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Notícies :: antifeixisme : corrupció i poder : criminalització i repressió
Condena sin pruebas./La tesis general esta rota.
21 jun 2005
(Gara)
Gara)

Sólo el auténtico despropósito en el que se ha convertido el sumario 18/98, y los que de él dimanan, permite observar aspectos positivos en la sentencia de la Audiencia Nacional contra los jóvenes acusados de pertenecer a Jarrai, Haika y Segi. Sólo las aberraciones antijurídicas cometidas por los constructores de la teoría de que «todo es ETA» justifican que haya que celebrar como extraordinario aquello que a simple vista dicta el sentido común: que organizaciones juveniles que no empuñan las armas no son «bandas armadas». Sólo en una situación de estado de excepción como la que vive Euskal Herria(solo EuskalHerria...¿?...entendiendo por supuesto tanto la situación como la postura¿?Solo EuskalHerria¿?Repito!(n.del I.)) se entiende que semejantes obviedades tengan trascendencia política y jurídica, por cuanto hay decenas de personas pertenecientes a los más variados colectivos y empresas que ­como estos jóvenes­ serán juzgadas bajo la acusación de «pertenencia a banda armada»(por supuesto!!).

La sentencia conocida ayer rebaja sustancialmente las penas solicitadas por la Fiscalía y la acusación particular e incluso absuelve a algunos de los procesados. Al mismo tiempo, desmonta en buena medida la falacia sobre la estructuración de la izquierda abertzale que había construido Baltasar Garzón convenientemente alimentado por los informes de la Policía española y alentado por el Gobierno del PP; lo que cabe esperar que tenga incidencia en posteriores juicios de la causa general contra el independentismo que es el macrosumario 18/98. De ambas cosas hay que felicitarse.

Sin embargo, no puede pasarse por alto que si muchos de los ahora condenados no volverán a la cárcel es porque han permanecido en prisión preventiva ­es decir, por si acaso­ más tiempo que el que fija la sentencia. Alguno de los que ha pasado cuatro años encarcelado ha sido ahora absuelto.

Pero a la hora de analizar esta sentencia hay todavía una cuestión esencial. Se disuelven las organizaciones Jarrai, Haika y Segi por ser «asociaciones ilícitas» y se condena a veinticuatro jóvenes por dirigirlas o pertenecer a ellas. Y esta decisión se adopta alegando que estas organizaciones, además de sus actividades legales, «tienen también como finalidad desde su origen la realización de actos» como «atentados a bienes patrimoniales (daños) o a bienes eminentemente personales, como la libertad y la seguridad». Sin embargo, esta afirmación no queda probada en ninguno de los 118 folios de la sentencia. No hay órdenes de cometer acciones de kale borroka nSólo el auténtico despropósito en el que se ha convertido el sumario 18/98, y los que de él dimanan, permite observar aspectos positivos en la sentencia de la Audiencia Nacional contra los jóvenes acusados de pertenecer a Jarrai, Haika y Segi. Sólo las aberraciones antijurídicas cometidas por los constructores de la teoría de que «todo es ETA» justifican que haya que celebrar como extraordinario aquello que a simple vista dicta el sentido común: que organizaciones juveniles que no empuñan las armas no son «bandas armadas». Sólo en una situación de estado de excepción como la que vive Euskal Herria se entiende que semejantes obviedades tengan trascendencia política y jurídica, por cuanto hay decenas de personas pertenecientes a los más variados colectivos y empresas que ­como estos jóvenes­ serán juzgadas bajo la acusación de «pertenencia a banda armada».

La sentencia conocida ayer rebaja sustancialmente las penas solicitadas por la Fiscalía y la acusación particular e incluso absuelve a algunos de los procesados. Al mismo tiempo, desmonta en buena medida la falacia sobre la estructuración de la izquierda abertzale que había construido Baltasar Garzón convenientemente alimentado por los informes de la Policía española y alentado por el Gobierno del PP; lo que cabe esperar que tenga incidencia en posteriores juicios de la causa general contra el independentismo que es el macrosumario 18/98. De ambas cosas hay que felicitarse.

Sin embargo, no puede pasarse por alto que si muchos de los ahora condenados no volverán a la cárcel es porque han permanecido en prisión preventiva ­es decir, por si acaso­ más tiempo que el que fija la sentencia. Alguno de los que ha pasado cuatro años encarcelado ha sido ahora absuelto.

Pero a la hora de analizar esta sentencia hay todavía una cuestión esencial. Se disuelven las organizaciones Jarrai, Haika y Segi por ser «asociaciones ilícitas» y se condena a veinticuatro jóvenes por dirigirlas o pertenecer a ellas. Y esta decisión se adopta alegando que estas organizaciones, además de sus actividades legales, «tienen también como finalidad desde su origen la realización de actos» como «atentados a bienes patrimoniales (daños) o a bienes eminentemente personales, como la libertad y la seguridad». Sin embargo, esta afirmación no queda probada en ninguno de los 118 folios de la sentencia. No hay órdenes de cometer acciones de kale borroka ni planificación de estos u otros actos delictivos. En esta vertiente, la Audiencia Nacional sigue manteniendo su principio de que le basta su convicción para condenar a ciudadanos vascos. -
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La tesis general está rota.

