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pretenden que activistas vascos cumplan integras penas
27 abr 2005
La Audiencia Nacional aprobó una resolución con la que pretende que los etarras "históricos", que acumulan grandes penas impuestas por el Código Penal de 1973, cumplan de forma efectiva los 30 años de cárcel que permite la ley hoy en vigor y que se aplica a los condenados sentenciados según la última reforma del código de 1996. La iniciativa busca evitar que los etarras salgan de prisión a los 18 ó 20 años de su ingreso por la aplicación de las redenciones de penas, como ocurre ahora.

La resolución aprobada por la Sección Primera de lo Penal de la Audiencia Nacional discrepa de la interpretación legal que sobre el cumplimiento penitenciario de estos condenados realiza el Tribunal Supremo en sus sentencias más recientes, lo abre la puerta a que el alto tribunal la revise y anule, según alertaron fuentes jurídicas.

El tribunal deniega a Henri Parot, condenado a más de 3.000 años de cárcel por decenas de asesinatos en 26 juicios, la acumulación de todas sus condenas en una sola de 30 años como máximo sobre los que se computan las redenciones, tal y como establece el código de 1973.

Los magistrados sostienen que los doce años durante los que el etarra cometió sus asesinatos (de 1978 a 1990) es "un tiempo demasiado largo" que impide encontrar una conexión entre todos los delitos, y más si se tiene en cuenta que entre 1982 y 1984 no cometió crímenes. Además, consideran que a Parot no cabe concederle la acumulación de penas en una sola condena por motivos humanitarios, dados sus gravísimos delitos y porque no ha mostrado arrepentimiento alguno o esperanza de reinserción social.

De acuerdo a esos argumentos, el tribunal decide agruparle las 26 penas en dos condenas de 30 años cada una -una por el período 1978-1982 y la otra por la fase 1984-1990-, que deberá cumplir de forma consecutiva. Esto significa que Parot, que iba a salir de prisión en 2011 tras cumplir poco más de 17 años de los 30 de la pena máxima que permite le ley gracias a la aplicación de los beneficios penitenciarios del antiguo Código Penal, deberá comenzar en ese año a cumplir una segunda condena, que como mínimo le tendría en la cárcel otros 17 años más.

El resultado del cambio legal, si no lo revoca el Supremo, es que los etarras con grandes penas condenados por el código de 1973 pasarían en prisión 30 años o más de cumplimiento efectivo, un tiempo muy similar al que pasarán los condenados después de 1996, tras la aprobación en 2003 de la ley de cumplimiento íntegro de las penas para terroristas.
(d facha web)
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d interteror:Audiencia Nacional y Dirección General de IIPP coordinan actuaciones en relación a la redención de penas a terroristas condenados por el Código de 1973
Los fiscales de la Audiencia Nacional, Eduardo Fungairiño, Jesús Santos y Pedro Ruvira, el Juez Central de Vigilancia, José Luis Castro, funcionarios de la Comisaría General de Información y la Directora General de Instituciones Penitenciarias, Mercedes Gallizo, se han reunido esta mañana en la sede de la DGIIPP para estudiar la aplicación de la ley en materia de redención de penas a los terroristas condenados por el Código Penal de 1973.

La Directora General les ha presentado la instrucción elaborada por la actual Dirección General sobre Sistema de evaluación e incentivación de las actividades de los internos, que regula un nuevo sistema de evaluación para la obtención de beneficios penitenciarios, entre otros la redención de penas por el trabajo, para los reclusos condenados por ese Código.

Esta instrucción está basada en criterios de individualización, análisis y valoración exhaustiva y rigurosa de las actividades de cada uno de los reclusos. Será fundamental para proponer redenciones el rendimiento efectivo por parte del interno en aquellas actividades en las que participe.

La DGIP ha puesto a disposición de la Audiencia Nacional documentación pormenorizada y el expediente penitenciario de los reclusos pertenecientes a la banda armada ETA que podrían quedar en libertad a lo largo de 2005.

Se ha acordado mantener reuniones periódicas entre ambas partes para fijar estrategias comunes con el fin de analizar conjuntamente los asuntos de competencia de ambas instituciones en un espíritu de total colaboración, con el objetivo de ayudar a la mejora y perfeccionamiento del sistema.

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