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Notícies :: criminalització i repressió
El jurado contempla la «motivación ideológica» en la muerte de Berrueta
30 jun 2005
Declara culpables de los hechos a los tres procesados por «asesinato» y «provocación»

Valeriano y Miguel José de la Peña son culpables de «asesinar por motivos ideológicos» a Angel Berrueta, según el jurado, que además consideró a Pilar Rubio culpable de «provocar» estos hechos. La petición de pena a Rubio oscila entre siete y 16 años de cárcel, la de Valeriano de la Peña entre 19 y 20 y la de Miguel José entre 16 y 18.
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IRUÑEA


El jurado popular que ha visto el caso por la muerte de Angel Berrueta declaró ayer al policía español Valeriano de la Peña y a su hijo Miguel José culpa- blesde sendos delitos de «asesinato con alevosía» realizados por «motivos ideológicos».
Asimismo, las nueve personas que formaban el jurado consideraron a María Pilar Rubio, esposa y madre de los anteriores, culpable de «provocación» del delito de «asesinato». Es decir, que la muerte del panadero iruindarra a manos de Valeriano y Miguel José de la Peña se produjo como consecuencia de la conversación que mantuvieron con Rubio y a instancias de ella.

Al igual que hizo con Valeriano y Miguel José de la Peña, el jurado consideró que Rubio tuvo «motivos ideológicos» para «provocar el asesinato de Berrueta», debido a la pertenencia del vecino de Donibane al colectivo Gurasoak y a que le consideraba «proetarra».



Atenuante para el hijo


Aunque en el caso de Miguel José de la Peña el jurado también apreció la concurrencia de «motivación ideológica» ­considerada como un agravante del «asesinato»­, al mismo tiempo declaró que el joven actuó movido «por el estímulo de defensa y/o protección de su madre», después de que Pilar Rubio hubiera acudido a la panadería de Berrueta a colocar un cartel de «ETA no»tras los atentados del 11-M en Madrid y éste se negara, produciéndose posteriormente la reacción de la esposa del policía, que le insultó y subió «sobreexcitada» a su domicilio.
A pesar de que Valeriano de la Peña realizó cuatro disparos contra Berrueta, de los que tresimpactaron en zonas sensibles del cuerpo y uno de ellos le provocó la muerte, el jurado no ha apreciado «ensañamiento» en su actuación, tal y como reclamaban tanto la acusación realizadaen nombre de la familia como la llevada a cabo en nombre de Gurasoak.

Junto a ello, destacaron que la pistola con la que Valeriano de la Peña hirió de muerte a Angel Berrueta era la reglamentaria de la Policía española y que la portaba en condición de agente de este cuerpo.

La Fiscalía pidió siete años de cárcel para Rubio, 19 para Valeriano de la Peña y 16 para Miguel José, mientras que las acusaciones elevaron la petición de pena hasta los 16 años para Rubio, 20 años para su esposo y 18 para el hijo de ambos.

Los miembros del jurado consideraron probado que Pilar Rubio, tras acudir a una manifestación «en apoyo a las víctimas del terrorismo» tras los atentados de al-Qaeda en Madrid, bajó de su domicilio hasta el establecimiento de Angel Berrueta, donde intentó colocar un «cartel-pegatina» con la leyenda «ETA no» en el escaparate de la tienda.

En ese momento, Berrueta salió de la panadería para impedirle colocar el cartel, a lo que Rubio respondió insultándole y llamándole «asesino», mientras que la reacción de Berrueta fue «respetuosa» y consistió en «quitar el cartel-pegatina arrugándolo».

Esta actitud fue considerada por Rubio como «una grave ofensa a las víctimas del terrorismo», por lo que subió «so-breexcitada» a su domicilio, donde comunicó lo ocurrido a su marido y su hijo.

A los pocos minutos, Berrueta llamó desde el portal al interfono del domicilio de la familia De la Peña-Rubio con la intención de hablar con el agente para quitar hierro el asunto, pero su comunicación fue respondida por Rubio, quien le insultó.



