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Notícies :: amèrica llatina
La Aduana de Bolivia confirma contrabando de la petrolera Andina (filial de Repsol) por 9,2 millones de dólares
21 feb 2006
La petrolera habría exportado irregularmente 230 mil barriles de petróleo y falsificado documentos
(ABI).- El presidente ejecutivo de la Aduana Nacional Ricardo Alba informó que esa entidad, en el informe final del proceso de fiscalización a las exportaciones de petróleo entre junio del 2004 y julio del 2005, establece que existen “indicios de presunta comisión de delito de contrabando� de la empresa petrolera Andina, en la exportación de 230.399 barriles de petróleo crudo por un valor de 9.215.687 dólares.

La Aduana envió oficialmente a Andina S.A. una copia del informe final, en el que se establece también la falsificación de documentos aduaneros.
La Aduana presentará la denuncia de estos presuntos delitos al Fiscal Adscrito a la Aduana en el Distrito de Santa Cruz para iniciar el proceso penal correspondiente.
Alba indicó que el informe final de la Gerencia Nacional de Fiscalización de la Aduana expresa que “la Empresa Petrolera Andina S.A. exportó mediante Declaraciones Unicas de Exportación (DUE) en varios días a Arica y Yacuiba el volumen de 230.399 barriles de petróleo crudo�.
El informe de la Gerencia Nacional de Fiscalización indica que el artículo 175 numeral 5 y el artículo 181 inciso b) señala: “Comete contrabando quien realiza tráfico de mercancías sin la documentación lega o infringiendo los requisitos esenciales exigidos por norma aduanera o por disposiciones especiales�.
De acuerdo a lo detectado por la Aduana Nacional, por Arica se exportaron irregularmente 34.654.14 barriles por un valor de 1.265.062, 72 dólares; y por Yacuiba la cantidad de 195.745,00 barriles por un valor de 7.850.614,23 dólares. Lo que hace un total de 230.388 barriles por un valor de 9.2 millones de dólares.
Respecto a la Falsificación de Documentación Aduanera, en las Declaraciones Unicas de Exportación (DUE) a Arica y Yacuiba, Andina declaró la exportación de cantidades superiores (volúmenes de hidrocarburos líquidos) a las que se encontraban autorizadas con las Resoluciones Ministeriales suscritas por el Ministro de Hidrocarburos de entonces, Guillermo Torres, es decir, consignando datos que no corresponden a la documentación de respaldo.
Puntualiza que al haberse insertado información falsa en las citadas DUE, en cuanto a la cantidad (volumen) exportada, existen indicios por la presunta comisión del tipo penal establecido en el artículo 173 de la Ley General de Aduanas que señala: “Comete delito de falsificación de documentos aduanero el que falsifica o altere documentos, declaraciones o registros informáticos aduaneros...�.
El presidente interino de la Aduana, anotó que en el informe final, existen indicios de que 154 barriles de petróleo por un valor de 6.010,67 dólares estadounidenses, amparados en el Manifiesto Internacional de Carga Número 195675 de fecha 01/11/2004 no corresponden a ninguna declaración única de exportación ni cuentan con documentación soporte que ampare la exportación del producto.
Dijo que ese hecho por el que se presume la comisión del delito de contrabando de acuerdo a lo establecido en el artículo 175 numeral 5 y el articulo 181 inciso b) del Código Tributario Boliviano que indica: Comete delito de contrabando quien ,. "Realiza trafico de mercancías sin la documentación legal o infringiendo los recursos esenciales exigidos por normas aduaneras o por disposiciones especiales".
El informe final añade que de acuerdo al numeral II del artículo 181 del Código Tributario Boliviano corresponde la aplicación de una multa del 100% de las mercancías objeto de contrabando.

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