en Texcoco como durante el operativo policial que tuvo lugar en San Salvador Atenco al día siguiente.

Fue al interior de los distintos vehículos para ser trasladadas al penal cuando según las denuncias de las mujeres tuvieron lugar serias violaciones a sus derechos humanos, incluyendo violencia sexual. Según el informe preliminar de la CNDH, al menos 23 mujeres denunciaron haber sido objeto de abusos sexuales por parte de los agentes de policía del Estado de México que las custodiaban. Por lo menos seis mujeres denunciaron que habían sido víctimas de violación. Otras mujeres han denunciado haber sido objeto de violaciones sexuales ante organizaciones no gubernamentales de derechos humanos mexicanas.

Los testimonios recogidos por Amnistía Internacional ponen de relieve estos abusos. Las experiencias de las mujeres entrevistadas por la organización coinciden en señalar toqueteos a sus partes íntimas, mordidas en los senos, el desnudo forzoso y violación por vía vaginal y anal con dedos por parte de los agentes de policía. Amnistía Internacional también fue informada acerca de una mujer que al parecer fue obligada a tener sexo oral con uno de los policías. También fueron comunes los insultos obscenos y las amenazas de tipo sexual. Los testimonios que se recogen a continuación son ilustrativos de lo que ocurrió en los vehículos según las propias mujeres:

·El día 3 de mayo por la mañana se refugió (la mujer) en una casa cerca del mercado de Texcoco en donde se estaban dando los enfrentamientos entre la policía y los manifestantes. Según los informes, había unas 70 personas en la casa, entre ellos el líder de la organización campesina FPDT. Los agentes de policía rodearon la casa durante varias horas. Aproximadamente a las 17:00 entró la policía. En aquel momento ella junto con varias personas se encontraba en la azotea de la vivienda. La mujer cuenta que "a las mujeres nos decían que nos iban a violar como putas que éramos". Luego al igual que el resto de las personas que estaban allí, la hicieron bajar de la azotea. "Había una valla de policías afuera. Me obligaron a agacharme. Nos iban pateando. No podía ver nada. Nos sentaron de cuclillas en la calle. Vi a mi esposo en ese momento. Iba sangrando. Le seguían pegando". Después, un policía dijo "ya no los golpeen. Ya llegaron los medios". Posteriormente la subieron al autobús junto con los otros detenidos. El autobús era grande. Iba agachada totalmente y no veía nada. Según su testimonio, se le acercó una mujer policía quien le robó el celular y objetos personales. A otra mujer que iba con ella la obligaron a cantar. Durante el trayecto al penal, un policía le metió la mano en los senos y los glúteos. Los policías iban repitiendo "por sus mamadas nos tuvimos que quedar".
·"Fui detenida en una casa en San Salvador Atenco el día 4 de mayo". Según su testimonio, entraron entre treinta o cuarenta policías en la vivienda. Le cubrieron el rostro y al igual que el resto de las personas que estaban allí la obligaron a poner las manos en la nuca y a sentarse en la banqueta de la calle. "Lo único que veía eran las botas de los policías. Empezaron los golpes en la cabeza con los toletes. Luego me hicieron pasar por una valla de policías mientras me amenazaban con matarme a mi y a mi familia". Fue llevada a un vehículo de la policía tipo autobús mientras le propinaban patadas. "Dentro del vehículo había una pila de personas acostadas y esposadas. Los policías estaban caminando sobre la pila de personas". Según su testimonio, los policías que estaban en el interior del vehículo la arrastraron hasta el asiento trasero y le desgarraron la ropa interior. Le bajaron los pantalones hasta los pies y le subieron la camiseta hasta la cabeza no pudiendo ver nada. Un policía le golpeó los glúteos mientras recibía amenazas de muerte y violación. Posteriormente al menos tres policías le pellizcaron los pezones y le apretaron fuertemente los senos. Los tres la violaron con los dedos. Durante todo el trayecto la obligaron a permanecer desnuda con la cabeza pegada al asiento y los glúteos levantados. "Escuchaba a las personas que me violaron. Estuvieron conmigo todo el rato. Cuando se les ocurría me volvían a golpear".