Rubio alteró a su familia


El jurado añade que en esos momento Rubio «creó un estado de sobreexcitación» a su familia, tras lo que Miguel José de la Peña bajó corriendo las escaleras en dirección a la tienda de Berrueta blandiendo un machete y siendo seguido a escasa distancia por sus padres.
Tras llegar a la tienda, Miguel José de la Peña clavó el machete en el tórax de Berrueta, que no tuvo posibilidad de defensa, penetrando diez centímetrosy provocándole un estallido hepático, además de perforarle el diafragma y un lóbulo del pulmón derecho. Este herida era mortal de necesidad.

Posteriormente, Valeriano de la Peña, que, según el jurado, comprobó que el herido en esta agresión no era su hijo sino Berrueta, siguió al panadero hasta la trastienda, donde le disparó cuatro tiros, tres de los cuales impactaron en zonas sensibles y uno de ellos le provocó la muerte por asfixia debido a la acumulación de sangre.

Posteriormente, los tres miembros de la familia De la Peña-Rubio subieron a su domicilio sin auxiliar a Berrueta, que yacía malherido.




El jurado reclama el cambio de la normativa vigente
M.D.
IRUÑEA

Los nueve miembros y dos suplentes del jurado que se ha encargado de juzgar la muerte del vecino de Iruñea Angel Berrueta mostraron ayer su disconformidad con el papel que les ha tocado desempeñar en este caso.

Después de llegar al veredicto tras varios días dedicados completamente a debatir, emitieron una nota en la que denuncian que «nos hemos sentido obligados a participar en este juicio, habiéndonos provocado problemas serios de conciencia».

«Entendiendo que, si no todos, la gran mayoría de los inicialmente candidatos han intentado ‘librarse’ de la nominación alegando las más diversas razones, creemos que, cuando menos, la ley del jurado debe ser revisada y modificada», añaden los integrantes del jurado.

El jurado ha permanecido reunido en encuentros maratonianos desde el pasado vier-nes para poder responder al cuestionario elaborado por el tribunal y en base al cual debían decidir si Valeriano y Miguel José de la Pe- ña y Pilar Rubio eran los responsables de la muerte del miembro de Gurasoak.

Debían decidir no sólo sobre si Valeriano y Miguel José de la Peña acabaron materialmente con la vida de Berrueta, un hecho que ha sido completa y rotundamente demostrado en la vista tanto en base a sus propias declaraciones como teniendo en cuenta las pruebas forenses, sino también si la muerte del panadero del barrio de Donibane se produjo debido a la influencia de Pilar Rubio y en qué grado.

Las acusaciones particular y popular pidieron que Rubio fuera condenada por «inducción al asesinato», un delito que conlleva la misma pena que se aplica a los autores materiales de la muerte.

Si esto no era posible, reclamaban que la esposa y madre de los autores materiales de la muerte fuera condenada por «provocación», un delito castigado con «uno o dos grados menos» que el delito que se hubiera cometido.


Diferencia sutil

La diferencia entre «inducción» y «provocación» es muy sutil y prácticamente sólo los letrados pueden distinguir las dos figuras. Esta circunstancia ha provocado que los debates del jurado se hayan prolongado durante tres largos días en los que sus miembros han permanecido aislados.

Incluso existió el riesgo de que el juicio fuera declarado nulo porque los dos primeros veredictos contenían «contradicciones». Un tercer veredicto con estos errores hubiera supuesto la anulación del juicio y la necesidad de comenzar uno nuevo.

A todo ello hay que añadir que uno de los miembros del jurado se negaba a votar por cuestiones morales, por lo que será multado con 450 euros.

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Comentaris

Re: El jurado contempla la «motivación ideológica» en la muerte de Berrueta
01 jul 2005
...delitos de"asesinato con alevosia" realizados por "motivos ideológicos", lo mismo que los terroristas de eta, es decir, "son presos políticos".
Re: El jurado contempla la «motivación ideológica» en la muerte de Berrueta
01 jul 2005
amb l'unica diferencia que no posaran a la preso a tots els policies nacionals, la banda armada a qui pertany De la Pena, ni al govern espanyol que seria l'entorn politic
Sindicat Terrassa