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Notícies :: globalització neoliberal : corrupció i poder : educació i societat : xarxa i llibertat
CompartirÉsBo / Comunicat : Acció CopyActivista Diumenge a la Plaça de la Virreina
16 des 2005

QUÈ: Compartir és bo: Barra lliure de còpia d'arxius copyright i copyleft.

ON: Plaça de la Virreina. Vila de Gràcia. Barcelona.

QUAN: Diumenge 18.

HORA: De 12 del migdia a 17 de la tarda aprox.

CONTEXT: Mercat d'Intercanvi de la Vila de Gràcia amb dinar popular per part de l'Olla Mòbil i xerrades de la Plataforma Transgènics Fora.

El col·lectiu Kernel Panic us convida a una acció dins la campanya estatal "Compartir és bo", per denunciar la criminalització, persecució i atemoriment de les persones que intercanvien música, pel·lícules, llibres i altres formes de cultura a Internet.

L'acció es farà en un estand del Mercat d'Intercanvi de Gràcia, on hi haurà un ordinador farcit de tota mena d'arxius, copyright i copyleft, des de documentals fins a xerrades. Qui vulgui i es porti els CDs verges de casa podrà copiar allò que li vingui de gust.

Amb aquesta acció es vol demostrar la legalitat d'una cosa que tothom fa i que ens volen fer creure que té conseqüències jurídiques, imposant-nos la por i la confusió.

La campanya "Compartir és bo" va començar el 7 de novembre a Bilbo, on diversos activistes van descarregar públicament d'Internet la cançó "Get on your knees" de Teddy Bautista, president de la SGAE, i es van autoinculpar davant les autoritats.

La segona acció es va fer a Madrid, a la fira d'informàtica SIMO. Allà, la pròpia policia va animar els activistes a descarregar la cançó, assegurant-los que era una cosa legal que pot fer tothom i que no havien d'inculpar-se, perquè és un dret i no un delicte.

Aquesta reacció contrasta amb el bombardeig per part de la indústria, el govern i els grups de defensa de drets d'autor, vers la criminalització de qui intercanvia material digital sense ànim de lucre.

El Metabolik Hacklab de Leioa, artífex de la campanya, deia en la seva presentació: "Compartir música i cultura a Internet NO és delicte. Compartir és la base de les noves formes d'evolució cultural que permeten les noves tecnologies i que practiquen més de 2 milions de ciutadanes a tot l'estat. Compartir cultura és fàcil, legítim i no delictiu".

I afegia: ""Compartir és bo" reivindica la llibertat del flux de coneixements, cultures i tècniques (copyleft, programari lliure, etc) davant de l'esquerda digital sostinguda pels monopolis del programari privatiu, les patents sobre el desenvolupament tecnològic i les tecnologies i lleis anticòpia, que amenacen empobrir la riquesa cultural de la humanitat que és la xarxa i el coneixement científic-tècnic".

Més a
http://www.compartiresbueno.net
http://kernelpanic.hacklabs.org

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CompartirÉsBo / Comunicat : Accio CopyActivista Diumenge a la Plaça de la Virreina

Copyleft 2005 Kernel Panic.
Verbatim copying, translation and distribution of this entire text is permitted in any digital medium, provided this notice is preserved.

Mira també:
http://kernelpanic.hacklabs.org/index.php/Compartir%c9sBo/Comunicat

This work is in the public domain

Comentaris

Compartir es bueno
16 des 2005
En CompartirEsBueno.Net colaboran diferentes laboratorios hacker, así como internautas y activistas en pro del derecho universal de acceso a la cultura y el copyleft. En los últimos tiempos estamos sufriendo una campaña mediática muy agresiva por parte de los Ministerios de Cultura y Justicia, Antena 3 y Tele 5 (entre otros) para hacernos creer que compartir es ilegal. En ella se relaciona el uso de las redes P2P con las redes mafiosas de venta ilegal de música o incluso con el terrorismo.

Esta campaña reivindica la libertad de flujo de saberes, cultura y técnicas (copyleft, software libre, etc.) frente a la brecha digital sostenida por los monopolios del software privativo, las patentes sobre el desarrollo tecnológico y las tecnologías y leyes de control digital que ponen barreras a la difusión de la cultura y la información.