·Según el testimonio de otra joven detenida el 4 de mayo en San Salvador Atenco, una vez en el autobús: "me ordenaron bajar la cabeza sobre un charco de sangre, yo no quería poner mi cabeza en la sangre y la bota negra de un policía sobre mi cabeza me obligó a hacerlo. La camioneta encendió motores y en el camino fui manoseada por muchas manos de policías, yo sólo cerré los ojos y apreté los dientes esperando que lo peor no sucediera. Con mis pantalones abajo, la camioneta se detuvo y se me ordenó bajar, torpemente baje y una mujer policía dijo:’a esta perra déjenmela a mi’ y golpeó mis oídos con las dos manos".(6)

3. Denegación de justicia a las mujeres

La violación y otras formas de violencia sexual tienen efectos devastadores en quienes las sufren. En virtud del derecho internacional, la violación de una mujer o una niña en custodia por parte de un agente del Estado siempre constituye tortura de la cual el Estado es directamente responsable. Otros abusos sexuales o abusos físicos graves cometidos contra mujeres como el uso deliberado de cacheos, toqueteos o amenazas sexuales, también constituyen tortura o malos tratos cuando son cometidos por agentes del Estado. Estos criterios han sido avalados por los tribunales internacionales de derechos humanos y penales, quienes en varias ocasiones han señalado que el dolor y el sufrimiento causados por la violación coinciden con la definición de tortura.(7)

Como acto de tortura, el Estado tiene la obligación de iniciar investigaciones con plenas garantías de independencia e imparcialidad. Además para que una investigación de tortura sea efectiva las autoridades debe de tener en cuenta los procedimientos recogidos en el Manual sobre la investigación y documentación eficaces de los casos de tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (conocido como Protocolo de Estambul).(8)

Las mujeres que han sufrido violencia sexual a manos de agentes del Estado tienen ante sí una larga y ardua lucha para obtener justicia. La mujer tiene buenas razones para temer que, si se queja, volverá a ser objeto de abusos o que, ante dos versiones contrarias, los investigadores darán crédito a la del policía.

En el caso de las mujeres detenidas el 3 y el 4 de mayo en el Estado de México, Amnistía Internacional ha documentado serias deficiencias por parte de las autoridades del Estado de México en la atención, recepción e investigación de las denuncias de violencia sexual. Estas deficiencias incluyen: la negativa a recibir la denuncia por parte del agente investigador, la falta de exámenes médicos adecuados y exhaustivos para documentar el abuso, una atención médica y psicológica inadecuada y una falta de imparcialidad por parte de la agencia investigadora en todas las etapas del proceso.

a) Recepción deficiente de las denuncias y otras violaciones del debido proceso

Amnistía Internacional ha tenido conocimiento de que los agentes del ministerio público de la PGJEM que se trasladaron al penal de Santiaguito para tomar las declaraciones de las personas detenidas no permitieron a las mujeres declarar sobre los abusos sexuales y la violación sufrida. Una de las mujeres señaló a Amnistía Internacional que cuando manifestó ante el agente del ministerio público su intención de denunciar la violación, otro agente que estaba supervisando las declaraciones se dirigió a éste, le dijo que la cuestión de la violación no podía ser registrada y arrancó de la máquina de escribir el papel que estaba usando para la declaración. El agente aparentemente agregó que si la mujer quería declarar tenía que narrar dónde estaba y qué estaba haciendo antes de su detención. Luego, según informes se dirigió a la mujer y le dijo: "vete dando cuenta de que estás en la cárcel". Ante tal respuesta, la mujer se abstuvo de declarar. Ni el agente del ministerio público ni el defensor de oficio que estaba con ella le informaron de sus derechos durante esta etapa del proceso.

El testimonio de otra mujer explica que: "Nos llevaron a una sala a declarar. No sabía de que me acusaban. Había unos 6 ministerios públicos tomando notas en maquinas de escribir. Se me acercó un ministerio público y me dijo ‘ahora que les dio para pegarse unas a otras’. Me reserve el derecho a declarar."

Las mujeres entrevistadas por Amnistía Internacional señalaron que los agentes del ministerio público no les informaron de los delitos de los que se les acusaba. Según informes, los agentes, al empezar las declaraciones, tenían en su posesión unas hojas de papel en blanco en las que decía "delito desconocido". No fue hasta su declaración preparatoria en el juzgado, seis o siete días después, o durante el auto de formal prisión, cuando fueron informadas de los delitos en su contra. Esta situación fue también denunciada por los hombres detenidos. Además varios de las detenidas y detenidos han declarado no haber podido realizar ninguna llamada a familiares o abogados particulares durante las primeras 24 horas de detención. Según informes, los defensores de oficio no se identificaron como tales en las declaraciones ni informaron a las y los detenidos de todos sus derechos. Testimonios recogidos por Amnistía Internacional señalan que los defensores de oficio sólo corroboraron y firmaron el documento ya escrito por el agente del ministerio público.