Acabada la vista oral y tras escuchar los informes de las partes en el juicio, por la Sala de Vistas de la Audiencia Nacional quedaba la duda de cómo iban a ser capaces aquellos tres magistrados de dictar una resolución que, sin modificar la legislación vigente, permitiese una condena por un delito de integración/colaboración en organización armada.

Se les había indicado por parte de las defensas que ellos no eran legisladores y que con la legislación existente no se podía condenar. Las acusaciones planteaban que, por encima de lo que dice la teoría general del Estado de Derecho sobre la separación de poderes y el sometimiento de los jueces al principio de legalidad, era necesaria políticamente una condena que afianzase las teorías del juez Garzón y del PP, aplaudidas por el PSOE, pero eso resultaba difícil con la legislación vigente, aunque en la Audiencia Nacional todo era posible.

Después de deliberar, la Sala ha dictado sentencia, y la sentencia rompe las tesis de la existencia de una organización armada que controla todo y que maneja otras organizaciones que también son, por lo tanto, armadas. Rompe la tesis general y nos plantea la duda:Si no es organización armada Jarrai-Haika-Segi, y si sus militantes no lo son de una organización armada, ¿en base a qué lo serán las demás organizaciones? ¿En base a qué teoría? Sólo lo pueden ser en la mente de Garzón y de la UCI.

Quedando pendientes otros juicios importantes tras esta sentencia, ¿qué pasa con la competencia de la Audiencia Nacional? ¿Qué solución hay ahora? Siendo coherentes, sólo queda una; de entrada, la inmediata puesta en libertad de Araitz Zubimendi Izaga; para Gari Mujika, la supresión de la euroorden; para el resto de los acusados en prisión, la inmediata puesta en libertad; y para el procedimiento 18/98 y +, el archivo.

Pero esta sentencia tiene una segunda parte: la que demuestra que en la instrucción no se investigaba ninguna acción delictiva. La que demuestra que se actuaba en contra de Euskal Herria, en contra de los hombres y mujeres de este país que luchan por los derechos de este pueblo. La que demuestra que el camino de la lucha por el derecho de autodeterminación es duro, pero al final vale la pena. Lo que hace que hoy nos alegremos por el resultado, nos haga felicitar a todos los jóvenes que acudieron a Madrid al juicio, a los que les apoyaron desde Euskal Herria y en la Audiencia Nacional con su presencia, a los que han sido solidarios. En definitiva, a todos aquellos que, de nuevo, han dado muestras de una dignidad y una coherencia que merece nuestro respeto. -

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Comentaris

Re: Condena sin pruebas./La tesis general esta rota.
21 jun 2005
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Re: Condena sin pruebas./La tesis general esta rota.
25 jun 2005
El 20 de septiembre de 2001, Unai Romano Igartua de 24 años de edad, detenido en su localidad natal de Vitoria, por agentes de la Guardia Civil por su implicación con el comando Barcelona de la organización ETA.

Interpuso una denuncia contra miembros de la Guardia Civil por presuntas torturas y malos tratos recibidos en los calabozos de la Dirección General de la Guardia Civil, sita en la calle Guzmán el Bueno nº 110 de Madrid. Entre en 6 y el 11 de septiembre de 2001 y durante sus 120 horas de detencion, que rige la ley de enjuiciamiento criminal, para individuos a los que se les imputa delitos de terrorismo.

El juzgado de instrucción nª 25 de Madrid, archivaba el 26 de mayo de 2005, la denuncia presentada por Unai Romano.

El auto pone de manifiesto la falsedad de las acusaciones de torturas del denunciante .

Según dicta la sentencia, Unai Romano había elaborado un informe médico con una prueba de audiometría, falseando la fecha, los informes técnicos de los forenses, informes de su llegada al Centro Penitenciario, etc.

El médico forense que atendió al denunciante el día de los hechos, declaro “que en ningún momento Unai Romano tuviese miedo, ni se quejó del trato recibido por parte de ningun funcionario, ni de los agentes de la Guardia Civil�, “le llamo la atención la serenidad del detenido� también declaró este mismo doctor, que “no es ese tipo de conducta psicológica, exactamente la que es de esperarse en un detenido torturado.�


Lo que corrobora, una vez mas , que el comportamiento de los detenidos de la banda terrorista ETA responde a una estrategia perfectamente diseñada y estudiada, con el objetivo de desprestigiar al Estado español y las Fuerzas de Seguridad del Estado.

Dado el impacto que causan las imágenes, al observar los traumatismos y hematomas del rostro de Unai Romano, así como la alopecia de la región occipital superior y las cicatrices en la muñecas (lesiones que fueron hechas por el propio Unai, según los informes médicos forenses).


Las fotografías del detenido fueron muy difundidas en los medios de comunicación, especialmente a través de internet.


Gracias a asociaciones como Torturaren Auskako Taldea (TAT), condenando falsamente estos hechos “como la mas cruenta y evidente prueba de los abusos de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado a las que son sometidos los miembros de la organización terrorista�.

Asociación como Toturaren Auskako Taldea (TAT) hicieron correr mucha tinta, con este caso en contra de la Guardia Civil, hecho que actualmente se ha confirmado por parte de la Audiencia Provincial de Madrid, que todo era falso e inventado por el propio denunciante, para pasar de verdugo a victima y tener mas reconocimiento entre el entorno de ETA al que pertenece el falso denunciante Unai Romano Igartua."
Sindicato Sindicat