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Notícies :: corrupció i poder : criminalització i repressió : pobles i cultures vs poder i estats
La Noticia que no ha sido Noticia
03 jun 2005
El Comité contra la Tortura de la ONU ha admitido la queja presentada por Kepa Urra después de que el Gobierno español indultara a tres guardias civiles que habían sido condenados por torturarle. El Estado español ha vulnerado los artículos 2, 4 y 14 de la Convención. La ONU le da 90 días para que informe sobre las medidas adoptadas para acabar con la tortura.

GARA

La ONU da al Estado español 90 días para que aporte medidas contra la tortura

·estima que «la falta de un castigo apropiado es incompatible con la obligacion de prevenir esta practica»

El Comité contra la Tortura de la ONU ha admitido la queja presentada por Kepa Urra después de que el Gobierno español indultara a tres guardias civiles que habían sido condenados por torturarle. Tras estudiar el caso, este órgano de Naciones Unidas concluye que el Estado español ha vulnerado los artículos 2, 4 y 14 de la Convención y le da 90 días para que informe sobre las medidas adoptadas para acabar con la tortura.

HERNANI

A raíz de la queja que Kepa Urra presentó el 8 de febrero de 2002 por la vulneración de los artículos 2, 4 y 14 de la Convención Contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, el Comité contra la Tortura de la ONU concluye que, en efecto, el Estado español violó dichos artículos y le insta a «velar por que en la práctica se impongan penas adecuadas a los autores de actos de tortura y a asegurar una reparación completa». Además, le concede un plazo de 90 díaspara que informe sobre «las medidas adoptadas» para poner fin a la impunidad y a la práctica de la tortura.

La resolución de la ONU recoge los hechos expuestos por Urra, que fue detenidopor la Guardia Civil en enero de 1992: «Lo condujeron hacia un terreno amplio. Fue desnudado, esposado, arrastrado por el sue- lo y golpeado. Después de seis horas de interrogatorio, tuvo que ser llevado al hospital ya que su pulso era muy alto, no hablaba, estaba sin fuerzas y en estado inconsciente; su boca y nariz sangraban. En el hospital, los médicos constataron lesiones en la cabeza, cara, párpados, nariz, espalda, estómago, cadera, brazos y piernas. También presentaba un traumatismo cervical que motivó su inmovilización».

Con motivo de la denuncia de Urra, la Audiencia de Bizkaia condenó en 1997 a tres guardias civiles por un delito de torturas a sendas penas de cuatro años, dos meses y un día de prisión, así como a seis años y un día de inhabilitación y a la suspensión de sus funciones durante el tiempo de prisión. El fallo fue recurrido por la Fiscalía ante el Tribunal Supremo, que rebajó las penas de prisión a un año. Consideró que «se había probado la existencia de una tortura ‘indagatoria’ que superaba en intensidad los tratos inhumanos o degradantes» y que la pena de un año era «proporcional a la gravedad del delito». El 16 de julio de 1999, el Consejo de Ministros concedió el indulto a los tres agentes.

El Comité concluye que «la falta de un castigo apropiado es incompatible con el deber de prevenir actos de tortura» y que «la imposición de penas menos severas y la concesión del indulto son incompatibles con la obligación de imponer penas adecuadas. Los guardias civilesno quedaron sujetos a un proceso disciplinario durante el proceso penal, pese a que la gravedad de las imputaciones ameritaba la apertura de una investigación disciplinaria». Añade que «la reparación a la víctima de un acto de tortura» requiere, entre otras medidas, «garantizar la no repetición de las violaciones».

Tras explicar los pormenores del caso, el abogado Didier Rouget y el representante de TAT Aiert Larrarte resaltaron la importancia de esta decisión «ampliamente motivada y detallada que se suma a las adoptadas por otros organismos como el Relator, AI, CPT, HRW...».