Amnistía Internacional también ha recibido informes sobre la ausencia de un traductor en el caso de Magdalena García Duran, indígena mazhaua, quien fue detenida el 4 de mayo cuando se dirigía a San Salvador Atenco. Según informes, Magdalena García Duran fue fuertemente golpeada y amenazada durante su detención y traslado al penal. Tuvo que firmar las declaraciones ministerial y preparatoria a pesar de no comprender bien el español y de no escribirlo y de no tener acceso a un traductor.

Lo ocurrido a las mujeres el 3 y 4 de mayo en el penal ilustra una vez más cómo a las personas privadas de libertad en México frecuentemente se les niegan sus derechos de acuerdo con lo dispuesto en tratados internacionales de derechos humanos ratificados por México. La negación de garantías procesales como al acceso a defensa legal de su elección, la baja calidad de la representación legal designada por el Estado, la falta de información sobre los motivos de su detención y los cargos en su contra y la falta de traductor o interprete para personas que no dominan el español escrito y/o hablado constituyen violaciones al debido proceso, esenciales para un juicio justo.(9)

b) Falta de exámenes forenses y asistencia adecuada a las mujeres

Ante posibles actos de tortura, los agentes investigadores deben practicar un examen médico lo antes posible a fin de evitar que desaparezcan signos agudos de la comisión del delito. Según el Protocolo de Estambul, este examen debe incluir una evaluación de la necesidad de tratar lesiones o enfermedades, de ayuda psicológica, de asesoramiento y seguimiento y una exploración física.

En el caso de la tortura de carácter sexual, debido a su complejidad, el protocolo recomienda que la exploración esté a cargo de un equipo de psiquiatras, psicólogos, ginecólogos y expertos en tratamiento de supervivientes de tortura sexual. También establece directrices adicionales de cómo proceder incluyendo la necesidad de "ofrecer apoyo, consejo y tranquilidad, cuando corresponda".(10)

La primera revisión médica a las mujeres detenidas el 3 y 4 de mayo estuvo a cargo de los médicos del penal, cuya función fue la de certificar las lesiones de las personas detenidas y suministrar atención medica a los presos en caso necesario. El informe preliminar de la CNDH señala irregularidades en los certificados médicos practicados a las mujeres al ingreso al penal incluyendo la falta de un orden cronológico en la descripción de las lesiones externas y una descripción parcial de las lesiones poniendo de relieve una falta de atención a la hora de recabar datos sobre lo ocurrido. (11)

Según los testimonios recogidos por Amnistía Internacional el personal médico proporcionó a las personas detenidas tratamiento básico sólo para las lesiones visibles ignorando posibles abusos sexuales a las detenidas. Tampoco practicaron exámenes ginecológicos a las mujeres alegando que ellos no estaban autorizados para realizar estos exámenes y que sólo el médico forense de la PGJEM tenía competencia para hacerlo.

Sin embargo esto tampoco sucedió. Las mujeres que solicitaron una revisión ginecológica para certificar las lesiones de violencia sexual se encontraron con la negativa de los médicos forenses para practicar este tipo de exámenes:


"Cuando llego al penal el médico legista no quiere certificar que he sido violada. Me parece injusto que no se me crea, que alguien pueda creer que lo invento."
"Entré al consultorio con una médico. Me dijo que perdía su trabajo y no me quiso reportar las heridas de la violación. Me dijo que en todo el estado no había un ministerio público que tuviera ginecólogo. Como favor me dio una caja de óvulos y un analgésico. Me dijo que no me hacía el examen médico sin una denuncia. No podía entender la razón de lo sucedido."(12)


Las autoridades no tomaron ninguna medida para garantizar que los profesionales médicos estaban debidamente formados o que eran suficientemente imparciales para llevar a cabo exámenes médicos delicados. Ante tal actitud, es comprensible que varias mujeres se negaran a ser examinadas por médicos oficiales durante las primeras horas de su detención.

Por su parte, los peritos médicos de la CNDH elaboraron certificados médicos de las personas detenidas y obtuvieron fotografías digitales que fueron agregadas a su investigación en relación con las agresiones de carácter sexual, así como del uso excesivo de la fuerza. Testimonios recogidos por Amnistía Internacional señalan que el personal que realizó los informes en nombre de la CNDH no era, según informes, especialista en este campo, y sólo realizó una breve exploración física.

