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El maximo jefe represivo firma hoy en Prüm (Alemania) la adhesión de España al “Tratado ...
29 mai 2005
Alonso firma la adhesión de España al Tratado Schengen III, que refuerza la cooperación de siete países europeos frente al terrorismo, la delincuencia organizada y la inmigración ilegal
España, Francia, Alemania, Bélgica, Países Bajos, Austria y Luxemburgo intercambiarán información, compartirán bases de datos y reforzarán la cooperación policial en su territorio
Los siete países compartirán datos sobre personas relacionadas con actividades terroristas y podrán autorizar la presencia de escoltas de seguridad en los vuelos comerciales con origen y destino en su territorio.
(iNTERTERROReZpaña)
El ministro del Interior, José Antonio Alonso, ha rubricado hoy en Prüm (Alemania) la adhesión de España al “Tratado relativo a la profundización de la cooperación transfronteriza, en particular en materia de lucha contra el terrorismo, la delincuencia transfronteriza y la migración ilegal�, conocido como Schengen III. El tratado reforzará la cooperación transfronteriza, en particular en el ámbito del intercambio de información, entre los países firmantes (Bélgica, Alemania, Luxemburgo, Países Bajos, Austria, Francia y España).

Lucha contra el terrorismo

En el ámbito del terrorismo, España, Francia, Alemania, Países Bajos, Luxemburgo, Austria y Bélgica se comprometen a intercambiar información para la prevención de atentados terroristas, incluyendo la relativa a personas relacionadas con actividades terroristas, por ejemplo, aquellas que hayan pasado por campos de entrenamiento en países como Afganistán, Chechenia, Bosnia, Irak, etc. Del mismo modo, el tratado contempla la posible presencia de escolta de seguridad en los vuelos comerciales. En este ámbito, cada país decidirá acerca del empleo de escoltas en las aeronaves matriculadas en su país y lo notificará a la parte hacia la que se dirija el vuelo. Los siete Estados firmantes concederán una autorización general para llevar armas de servicio, municiones y otros equipos en los vuelos con origen o destino en aeropuertos de su territorio.

El Tratado Schengen III concede especial relevancia a la lucha contra la inmigración ilegal, por lo que los países que se han adherido al convenio enviarán asesores en materia de documentos (pasaportes, visados, documentos falsos y manipulados) a los Estados considerados como origen o lugar de tránsito de la migración ilegal. Estos asesores trabajarán con las representaciones en el extranjero de las Partes Contratantes, las empresas de transporte y las autoridades e instituciones del país anfitrión. Igualmente se contempla el apoyo en casos de repatriación de nacionales de terceros países sobre los que haya recaído resolución de expulsión así como la organización de operaciones conjuntas de repatriación.

Cooperación policial transfronteriza

Las medidas contempladas en el acuerdo incluyen otras formas de cooperación multilateral, entre las que se encuentra la realización de patrullas conjuntas para prevenir amenazas para la seguridad y el orden público y para la prevención de delitos en el territorio de un Estado firmante. En caso de urgente necesidad, los agentes de un país firmante del tratado podrán cruzar al territorio de otro país firmante y adoptar las medidas provisionales necesarias para evitar un peligro inminente para la vida o la integridad física de las personas –el tratado regula el empleo de armas de servicio, municiones y equipos permitidos a estos agentes-. Así mismo, está previsto que las partes se asistan en los eventos masivos y accidentes graves y que se presten asistencia recíproca previa petición en determinados ámbitos (información sobre permisos de conducción, averiguación de titulares de conexiones telefónicas, avisos urgentes relativos a armas o explosivos, etc.).

El tratado incluye igualmente una serie de disposiciones generales sobre protección de datos. Así, define el tratamiento de los datos de carácter personal, su nivel de protección, su necesaria utilización vinculada a los fines para los que se transmitieron, la exactitud y duración de su almacenamiento, y el derecho a la información del interesado.

ADN

Los siete países firmantes se comprometen a crear y mantener ficheros nacionales de análisis de ADN y a designar los ficheros susceptibles de ser consultados automáticamente por el resto de las partes. Igualmente contempla la consulta automatizada de los índices de los ficheros de ADN; la comparación automatizada de los perfiles de ADN y la consulta automatizada de datos dactiloscópicos.

Además de las bases de datos de ADN los firmantes del tratado compartirán los datos procedentes de los registros de matriculación de vehículos y toda la información para la prevención de amenazas a la seguridad y el orden público en relación con grandes eventos.

Los antecedentes de Schengen III

El tratado comenzó a gestarse en febrero de 2003 en el seno de la Conferencia Intergubernamental a instancias de Bélgica. El pasado 28 de mayo de 2004 los ministros del Interior y/o Justicia de Bélgica, Alemania, Luxemburgo, Países Bajos y Austria firmaron una Declaración con objeto de cooperar en la lucha contra el terrorismo, la criminalidad transfronteriza y la inmigración ilegal.

A juicio del ministro del Interior, José Antonio Alonso, esta Declaración y el actual Tratado suponen un salto cualitativo e histórico en la consolidación del Espacio de Libertad, Seguridad y Justicia. Alonso mantiene que el principio de disponibilidad de la información será extraordinariamente útil en la lucha contra el terrorismo, el crimen organizado y, en definitiva, contra todas las manifestaciones delictivas. Este principio permitirá a los estados miembros el acceso inmediato a la información que posean las policías del resto de los socios y es la piedra angular del Programa de la Haya, recientemente aprobado.

El acuerdo firmado hoy en Prüm está abierto a la adhesión de cualquier Estado miembro de la UE, y prevé que como máximo, tres años después de su entrada en vigor se ponga en marcha una iniciativa para trasladar sus disposiciones al marco jurídico de la Unión.

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