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Comentaris

Re: La Noticia que no ha sido Noticia
03 jun 2005
per a quan una negociació entre la ciutadania i l'estat amb l'objectiu de que l'estat abandone la lluita armada

no se si com a condició previa hem de posar la absència de violència

o tal vegada que primer l'estat entregue les armes...això, això!! que la guardia civil, el excercit espanyol i la policia nacional i local entregue les armes i accepte unilateralment la seua derrota si vol que la ciutadania ens prestem a negociar els termes de la rendició de l'estat.

i si no...
i si no que?

a que va ser que com que tenen el monopoli de la violència continuaran caçant-nos un a un fins que els isquen els comptes...

salut i autodefensa
Re: La Noticia que no ha sido Noticia
04 jun 2005
El Juzgado de Madrid archiva la denuncia de Romano y amenaza con actuar contra él
·«posibilidad de autolesion» | EL JUEZ NO TIENE EN CUENTA EL TAC DEL HOSPITAL DE MADRID QUE APUNTALABA LA DENUNCIA DEL JOVEN DE GOLPES constantes;frente a ello, declara «posible» QUE SE AUTOLESIONARA

Pese a la prueba gráfica de su imagen al entrar en prisión, el Juzgado de Instrucción número 25 de Madrid ha decretado el archivo de la denuncia por torturas presentada por Unai Romano e, incluso, amenaza con actuar con él sugiriendo que el joven gasteiztarra falsificó una audiometría para «conseguir que el médico forense hiciera constar como secuela una pérdida de audición inexistente». El magistrado va aún más allá y pide al Ministerio Fiscal que informe sobre si cabe la posibilidad de investigar a Romano. La acusación recurrirá hoy mismo el cierre en falso del caso.


DONOSTIA


La denuncia por torturas presentada por Unai Romano ­cuyo rostro deformado al entrar en prisión ha sido esgrimido como imagen viva de la tortura­ha quedado archivada. Así lo ha decidido el magistrado titular del Juzgado de Instrucción número 25 de Madrid. En el auto, al que ha tenido acceso GARA, llega incluso a sugerir y, en un caso, a afirmar que el joven gasteiztarra hizo una audiometría falsa y la introdujo en los archivos médicos de la empresa donde trabajaba. El juez todavía va más allá y ha pedido al Ministerio Fiscal que informe «si procede la deducción de testimonio» por la «supuesta falsedad» de la audiometría.
En uno de los párrafos, dice literalmente que el propio Romano «elaboró e introdujo» en la base de datos de los servicios médicos de la fábrica donde trabajaba».

El relato expuesto en el fallo no acaba ahí y es que, según el mismo, después se dirigió a un médico de la empresa «solicitándole que lo sellara y firmara a fin de darle una apariencia de legitimidad. Posteriormente, entregó dicho documento a su letrado para que lo aportara a los autos y así conseguir que el médico forense hiciera constar como secuela una pérdida de audición inexistente. De esta forma ­entiende el magistrado­ consiguió que se relacionara expresamente dicha secuela con la agresión denunciada».



«Juego torticero»


Ante tales manifestaciones, el abogado de la acusación Iñigo Elkoro denuncia que se trata de «un juego torticero, tendencioso y destinado a generar confusión y engaño. Esa es simplemente la teoría del juez. Ab- solutamente nadie ha dicho algo semejante», subraya.
«En el auto cita una providencia del 9 de enero de 2004 en la que dice que ‘no se deberá de tener en cuenta la audiometría’ a la hora de realizar los informes médicos por la Clínica Médico Forense y por elforense del Juzgado. Pero esta providencia en ningún momento hace referencia o infiere lo que ahora está diciendo», añade.

Para Elkoro, la emisión de esta providencia y el auto en sí mismo «dejan claro que ya en enero de 2004 el juez estaba trabajando en esa teoría que no tiene base alguna. También evidencia su intención de dirigir la instrucción en esa línea y, en pocas palabras, está planteando el caso desde la falta de imparcialidad y objetividad», remarca a GARA Elkoro. «Además, si ésa es su tesis ¿por qué no ha llamado a declarar a Romano, a su abogado o a los médicos de la empresa?», incide.

«Si la acusación no recurrió la providencia fue porque, contrariamente a lo que sostiene el juez, no hay diferencia sustancial entre las audiometrías comparadas (entre la que le hicieron en su lugar de trabajo antes de la detención y la practicada después). En el auto relaciona ‘su’ teoría, no escrita en ninguna parte, con la ausencia de recurso para inducir que falsificó la audiometría», insiste.

Elkoro también llama la atención sobre que en el auto no haya «ni una sola mención ni referencia al TAC» practicado a Romano en Urgencias del Servicio de Traumatología del Hospital San Carlos de Madrid.