La atención psicológica oficial a las mujeres fue, según los testimonios, insuficiente. Durante su estancia en la prisión, una de las mujeres señaló a Amnistía Internacional que la psicóloga que la atendió sólo estaba interesada en los hechos de la detención y que cuando ella le contó sobre la violación, la psicóloga le contestó que esto no era lo que ella le había pedido y le dijo que se retirara. Otras mujeres entrevistadas manifestaron su desconfianza ante este tipo de atención ya que según su experiencia no fueron informadas adecuadamente de su propósito. Organizaciones locales de derechos humanos empezaron posteriormente a dar apoyo psicológico a varias de las mujeres detenidas. Por su parte, el Colectivo Contra la Tortura ha iniciado peritajes psicológicos a las mujeres que continúan detenidas con el objetivo de documentar los abusos.

c) Falta de imparcialidad en las investigaciones y conflictos de interes

"También es conocido que los manuales de los grupos radicales dicen que hay que declararse violadas, en el caso de las mujeres [si son detenidas]"(13)

"No cerramos la investigación, pero ahora ya no investigamos"(14)

En un primer momento las autoridades del Estado de México negaron públicamente los presuntos abusos sexuales y rehusaron iniciar una investigación alegando que no habían recibido ninguna denuncia al respecto. No fue hasta dos semanas después de las detenciones, el 16 de mayo, cuando la PGJEM abrió una investigación de oficio a partir de la presentación del informe preliminar de la CNDH en el cual se apunta la "probable comisión de conductas de naturaleza sexual atribuidas a los elementos policíacos por 23 detenidas".

Sin embargo, hasta la fecha las investigaciones sobre los abusos sexuales llevadas a cabo por la PGJEM han sido inadecuadas y –al parecer- sólo se han dedicado a rebatir las denuncias, haciendo recaer la carga de la prueba sobre la mujer.(15) Según el Procurador General de Justicia del Estado de México al cargo de la PGJEM, las investigaciones consistieron en mostrar a las mujeres fotografías de agentes de policía que participaron en el operativo, pero las investigaciones no avanzaron debido a que éstas no habían identificado a los agresores. La mayoría de las mujeres señala que mientras duró el trayecto al penal fueron obligadas a subirse la camiseta o blusa que llevaban para que su rostro quedara cubierto imposibilitando la identificación visual de sus presuntos agresores. A pesar de ello, las autoridades no parecen haber implementado ningún otro procedimiento de investigación para dar con los presuntos responsables ni para identificar que policías se encargaron del traslado de un grupo específico de detenidos y detenidas. Al parecer tampoco habrían tomado declaraciones a los testigos ni habrían recabado otra evidencia forense para esclarecer los hechos.

Por otra parte, tanto el Protocolo de Estambul como la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes señalan que uno de los elementos primordiales para la investigación efectiva de la tortura y los tratos crueles, inhumanos o degradantes es la imparcialidad de los agentes investigadores, incluyendo la necesidad de que éstos sean independientes de los presuntos autores o del organismo al que éstos pertenezcan.(16) El Procurador General de Justicia del Estado de México confirmó que los oficiales que están al cargo de las investigaciones son los mismos agentes del ministerio público y policías judiciales que en su momento se negaron a recibir las denuncias de violación en el penal o agentes que pertenecen a la misma unidad dentro de la PGJEM.(17) Por lo tanto, existe un conflicto de interés dentro de la PGJEM que parece violar el principio fundamental que cualquier investigación de las alegaciones de violaciones de derechos humanos sea imparcial e independiente.


d) Fiscalía Especial de Atención a Delitos contra las Mujeres

En febrero de 2006 se creó la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos relacionados con Actos de Violencia contra las Mujeres (FEADAVM), adscrita a la Procuraduría General de la República (PGR) a nivel federal. Además de promover la formación y la coordinación entre todos los estados de la federación para prevenir y sancionar la violencia contra la mujer en México, el acuerdo de creación de la Fiscalía Especial le da facultades para investigar los delitos cometidos dentro de la jurisdicción estatal "en términos de las disposiciones jurídicas aplicables". (18)

La mayoría de casos de violencia contra las mujeres, incluyendo la violación sexual, son investigados por las procuradurías estatales. La PGR tiene la obligación de investigar los delitos del fuero federal.(19) Estos delitos incluyen los relacionados con el crimen organizado o el tráfico de drogas, entre otros. También están bajo su jurisdicción delitos cometidos por servidores públicos federales. Además, la PGR tiene la facultad de intervenir en delitos del fuero común en los que haya "conexidad con delitos federales".(20) Por su parte, PGR, en relación a los delitos de violencia contra la mujer, señala que la Fiscalía Especial puede ejercer la facultad de atracción de los casos "cuando en una localidad determinada se configure una situación de violaciones graves y sistemáticas a los derechos humanos de las mujeres y de las niñas (…)".(21)