La tecnología es neutra (no estamos vendiendo armas): sólo es ilegal compartir ficheros que afecten a bienes jurídicos protegidos. No debe criminalizarse la Red en sí misma. El Derecho Penal impone que sólo se deben perseguir las infracciones previstas en el Código Penal. Las redes P2P pueden ser utilizadas para múltiples funciones totalmente legales, pero también para intercambiar archivos de contenido delictivo: el caso paradigmático es la pornografía infantil. Pero como en el mundo real, la persecución de las conductas delictivas debe realizarse con pleno respeto de los derechos constitucionales. Ni en Internet ni en el mundo real pueden admitirse estados de excepción.

La Ley de Propiedad Intelectual vigente establece que las obras ya divulgadas, excepción hecha de los programas de ordenador, pueden reproducirse libremente para uso privado del copista, siempre que la copia no sea objeto de utilización colectiva ni lucrativa. Tal derecho de copia privada genera el derecho paralelo de los autores a cobrar una remuneración equitativa y única, cuyo pago se produce en el momento de comprar el equipo, aparato o material idóneo para la reproducción. El Código Penal establece que las copias realizadas sin finalidad lucrativa son impunes. Esto es aplicable a todo tipo de obras audiovisuales, tales como música y películas, omnipresentes en las redes P2P.

En lo que se refiere a programas de ordenador, el artículo 100 de la Ley de Propiedad Intelectual garantiza el derecho de realización de una copia de seguridad por parte de quien tiene derecho a utilizar el programa, en cuanto aquella resulte necesaria para dicha utilización. Los programas de ordenador no pueden compartirse lícitamente. Pero ello no quiere decir que compartirlos sea delito.

La utilización de software al margen de los derechos de autor puede constituir una infracción civil, que otorgaría a los legítimos titulares el derecho a demanda. Pero para que dicha conducta sea perseguida por la Ley de Enjuiciamiento Criminal, debe hacerse la reproducción, plagio, distribución o comunicación pública, en todo o en parte con ánimo de lucro y en perjuicio de tercero. ¡Casi nada! Solo falta añadirle con alevosía y nocturnidad. Los jueces españoles en múltiples sentencias, han dicho que sólo existe ánimo de lucro en los casos probados de tráfico o enajenación de las obras protegidas, o cuando se produce la utilización de las mismas en el marco de una infraestructura de negocios.

Vender programas "piratas" es delito, tanto si la venta se produce en la calle como si se realiza a través de Internet. Ponerlos de forma gratuita a disposición de otros usuarios nunca se considerara un delito, al faltar el ánimo de lucro. Por dicho motivo, sólo puede admitirse a trámite una denuncia cuando se aporten al juez indicios de actividad lucrativa. La intervención de comunicaciones ha de ser fundamentada por el juez en base a una infracción penal. Si únicamente nos encontramos ante una infracción civil, no punible penalmente, las pruebas obtenidas no son válidas.

La discusión sobre los derechos de propiedad intelectual en la Red es una discusión fundamentalmente política. Lo que está en juego es el derecho a la cultura, reconocido por la Declaración Universal de Derechos Humanos, donde se dispone que toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten. También se dice, que toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora.

El día 19 de noviembre a las 12:00 de la mañana, un grupo de usuarixs de internet, se presentaron frente al estand de la policía, situado en el pabellón 8 del SIMO.

El lunes 7 de Noviembre a las 11.00 horas frente a la sede de la SGAE en Bilbao (Gran Vía número 29) para descargarse en vivo y en directo la canción “Get on Your Knees� de Teddy Bautista (Presidente de la SGAE).

El domingo 4 de Diciembre, fueron al Palacio de los Deportes de Madrid para seguir compartiendo. Allí se estaba desarrollando una exposición llamada e-life 2005 , promovida por el Ayuntamiento de Madrid.