«El TAC habla por sí solo»


La Tomografía Axial Computerizada (TAC) permite obtener una imagen tridimensional y detallada del interior de la parte del cuerpo analizada, en este caso la cabeza de Romano. En la secuencia de imágenes ­una de ellas reproducida en el cuadro­ se observa un edema generalizado y hematomas subgaleales y pericraneales.
«El TAC habla por sí solo y, sin embargo, el juez nolo utiliza para nada, ni siquiera habla de él en el auto. Lo obvia por completo», destaca el abogado. Según explicó el prestigioso forense de la UPV Francisco Etxeberria en la fase de instrucción de esta denuncia, el resultado de esta prueba médica evidenciaba que las lesiones eran producto de «múltiples golpes de no mucha intensidad en distintas partes de la cabeza». Este dictamen coincide con el relato del joven, pero no con la versión policial, que trata de atribuir el deterioro de la cabeza a un golpe fuerte que, dicen, se habría propinado Romano.

En cuanto al origen de la hinchazón generalizada de la cabeza que se puede observar en la fotografía de arriba, el juez echa mano de una parte de la declaración que prestó uno de los médicos (del Juzgado de Madrid) para esgrimir la teoría de la autolesión.

«La posibilidad de la autolesión resultaría apoyada por el hecho indiscutido de que el propio Romano se autoinfligió otras mediante mordedura en las venas de sus muñecas, autolesión más dolorosa que un golpe frontal, según afirmó el doctor Rabadán», manifiesta el magistrado. En su opinión, «el origen radica en un fuerte golpe en la región frontal con una superficie y dura».

En la última parte del auto, el titular del Juzgado de Instrucción número 25 de Madrid viene a decir que la actitud del joven gasteiztarra no correspon- de con la de una persona que ha sufrido torturas. Para ello compara incluso las conclusiones que aparecen en un estudio llamado “Consecuencias psicológicas de la tortura� con la impresión personal de la forense que visitó a Romano en dependencias de la Guardia Civil.

Miedo intenso, pánico, ansiedad, sobresalto, intranquilidad, trastornos disociativos son algunas de las conductas que aparecen en el citado análisis. «Tales características propias de las personas torturadas no se apreciaron en él. Por el contrario, la doctora Ladrón de Guevara afirmó que le llamó la atención la seriedad del detenido». En su declaración judicial, esta médico forense dijo que «no se le notaba angustiado» e, incluso, añadió que «cuando habló de lo de su madre... su actitud no era de ansiedad; su actitud era fría e incluso exigente».

Cabe recordar que en su denuncia, Romano relató como en uno de los interrogatorios «me dicen que han detenido a mi madre y que está camino del pantano que está cerca de Vitoria. Los golpes continúan, yo les ruego que dejen a mi madre que nunca ha hecho nada. Me dicen que le están haciendo el ‘ascensor’ en la presa, atada por los pies y en el agua (...) Uno de ellos me comunica que mi madre ha fallecido». Citó este maltrato sicológico como uno de los momentos más duros.

El juez culmina el auto diciendo que «la ausencia de tales consecuencias sicológicas, unido a que supuestamente intentara y consiguiera engañar al médico forense mediante la aportación de una audiometría falsa y conseguir una prueba que motivara la existencia de torturas, impide dotar de credibilidad a la denuncia».



Elkoro: «Oso maltzurki idatzita dago epaia»
A.L.

DONOSTIA

Iñigo Elkoro abokatuak oso argi du epailearen helburua, «autoa idazten hasi zenetik, salaketaren artxiboa» zela. «Horretarako, Unai Romanoni sinesgarritasuna kendu nahi dio. Oso maltzurki idatzita dago epaia», nabarmendu du.

Era berean, «mediku eta adituen deklarazioak maltzurki» erabiltzen ditu. «Ez ditu oso-osorik hartzen, esaldi batzuk soilik aipatzen ditu eta horiek josiz epaian azaltzen duen teoria egiten du», salatu du Elkorok.

Daitezkeen ondorio psikologikoei buruz epaiak dioenari dagokionez, «bere gain psikiatraren eta perituaren rola hartu izana» gogor kritikatu du. «Gainera, orain artean ez da halakorik azaldu; txosten horri egiten dion aipamena berria da. Romanori ez diote inolako azterketa psikologikorik egin, eta ez du eskatu gai horretan aditua izan daitekeen medikuren baten deklarazioa. Txostenak eskatu ondoren, bi eman zizkioten baina bi horietatik soilik bat irakurri du. Epailea ez da peritu bat», adierazi du.
Re: La Noticia que no ha sido Noticia
04 jun 2005
menudos medios libertarios de mis cojones que censuran mas que la txakurrada

GORA Euskadi Ta Askatasuna
Sindicato Sindicat