El pasado 17 de mayo, 16 de las mujeres que fueron detenidas presentaron una denuncia penal ante la Fiscalía Especial. El 25 de mayo personal de la Fiscalía Especial practicó revisiones ginecológicas y fotográficas a las denunciantes. Según informes, el pasado mes de julio la PGJEM tuvo conocimiento de una revisión médica practicada a una de las detenidas por parte del personal de la Fiscalía Especial en el que se acreditan lesiones en los genitales de la mujer. Sin embargo, las autoridades estatales cuestionaron el valor de la revisión, sugiriendo que la víctima pudo haberse generado las lesiones con los dedos y no pudieron avanzar en la investigación porque la victima no identificó su agresor en su declaración. Además, el Procurador General de Justicia del Estado desestimó el resultado de la revisión médica practicada por la Fiscalía Especial por haber sido hecha quince días después de los hechos.(22)

Según informes, la CNDH no ha permitido a la Fiscalía Especial acceso a los casos investigados por esta Comisión porque considera que sólo compete a las autoridades estatales estar informadas, sin tomar en cuenta, al parecer, las atribuciones de la nueva institución como entidad investigadora.

Amnistía Internacional considera que la colaboración actual entre las autoridades del Estado de México y la Fiscalía Especial es positiva pero insuficiente teniendo en cuenta la aparente falta de voluntad política de las autoridades estatales para investigar de forma imparcial los casos.

4. La responsabilidad del Estado mexicano de prevenir y sancionar la violencia contra la mujer

Varias normas nacionales e internacionales de derechos humanos establecen garantías para el derecho de la mujer a no sufrir abusos y violaciones sexuales y de proporcionarles un remedio efectivo para tales abusos.

En el Estado de México existe una ley estatal de prevención y sanción de la tortura. Por otra parte, el delito de violación sexual está definido en el código penal del estado como "al que por medio de la violencia física o moral tenga cópula con una persona sin la voluntad de ésta" y "quien introduzca por vía vaginal o anal cualquier parte del cuerpo, objeto o instrumento diferente al miembro viril, por medio de la violencia física o moral". El delito se agrava si es cometido por agentes del estado.(23) Aunque la definición de violación en el Estado de México todavía no se adecua a la utilizada en el Estatuto de Roma, la cual es la más avanzada que se ha dado hasta el momento, ésta obliga a las autoridades a llevar a cabo actuaciones para investigar y sancionar el abuso.(24)

La obligación de proporcionar a las víctimas un acceso efectivo a la justicia no sólo es responsabilidad de las autoridades estatales. El conflicto de interés dentro de la PGJEM que parece impedir una investigación imparcial e independiente, y que ha resultado al parecer en la falta de acciones efectivas para garantizar que los responsables de las agresiones sexuales y violación de mujeres comparezcan ante la justicia, significa que el gobierno mexicano a nivel federal está incumpliendo las obligaciones contraídas a través de la ratificación de normas internacionales y regionales. Tales normas son la Convención Americana sobre Derechos Humanos(25), y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos(26) así como la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes y la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura. También contraviene las normas específicas sobre la violencia contra la mujer como la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém do Pará)(27) y la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer(28), ratificadas por México.

Dada la falta de imparcialidad de las autoridades estatales para resolver las denuncias, para Amnistía Internacional es imprescindible que la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos relacionados con Actos de Violencia contra las Mujeres goce de jurisdicción para investigar las denuncias de violencia sexual por parte de policías estatales durante las detenciones del 3 y 4 de mayo. De lo contrario, el papel de la Fiscalía Especial como instrumento de prevención y sanción de la violencia contra la mujer en México conforme a los tratados internacionales ratificados por México puede quedar en entredicho.

Además es importante recordar que la responsabilidad del gobierno federal de atender las denuncias de violaciones de derechos humanos es evidente en este caso, porque el operativo policial del día 4 de mayo contó con la participación de muchos elementos de Policía Preventiva Federal que actuaron en conjunto con la policía del Estado de México para practicar las detenciones en San Salvador Atenco, y al parecer impidieron la entrada de asistencia médica y representantes de la CNDH a la comunidad durante varias horas. Esta participación de las autoridades federales en los acontecimientos debería ser razón suficiente para iniciar investigaciones sobre la actuación y el presunto nivel de involucramiento de los agentes de la federación en las violaciones de derechos humanos. A pesar de eso, Amnistía Internacional no tiene conocimiento de ninguna investigación federal.

5. Conclusiones y recomendaciones

Amnistía Internacional reconoce las dificultades que enfrentan los cuerpos de seguridad para mantener el orden público en el contexto de manifestaciones o disturbios. La organización condena los actos violentos el día 3 de mayo en Texcoco y sus alrededores contra los policías y que podrían haber puesto en peligro la vida o integridad física de los agentes o transeúntes y reconoce la obligación de las autoridades de intervenir ante tales situaciones.

