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Notícies :: criminalització i repressió
El tribunal trata de extender los efectos ...
03 mar 2006
La Audiencia Nacional ordena revisar las condenas de unos 180 presos
·Gómez-Bermúdez pide datos a las cárceles para recalcular las fechas de excarcelación

El presidente de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional anunció ayer que ordenará a los directores de las prisiones españolas que revisen las redenciones de penas de quince presos vascos cuya condena finaliza en los próximos meses. Además, el juez Javier Gómez Bermúdez indicó que esta actuación puede afectar también a otros 165 prisioneros políticos juzgados con el Código Penal de 1973. Esta situación se produce a raíz del cambio de doctrina adoptado por el Tribunal Supremo en el «caso Parot», sentencia que contó con la discrepancia de tres magistrados del Alto Tribunal.

La Audiencia Nacional va a ordenar a los directores de las prisiones españolas que revisen las redenciones de condena de los quince presos políticos vascos juzgados según el Código Penal de 1973 y cuya salida de la cárcel estaba prevista para este año.
Esta decisión es consecuencia del cambio de doctrina adoptada por el Tribunal Supremo en la sentencia contra Unai Parot, un auto en el que se decide aplicar las redenciones sobre cada una de las condenas individuales y no sobre el máximo de cumplimiento, establecido en treinta años de cárcel.

Cuando las direcciones de las respectivas prisiones realicen estos cálculos deberán presentar las nuevas propuestas de liquidación de pena a la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional. Para ello, las cárceles disponen de un programa informático específico.
A falta de esos cálculos, la Cadena Ser, citando fuentes de la Audiencia Nacional, señaló que la «doctrina Parot» afectará a quienes tengan una condena de más de 45 años de cárcel o más de tres condenas que sumadas pasen de esa cifra.
Estos números fueron confirmados, con las debidas cautelas, por la abogada Ainhoa Baglietto, señalando que el máximo de redenciones que se pueden alcanzar, entre ordinarias y extraordinarias, ronda los quince años. Hasta ahora se aplicaban sobre el tope de cumplimiento de treinta años, pero con la “nueva doctrina� se aplicará sobre el total de la condena. A partir de 45 años, aunque se resten esos quince nunca se podrá bajar de los treinta años. No obstante, Baglietto subrayó que «habrá que mirar muy bien cómo lo hacen».


Es decir, el Alto Tribunal entra a decidir sobre un tema cuya opinión no había sido solicitada por ninguna de las partes, dejando al preso sin posibilidad de defensa. «Sólo podemos acudir al Tribunal Constitucional, por lo que además se viola el derecho a la segunda instancia», denunció la letrada.
Con su cambio de doctrina sobre las redenciones, lo que hace el Supremo es «aplicar tácitamente el Código Penal de 1995 diciendo que es una reinterpretación del de 1973».
Este asunto ya se planteó ante esta misma Sala en 1994 con un caso de violación y muerte de una menor en Huelva, y entonces los magistrados dictaminaron que las redenciones de- bían de aplicarse sobre los treinta años de tope. Posteriormente ha habido casos similares, algunos muy cercanos en el tiempo y todos con la misma resolución. Hasta ahora.
Es más, el propio Tribunal Supremo había llegado a calificadar su nueva teoría de «gravemente innovadora y perniciosa, que pugna con los más elementales postulados del Derecho Penal moderno y los fines rehabilitadores, para convertirla en un fin punitivo y totalmente reivindicativo, quitando la posibilidad de recuperación del delincuente».