El Domingo 18 de Diciembre en el "Mercat d'Intercanvi de la Vil·la de Gracia" (Plaça Virreina), barra libre de copia e intercambio de archivos. De las 12 horas del mediodia hasta las 17 horas de la tarde. Organizado po Kernel Panic hackingLab.

Comparte en la Red (P2P):

Gracias a internet las distancias no existen. Antes podíamos compartir con nuestros vecinos, amigos o haciendo uso del correo ordinal con gente mas lejana. Ahora usando un programa P2P puedes compartir con alguien al otro lado del globo igual que con tu vecino. Hay multiples redes P2P, unas más orientadas a unos contenidos que otras (musica, grandes ficheros, libros,…). Algúnas de las redes y clientes son:

Más información sobre redes p2p en :

http://p2p.info.pl

Crea y produce material para subir a las redes: es especialmente importante digitalizar obras fuera de circulación, difíciles de conseguir o agotadas, la cultura está en nuestras manos.

Información extraída de:

Manifiesto ¡Compartir es Bueno! en CompartirEsBueno.net

Carlos Sánchez Almeida en Kriptopolis.com

CompartirÉsBo / MarcLegal
16 des 2005
Modificat: 10:49:50

Ley de propiedad intelectual

Artículo 31. Reproducción sin autorización

1. Las obras ya divulgadas podrán reproducirse sin autorización del autor y sin perjuicio en lo pertinente, de lo dispuesto en el artículo 34 de esta Ley, en los siguientes casos:

1.º Como consecuencia o para constancia en un procedimiento judicial o administrativo.

2.º Para uso privado del copista, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 25 y 99.a) de esta Ley, y siempre que la copia no sea objeto de utilización colectiva ni lucrativa.

3.º Para uso privado de invidentes, siempre que la reproducción se efectúe mediante el sistema Braille u otro procedimiento específico y que las copias no sean objeto de utilización lucrativa.

[Este artículo está redactado conforme a la Ley 5/1998, de 6 de marzo, por la que se incorpora al Derecho español la Directiva 96/9/CE, de 11-3-1996, del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre la protección jurídica de las bases de datos (BOE núm. 57, de 7-3-1998), art. 4.2].

Código Penal

Artículo 270. (Artículo modificado por la Ley Orgánica 15/2003, de 25 de noviembre)

1. Será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de 12 a 24 meses quien, con ánimo de lucro y en perjuicio de tercero, reproduzca, plagie, distribuya o comunique públicamente, en todo o en parte, una obra literaria, artística o científica, o su transformación, interpretación o ejecución artística fijada en cualquier tipo de soporte o comunicada a través de cualquier medio, sin la autorización de los titulares de los correspondientes derechos de propiedad intelectual o de sus cesionarios.

2. Será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de 12 a 24 meses quien intencionadamente exporte o almacene ejemplares de las obras, producciones o ejecuciones a que se refiere el apartado anterior sin la referida autorización.

Igualmente incurrirán en la misma pena los que importen intencionadamente estos productos sin dicha autorización, tanto si éstos tienen un origen lícito como ilícito en su país de procedencia; no obstante, la importación de los referidos productos de un Estado perteneciente a la Unión Europea no será punible cuando aquellos se hayan adquirido directamente del titular de los derechos en dicho Estado, o con su consentimiento.

3. Será castigado también con la misma pena quien fabrique, importe, ponga en circulación o tenga cualquier medio específicamente destinado a facilitar la supresión no autorizada o la neutralización de cualquier dispositivo técnico que se haya utilizado para proteger programas de ordenador o cualquiera de las otras obras, interpretaciones o ejecuciones en los términos previstos en el apartado 1 de este artículo.

Mira també:
http://kernelpanic.hacklabs.org/index.php/Compartir%c9sBo/MarcLegal
Re: CompartirÉsBo / Comunicat : Acció CopyActivista Diumenge a la Plaça de la Virreina
18 des 2005
compartir l'espai d'indymedia tambè es bò, si teniu varias notícias sobre un mateix tema publiqueu-les dins d'una de sola, d'aquesta manera altres persones o col.lectius podran utilitzar tambè la columna dreta de la pàgina i no desapareixeran tan prompte les seves notícies

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