Sin embargo, el uso de la fuerza por parte de los cuerpos de seguridad debe apegarse a los principios internacionales de proporcionalidad y estricta necesidad y debe respetar en todo momento los derechos humanos. Los presuntos abusos cometidos por los distintos cuerpos de policía contra las personas detenidas el 3 y el 4 de mayo en el Estado de México deben ser investigados de forma imparcial e independiente y los responsables deben comparecer ante la justicia. Amnistía Internacional considera además que la forma en la que se dieron las detenciones, el trato recibido por los y las detenidas, las alegaciones de tortura y malos tratos, violaciones de debido proceso y la falta de una investigación independiente al respecto constituyen serias violaciones de los derechos humanos.

Las presuntas violaciones de derechos humanos de carácter sexual por parte de policías de seguridad del Estado de México también constituyen tortura y deben ser investigadas sin dilación y con plenas garantías de independencia e imparcialidad en cumplimiento de las normas internacionales de derechos humanos ratificadas por el Estado mexicano. Las investigaciones llevadas a cabo a nivel estatal no cumplen hasta la fecha con estas mínimas garantías y parecen ser caracterizadas por un serio conflicto de interés. Las autoridades no han demostrado una voluntad para atender las denuncias y perseguir a los funcionarios sospechosos de violación o de cometer otros abusos sexuales contra las mujeres bajo su custodia. Esta falta de voluntad crea un clima de impunidad y contribuye a que se sigan cometiendo abusos contra los derechos humanos de la mujer.

Amnistía Internacional considera que el gobierno federal tiene la obligación de tomar cartas en el asunto y participar activamente en las investigaciones para deslindar responsabilidades en los hechos y garantizar que haya rendición de cuentas no solamente por su participación directa en el operativo policial del 3 y 4 de mayo sino también en virtud de sus obligaciones internacionales contraídas en materia de derechos humanos. El gobierno de México ha expresado en reiteradas ocasiones su compromiso de prevenir y sancionar las violaciones de los derechos humanos incluyendo la violencia contra la mujer.(29) Lo sucedido en Texcoco y San Salvador Atenco durante el mes de mayo pone a prueba este compromiso.

El operativo de seguridad pública los días 3 y 4 de mayo otra vez puso de manifiesto las prácticas policiales empleadas en el control de disturbios y manifestaciones que a menudo resultan en serias violaciones de derechos humanos. Como ocurrió en Guadalajara el 28 de mayo 2004, las fuerzas policiales recurrieron al uso excesivo de la fuerza y otras violaciones de derechos humanos, y luego las autoridades de estatales evitaron llevar a cabo una investigación imparcial de los hechos. Es hora de revisar los métodos, capacitación y tácticas de las fuerzas de seguridad pública en tales situaciones de disturbios públicos o manifestaciones para asegurar que están conformes con las normas internacionales en derechos humanos.

Recomendaciones de Amnistía Internacional a las autoridades federales y estatales

·Condenar públicamente la violencia contra las mujeres que fueron detenidas el 3 y 4 de mayo en el Estado de México y dictar instrucciones que impidan a los funcionarios del Estado de México hacer declaraciones infundadas que descarten o desacrediten la gravedad de los delitos denunciados.
·Llevar a cabo investigaciones prontas, exhaustivas, efectivas e imparciales, y con los recursos suficientes en todos los casos de abusos sexuales y violación ocurridos el 3 y 4 de mayo. En particular, los procedimientos deben atenerse estrictamente a las disposiciones de la "Convención de Belém do Pará" y otras normas sobre violencia contra la mujer y de investigación de actos de tortura, en cuanto a la recolección y análisis de datos y a la persecución y prevención de esta violencia.
·Conforme con la recomendación del Comité de las Naciones Unidas para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, asegurar que la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos contra las Mujeres ejerza jurisdicción para investigar las denuncias de violencia sexual que podrían constituir casos de tortura, ocurridas los días 3 y 4 de mayo.(30) Garantizar a su vez que la Fiscalía Especial lleve a cabo investigaciones eficaces, rápidas y exhaustivas que gocen de recursos y cooperación plena de otras instancias en consonancia con lo establecido por las normas internacionales para prevenir, investigar y sancionar la violencia contra la mujer.
·Garantizar que todos los miembros de los cuerpos de policía implicados en investigaciones judiciales o disciplinarias por presunta responsabilidad en casos de violaciones de derechos de la mujer, sean suspendidos del servicio hasta que se determine su responsabilidad o su inocencia.
·Asegurar que las mujeres que denuncian actos de violencia sexual sean atendidas por las autoridades con imparcialidad y pleno respeto de las garantías del debido proceso, incluyéndose la protección eficaz tanto para las denunciantes como para las y los testigos.

