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Notícies :: amèrica llatina
sos oaxaca
07 feb 2005
>MUERTOS, PRESOS BURLA DE LA LEY, SELLO DEL CARTEL
>ULISES-MURAT
>Sta. Lucía del Camino, Oaxaca, febrero 1 de 2005
>
>HERMANOS Y HERMANAS
>Oaxaca se ha convertido bajo el gobierno de Ulises
>Ruíz Ortíz, en el lugar común de la nota roja
>política, con 1 muerto en San Blas, 1 en Xanica, 1 en
>estancia grande, 1 en Huautla, 4 en San Martín
>Itunyoso, decenas de heridos, 14 presos del CIPO, 1 de
>Huautla, 3 de San Blas. Invasión de terrenos del
>periódico noticias, difamaciones y calumnias al
>luchador social Raúl Gatica, cancelación de las
>libertades fundamentales, el poder judicial
>prostituido y la Comisión Estatal de Derechos Humanos
>desacreditada por la complicidad de su presidente con
>las autoridades estatales.
>
>En 12 años, con más pena que gloria, la Comisión
>Estatal de Derechos Humanos de Oaxaca, ha participado
>destacadamente en amenazas a organizaciones sociales,
>defender a funcionarios, demandar a dirigentes
>sociales y acompañar a la policía federal y estatal a
>desalojar protestas. Es decir, la CEDHO funciona como
>justificadora de las arbitrariedades del gobierno,
>para que pueda actuar con toda impunidad. Y el
>gobierno del estado no oculta su complicidad, como lo
>señala con cinismo Jorge Franco Vargas al decir que no
>permitirá la impunidad; si así fuera el mismo debía
>estar en la cárcel junto con José Manuel Vera Salinas,
>Manuel Moreno Rivas, Aristeo Martínez, etc.
>
>Pero no solo ellos, sino también jueces y magistrados.
>Por ejemplo Rodolfo Alberto Bandala Ã?vila y Roberto
>Gómez Argüello, que como es del dominio público, el
>primero es amante del dinero como argumento jurídico
>para torcer la ley y ponerla al servicio del mejor
>postor. Argüello hace lo mismo, pero le pone además
>ingrediente político, al dictar sentencias por
>consigna, a favor del PRI y de los paramilitares, sin
>duda ordenado desde el poder del estado, pues es
>conocido su parentesco con la actual procuradora de
>justicia del estado, Patricia Villanueva Abrajam.
>
>Pese a los modernos trajes y costosos perfumes estos
>señores no pueden ocultar lo raído del ejercicio del
>derecho y la hediondez de su actuación guiada por la
>brújula del dinero. Hediondez y dinero es lo que
>orientó su resolución en el asunto agrario que se
>llevaba entre San Isidro Alopam y San Miguel Aloapan,
>esta última cabecera municipal y de probadas ligas con
>el grupo paramilitar Antorcha Campesina.
>
>Los comuneros de San Isidro Alopam han venido
>reclamando reconocimiento de sus derechos como
>comuneros en el tribunal unitario agrario 21, exp.
>218/2000. Para eso han logrado acreditar su posesión
>de la tierra desde tiempos ancestrales, además que
>aparecen en el padrón original del 18 de noviembre de
>1954, y pueblos colindantes como Yolox y demás, los
>reconocen como vecinos y con quienes han hecho
>convenios de límites y colindancias. No solo eso, sino
>que además comuneros de San Isidro Alopam han sido
>integrantes del primer comisariado de bienes
>comunales, presidente del Consejo de Vigilancia.
>Por si fuera poco, hay convenios firmados, donde los
>representantes de San Miguel Alopam reconocen a San
>Isidro Aloapam como comuneros y hasta le entregan el
>25% del dinero del aprovechamiento forestal.
>
>En razón a todas estas y otras pruebas el 10 de abril
>de 2003, se reconoció como comuneros a 108 personas.
>Esta sentencia, a pesar que no era lo que se
>reclamaba, pues exigimos el reconocimiento de 406, fue
>aceptada porque abría una posibilidad de
>reconciliación entre las comunidades, pues nosotros
>pensábamos que poco a poco los demás comuneros se
>convencerían que somos hermanos.
>
>Sin embargo, el grupo de paramilitares de San Miguel
>Aloapam, integrantes de Antorcha Campesina, y que se
>rotan entre ellos los cargos de Comisariado de Bienes
>Comunales, Presidencia Municipal y Consejo de
>Administración de la unidad de aprovechamiento
>forestal comunal, decidieron impugnar la sentencia y
>se fueron a la revisión, que perdieron, al ratificar
>el Tribunal Superior Agrario la sentencia a favor de
>San Isidro Aloapam.