Artículo del juez Martín Pallín publicado en «El Periódico de Catalunya»
«De los delitos y las penas»
Por su interes, reproducimos en su integridad un articulo publicado ayer por «El Periodico de Catalunya» y escrito por el juez José Antonio Martín Pallín, uno de los tres magistrados de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo que han mostrado su discrepancia con la sentencia del «caso Parot»:
«Muchas veces para entender la realidad que nos rodea es conveniente volver la vista atrás y no olvidarse de los clásicos. Casi todo estuvo en sus mentes y permanece en sus obras. El progreso humano debe agradecimiento imperecedero a Cesare Bonesana, marqués de Beccaria.
En su obra “De los delitos y de las penas� expone de forma clara que el fin de la pena no es otro que corregir al criminal y reconducirlo al buen camino garantizando, al mismo tiempo, la seguridad de la sociedad. Afirmar esto en 1763, cuando tenía sólo 25 años, fue considerado blasfemo y contrario a las doctrinas de la Iglesia, que incluyó este manual, demoledor con las prácticas de la Inquisición, en el famoso índice de libros prohibidos.
Afortunadamente triunfó la razón, auNo afecta a los ya liberados
Aunque sobre el papel la medida es aplicable a todas aquellas personas juzgadas con el Código de 1973, Gómez Bermúdez ya adelantó ayer que en la práctica afectará en su mayoría a los presos políticos vascos, con las excepciones de algunos condenados por pertenencia a los Grapo y del capo del narcotráfico José Luis Charlín.
El presidente de la Sala de lo Penal de la AN afirmó que el criterio del Tribunal Supremo aplazará las quince excarcelaciones previstas para este año, pero que no afectará a quienes hayan licenciado definitivamente su pena o a quienes un juez haya concedido la libertad condicional, al tratarse de una resolución firme.
Según recordó la letrada Ainhoa Baglietto, el origen de este cambio de doctrina hay que buscarlo en la propia Audiencia Nacional. Unai Parot solicitó, en aplicación del Código de 1973, la refundición de todas sus condenas.
Ante este planteamiento, la Audiencia Nacional respondió que «existen dos periodos diferentes de participación en delitos, uno del año 78 al 82 y otro del 84 hasta el 90». Todo ello con el objetivo de que el resultado de la acumulación fuera «no una condena de treinta años, sino dos de treinta años».
La defensa de Parot recurrió ante el Supremo alegando que el criterio jurídico hasta la fecha había sido el de aceptar la refundición de penas incluso entre delitos inconexos entre sí.
«El Ministerio Fiscal apoyó nuestro argumento, y lo que hace el Supremo es plantear que el debate no es si son treinta o sesenta años, sino cómo se deben cumplir esos treinta años», reseñó Baglietto.
Indefensión
Es decir, el Alto Tribunal entra a decidir sobre un tema cuya opinión no había sido solicitada por ninguna de las partes, dejando al preso sin posibilidad de defensa. «Sólo podemos acudir al Tribunal Constitucional, por lo que además se viola el derecho a la segunda instancia», denunció la letrada.
Con su cambio de doctrina sobre las redenciones, lo que hace el Supremo es «aplicar tácitamente el Código Penal de 1995 diciendo que es una reinterpretación del de 1973».
Este asunto ya se planteó ante esta misma Sala en 1994 con un caso de violación y muerte de una menor en Huelva, y entonces los magistrados dictaminaron que las redenciones de- bían de aplicarse sobre los treinta años de tope. Posteriormente ha habido casos similares, algunos muy cercanos en el tiempo y todos con la misma resolución. Hasta ahora.
Es más, el propio Tribunal Supremo había llegado a calificadar su nueva teoría de «gravemente innovadora y perniciosa, que pugna con los más elementales postulados del Derecho Penal moderno y los fines rehabilitadores, para convertirla en un fin punitivo y totalmente reivindicativo, quitando la posibilidad de recuperación del delincuente».





La Audiencia Nazional española ha pedido hoy a Instituciones Penitenciarias que paralice las excarcelaciones de dos presos políticos que debían quedar libres próximamente. Se trata de Iñaki Gaztañaga y Txomin Troitiño.
El t.o.p. especial pretentde que "recalcular las redenciones de pena que se les habían contabilizado" como ya ha ocurrido con unai parot.
Se trata de Iñaki Gaztañaga Bidaurreta y de Txomin Troitiño Arranz, según fuentes de la Sala de lo Penal de la Audiencia nacionala española.
La excarcelación de Gaztañaga estaba prevista para el próximo 29 de marzo, pero el tribunal especial pretende que no recupere la libertad hasta marzo de 2018.
En cuanto a Txomin Troitiño, debía quedar lbre tras cumplir íntegramente su condena el próximo 5 de mayo, pero el tribunal pretende que no abandone la cárcel hasta 2017.

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Comentaris

El tribunal trata de extender los efectos ...
03 mar 2006
"Además de diversas formas de explosivo plástico como la Titadine o la Goma 2, ETA ha usado y usa cloratita, amonal y amosal. para estas dos últimas, ..."
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