·Tomar medidas eficaces para garantizar que las autoridades registren las denuncias de violencia sexual, y recolecten y conserven las pruebas debidamente. Asegurarse de que las mujeres que enfrentan violencia sexual tengan acceso a médicos expertos y forenses.

·Investigar la responsabilidad administrativa y penal de los funcionarios públicos que rechazaron aceptar o tramitar denuncias por mal trato y tortura, incluida la violencia sexual.
·Garantizar el acceso a servicios fiables y apropiados de asistencia psicológica para la rehabilitación y reintegración de las mujeres que han sufrido violencia sexual.

·Llevar a cabo investigaciones exhaustivas, imparciales e independientes sobre todas las violaciones de derechos humanos, incluyendo la tortura, el uso excesivo de la fuerza y violaciones del debido proceso por parte de los cuerpos de policía que participaron en el operativo del 3 y 4 de mayo en el Estado de México. Asegurar que las investigaciones incluyen el papel de los agentes de Seguridad Pública de la federación en los abusos cometidos durante el operativo policial. Asegurar que los presuntos responsables comparezcan ante la justicia.
·Todo agente municipal, estatal o federal presuntamente responsable de cometer graves abusos a los derechos humanos, como actos de tortura, debe ser llevado ante la justicia y apartado de su cargo a la espera del resultado de las investigaciones y el proceso penal.

·Garantizar una reparación justa y adecuada para las víctimas de tortura de conformidad con las obligaciones que incumben al Estado mexicano en virtud de las normas internacionales de derechos humanos en esta materia.

·Asegurar que todas las personas sometidas a un proceso penal, tanto las detenidas el día 3 y 4 de mayo, como los policías bajo investigación, gozen de un juicio justo de conformidad con lo dispuesto en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y otras normas internacionales.

·Llevar a cabo investigaciones exhaustivas, imparciales e independientes sobre la muerte de los jóvenes Francisco Javier Cortés y Alexis Benhumena Hernández, que los resultados sean públicos y que los presuntos responsables comparezcan ante la justicia.

·Llevar a cabo una investigación acerca del diseño e implementación del operativo policial de los días 3 y 4 de mayo para determinar la responsabilidad de altos y medios mandos encargados de la seguridad pública en relación a las violaciones de derechos humanos que se cometieron. Revisar y modificar la capacitación y tácticas empleadas por la policía estatal y federal en tal tipo de operaciones para garantizar que estén conformes con las normas internacionales en derechos humanos.

* Enviado por SERPAL, Servicio de Prensa Alternativa.

http://chiapas.mediosindependientes.org/display.php3?article_id=136534


Atenco una verdadera verguenza
http://chiapas.mediosindependientes.org/display.php3?article_id=136535


Comunicado de prensa. Informe sobre hechos de Atenco de la CCIODH en el Parlamento Europeo

COMUNICADO DE PRENSA SOBRE LA ENTREGA DEL INFORME PRELIMINAR SOBRE LOS HECHOS DE ATENCO DE LA CCIODH EN EL PARLAMENTO EUROPEO

Mañana miércoles, día 13 de octubre, una delegación de la Comisión Civil Internacional de Observación por los Derechos Humanos (CCIODH), formada por: Doris Palvio, Bernard Riguet y Helène Roux, visitará en bruselas la sede del Parlamento Europeo para tener diferentes entrevistas con el objetivo de hacer entrega del Informe Preliminar sobre los hechos de Atenco tras la visita realizada a México entre los días 29 de mayo al 4 de junio de 2006.

Tras cerca de 200 entrevistas realizadas con las personas detenidas, familiares, organizaciones de derechos humanos, organizaciones sociales e instituciones locales, estatales y federales, tuvimos un amplio panorama de lo que ocurrió durante los días 4 y 5 de mayo del presente año en el operativo realizado por la policía federal y estatal en contra de los pobladores de Sasn Salvador Atenco con el resultado final de 2 personas muertas, cerca de 200 personas detenidas que denunciaron graves violaciones a los derechos fundamentales, especialmente por torturas y abusos sexuales contra gran parte de las más de 30 mujeres detenidas.

Esta Comisión formada por 28 personas de diferentes países y avalada por más de 1000 firmas de personas y organizaciones de la sociedad civil emitión una serie de conclusiones y recomendaciones que fueron presentadas en México a las personas presas, detenidas, a las organizaciones e instituciones que nos dieron su testimonio así como en el Congreso de los Diputados de España, en el Parlamento Catalán, en el Parlamento Italiano y en la Oficina del Alto Comisionado para los derechos humanos de NNUU con sede en Ginebra.