>
>Después de esto San Miguel Aloapan vía el Consejo de
>Vigilancia interpone amparo directo, exp. 141/2004 que
>el tribunal desecho por carecer de competencia legal
>para conocer en la vía directa. Sin embargo vía la
>Asamblea General de Comuneros insisten en ampararse
>por considerar violadas sus garantías individuales. El
>juez 3º de distrito, el 3 de mayo de 2004 admite la
>demanda exp. 466/2004 y el 14 de julio del mismo año
>resuelve sobreseer el juicio.
>
>Inconformes, San Miguel Aloapam interpone recurso de
>revisión y es admitido el 23 de agosto de 2004. En
>este tiempo cambian de adscripción a la Magistrada
>Guadalupe Olga Mejia Sánchez, que conocía de todo el
>proceso, por lo tanto el expediente es turnado a
>Rodolfo Alberto Bandala �vila, y desde aquí cambia el
>rumbo, pues pese a estar listado para su resolución,
>el caso es cambiada de fecha hasta en tres ocasiones.
>
>Finalmente el 20 de enero de 2005 con los votos de
>Bandala y Argüello se resuelve revocar la resolución
>del Tribunal Unitario Agrario 21, por el simple hecho
>de que dicho tribunal no utiliza el vocablo emplazar,
>sino que usa el de dar vista y que además cumple todos
>los requisitos de un emplazamiento. Con ese
>resolutivo, a todas luces resultado de la corrupción,
>ampara a San Miguel Aloapam y deja jurídicamente sin
>territorio a San Isidro Aloapam.
>
>Lo expresado por el magistrado Jorge Valencia Méndez:
>“. . .no requiere para ser considerado como tal que
>necesariamente se haga uso de la palabra “emplazar�,
>porque se caería en un formalismo exgerado. . .� “. .
>. en dicho auto si se ordenó emplazar a la asamblea
>demandada en ampliación aunque no se halla empleado la
>terminología adecuada.� “. . .resulta que de ningún
>modo se infringió en perjuicio de tal ente colectivo,
>la garantía individual. . . por ende, debió negársele
>la protección de la justicia federal.�
>
>Estos argumentos dados al emitir su voto en contra de
>la resolución, desnuda como es usada la ley para que,
>con formalismos exagerados, se beneficie a quienes han
>pagado por ella, aunque se actúe contra la justicia,
>pues es claro que no se estaba en un juicio de la real
>academia de la lengua, sino resolviendo un grave
>problema de tierras que involucra mieles de vidas.
>
>La resolución deja ver el manejo sesgado de ley que
>favorece intereses políticos y de dinero, pues en todo
>el razonamiento del 2º Tribunal Colegiado del décimo
>tercer circuito no hay una sola razón jurídica para
>otorgar el amparo a San Miguel, y se dicto resolución
>contra la razón, el derecho y la justicia.
>
>Con la decisión de Bandala y Argüello se descalifica
>el trabajo de los magistrados del tribunal agrario 21,
>el de los magistrados federales que resolvieron la
>revisión, el de los magistrados que resolvieron los
>dos amparos que favorecieron a San Isidro.
>
>Sin duda esta resolución tendrá entre sus
>consecuencias violencia y mayor derramamiento de
>sangre, que nosotros veníamos evitando con la
>esperanza que las leyes resolverían. Los responsables
>de lo que suceda en la Sierra Norte serán entre otros
>estos malos servidores de la ley que coludidos con el
>gobierno priísta de Ulises Ruíz-José Murat a toda
>costa intentan destruir al Consejo Indígena Popular de
>Oaxaca desde donde esta su fuerza, las comunidades.
>
>No vamos a quedarnos callados, por lo que invitamos a
>todos las personas de buen corazón a mandar sus cartas
>protestando por esta injusticia en nombre de la ley,
>exigiendo que los magistrados en cuestión sean
>destituidos de sus cargos y se realice un análisis
>minucioso de su actuar en los distintos casos en los
>que han intervenido, pues sin lugar a dudas,
>encontraran innumerables irregularidades, aparte de
>que la asamblea general de nuestra comunidad
>denunciaremos en todos los tribunales esta injusticia
>histórica.
>
>ATENTAMENTE
>Por la reconstitución y libre asociación de nuestros
>pueblos
>Por la junta organizadora del CIPO-RFM
>Gabriela Pérez Gómez
>Ã?rea de enlace.

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