Recientemente Amnistía México ha hecho público su informe sobre los hechos de Atenco así como también se ha hecho público el adelanto del informe que será presentado por la Comisión Nacional de Derechos Humanos de México (CNDH) este próximo lunes día 16 en el que se da cuenta de las denuncias por violación, homicidio y torturas así como la expulsión y detención ilegal de 5 personas extranjeras, entre ellas tres ciudadanas europeas que denunciaron abusos sexuales y torturas.

Por todo ello, y porque los hechos denunciados en San Salvador Atenco se suman a otros atropellos a los Derechos Humanos documentados por la CCIODH en tres anteriores visitas, consideramos que hay elementos suficientes para que el Parlamento Europeo se interese por estas graves denuncias y considere abrir una investigación sobre los hechos para que en su caso determine si afectan a la claúsula democrática del Acuerdo Preferencial entre la Unión Europea y México. Seguimos atentamente las denuncias y la situación en Oaxaca en la voluntad de que se encuentra una salida al conflicto por la vía de la negociación y el diálogo.

El programa consistirá en:

10 horas: Entrevista de prensa

12 horas: Entrega del informe a Hélène Flautre, presidenta de la
Subcomisión de DDHH

12:45 horas: Almuerzo con Michael Matthiessen, encargado de ddhh de Javier Solana (responsable de Exteriores de la Unión Europea), Didier Cossé, responsable DDHH y América Latina en la secretaría de América Latina, Raul Romeva MEP

15 horas Con Eval Lichtenberger, MEP verde, miembra de la delegación
UE-Mexico

Con Erika Mann, Presidenta de la delegación UE-Mexico, en cualquier momento del día

16:00 - 17:30 horas Sala PHS 1 C 47 Raül Romeva, MEP (ICV Catalunya) , y Tobias Pflüger, MEP (GUE/NGL Alemania), les invitan cordialmente a una reunión con los representantes de la CCIODH


Atentamente:

10 de octubre de 2006

--
Comisión Civil Internacional de Observació por los Derechos Humanos
C/ de la Cera, 1 bis. 08001 Barcelona
tel: 34-93-5113966
fax: 34-93-3290858
email: cciodh at pangea.org
http://cciodh.pangea.org


Informe preliminar de CCIODH

Informe preliminar de CCIODH
http://chiapas.indymedia.org/display.php3?article_id=124150

LA COMISIÓN CIVIL INTERNACIONAL DE OBSERVACIÓN POR LOS DERECHOS HUMANOS (CCIODH)
COMISIÓN DE SEGUIMIENTO EN MÉXICO (26 junio - 1 julio)
http://cciodh.pangea.org/cuarta/agenda_comisiones_seguimiento.htm

RESUMEN DEL INFORME:
http://cciodh.pangea.org/cuarta/informe_preliminar_resumen.htm

Infome completo (pdf 1,87 mb):
http://cciodh.pangea.org/cuarta/informe_preliminar.pdf

CONCLUSIONES Y
RECOMENDACIONES DE LA COMISIÓN
http://cciodh.pangea.org/cuarta/conclusiones_cast.htm

>> URGENTE: firma las conclusiones y recomendaciones
http://cciodh.pangea.org/firma_conclusiones_4_cciodh.htm


Transcripciones entrevistas de la comisión

>>Testimonios de las víctimas y testigos presenciales
http://cciodh.pangea.org/noticiasbd/testimonios_indice.htm

>> Testimonio #181 Entrevista de la CCIODH a grupo a mujeres presas en el Penal de Santiaguito, Almoloya
Lugar de la entrevista: Penal de Santiaguito, Almoloya
http://cciodh.pangea.org/noticiasbd/item8018101.htm

>> Testimonio #189 Entrevista de la CCIODH a grupo a los hombres presos en el Penal de Santiaguito, Almoloya
Lugar de la entrevista: Penal de Santiaguito, Almoloya
http://cciodh.pangea.org/noticiasbd/item8018901.htm

>> Entrevista con el subcomandante Marcos
(parte 1)
http://cciodh.pangea.org/noticiasbd/item8014501.htm
(parte 2)
http://cciodh.pangea.org/noticiasbd/item8014502.htm

>> Entrevista con América del Valle
http://cciodh.pangea.org/noticiasbd/item8013701.htm

>> Entrevista: CCIODH, Atenco (Iñaki Gracía)
http://chiapas.mediosindependientes.org/local/webcast/uploads/entrevista

+ info CCIODH:
VIDEOS Y MAS INFORMACION
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