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Notícies :: criminalització i repressió
Dossier detenciones jóvenes de L'Hospitaletrcelam
27 nov 2004
- CRONOLOGIA DE LOS HECHOS
- ACTUACIÓN POLICIAL
Detenciones
Interrogatorios y Brigada Provincial de Informació (BPI)
Relato de torturas en la comisaria de Aiguablava
Legislación Antiterrorista
Más prácticas ilegales
Presiones sobre el juez
- ACTUACIÓN JUDICIAL: EL PAPEL DEL JUEZ
No reconocimiento de las torturas
Criminalización y precariedad
El castigo ejemplar
Presión policial y influencia sobre las decisiones judiciales
- ESTANCIA EN PRISIÓN
Presiones y amenazas
- BASTA DE REPRESIÓN A LOS MOVIMIENTOS SOCIALES. PAREMOS LA IMPUNIDAD POLICIAL
CONCLUSIONES
El papel de la BPI
Uso de la prisión
- ANEXOS
1. Carta del padre de Eudald al Pleno del Ayuntamiento de Callús (20/10)
2. Fax enviado a los juzgados (10/10)
3. Formularios de adhesiones de personas y entitades
4. Convocatoria abierta al acto “Basta de represión a los movimientos sociales. Libertad jóvenes de l’Hospitalet�
5. Carta enviada a los rotativos El Pais i El Periódico
6. Octavilla de Suport (4/10)
7. Colección de prensa (incompleto)
8. Textos de interés

CRONOLOGÃ?A DE LOS HECHOS

A raíz del lanzamiento de unos cócteles molotov contra la comisaría del Distrito de Sants la madrugada del 4 de octubre, aquella misma noche fueron detenidas, aisladas y maltratadas física y psicológicamente tres personas, dos vecinas de el Hospitalet, Eudald B.G. y Ermengoll M.M., y una de Cornellà del Llobregat, Dani. Las dos primeras fueron ingresadas en prisión y la tercera quedó en libertad con cargos. La sede de la comisaría no padeció prácticamente ningún desperfecto, ni tampoco se produjo ningún daño contra personas.

Según la declaración del joven de Cornellà, cuando volvía de ver el partido de fútbol Barcelona-Numancia de casa de un amigo, vio como un grupo de personas cruzaba contenedores en la calle Moianès. Acto seguido apareció una patrulla de la policía nacional y vio como el grupo de personas escapaba corriendo en su dirección. Se asustó y empezó a correr él también, perdiendo una zapatilla y cayendo al suelo, cosa que fue aprovechada por los agentes para detenerlo, y fue trasladado inmediatamente a la comisaria de Sants. Una vez allí seis agentes de la policía nacional se cerraron con él a una habitación y le pegaron durante media hora mientras él estaba esposado. Como consecuencia de los golpes ha perdido la capacidad auditiva del oído derecho, hecho corroborado por el examen forense que se le practicó una vez quedó en libertad. Entonces fue trasladado a la comisaria de Nou Barris, sede de la Brigada de Información. Aun y la voluntad de la policía de que se autoinculpara y acusara a más gente, se negó a declarar en las dependencias policiales.

Los dos jóvenes de Hospitalet circulaban en moto por la carretera de la Bordeta hacia su casa hacia las doce y media de la noche, cuando una patrulla policial los embistió, haciéndoles caer al suelo. Posteriormente, los detenían a punta de pistola. A resultas del accidente tuvieron que ser trasladados al Hospital Clínic con heridas en el pie, la pelvis y contusiones en las cervicals respectivamente. De allí se los llevaron a la comisaria de la Brigada Provincial de Información. Fueron interrogados y torturados varias veces, viéndose obligados a firmar una declaración inculpatoria en la que se hacían responsables de cruzar unos contenedores e incriminando, a partir de una serie de fotografías de gente que pertenece a diferentes movimientos sociales de la ciudad, a otra persona. Esta persona fue a declarar días más tarde delante del juez, que lo dejó en libertad con cargos de daños y desórdenes públicos en espera de juicio.

Durante los tres días de la detención, la Brigada de Información intentó que se les aplicara la Legislación Antiterrorista, pero esta petición fue rechazada por la Audiencia Nacional.

El 6 de octubre fueron trasladados a dependencias judiciales, dónde declararon delante del juez. Los tres denunciaron las presiones y las torturas recibidas en comisaría. Sin embargo, el juez de instrucción nº 13, Juan Antonio Ramirez Sunyer decretó la libertad con cargos para el joven de Cornellà y el ingreso en prisión para Ermengoll y Eudald, bajo los cargos de daños y desórdenes públicos, aduciendo su situación de precariedad laboral y desarraigo social ( “no tienen contrato de trabajo ni domicilio fijo�) y fueron trasladados al Centro Penitenciario para jóvenes de la Trinitat, dónde todavía permanecen, sometidos a amenazas y presiones.
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ACTUACIÓN POLICIAL

En este apartado nos queremos centrar en la denuncia concreta de la actuación de los agentes de policía, tanto uniformados como de la Brigada de Información, a lo largo de todo el tiempo que va desde la detención hasta las declaraciones delante del juez.

Detenciones

Cuándo los jóvenes fueron detenidos, todos ellos lo fueron por miembros uniformados de la Policía Nacional. En el caso de Dani, el joven de Cornellà, el informe de los agentes dice que lo tuvieron que reducir mientras huía, hecho que según ellos le causó una “rojez� en el pómulo y en el ojo izquierdo. Posteriormente, este joven fue conducido a las dependencias policiales de la Comisaría del Distrito de Sants dónde fue cerrado, esposado, en una habitación. Pocos minutos después, entraban seis agentes uniformados dentro de la habitación, uno de los cuales llevaba unos guantes. Durante aproximadamente diez minutos estuvo recibiendo puñetazos y puntapiés en varias partes del cuerpo, fue estrangulado contra la pared y recibió golpes en la cabeza al ser empujado contra una mesa. El joven perdía, a raíz del trato recibido en la Comisaría del Distrito por sus agentes, la capacidad auditiva en el oido derecho. Cuándo los agentes pararon la paliza, los miembros de la Brigada Provincial de Información se llevaron al joven hacia sus dependencias en la comisaría de Aiguablava, en Nou Barris.

Si nos centramos en la detención de los dos jóvenes de el Hospitalet, nos encontramos con otros excesos. Según la versión policial, Eudald y Ermengoll iban a gran velocidad en un ciclomotor, y cuando el vehículo policial les hizo señales para que pararan, ellos los intentaron esquivar subiendo a la acera e impactando contra dos motocicletas allá aparcadas. Según el mismo informe, los agentes declaran que los dos jóvenes pretendían huir pero se vieron imposibilitados por las heridas recibidas. La declaración de los dos jóvenes no puede ser más diferente. Según su declaración delante del juez, el coche patrulla que los siguió primero les deslumbró y después les embistió, hecho que provocó que su ciclomotor impactara contra los vehículos antes mencionados, poniendo en grave peligro sus vidas. Fruto de la acción de los policías, uno de los jóvenes presentaba una herida en el pie izquierdo y el otro contusiones graves en las cervicales y en la pelvis. Nos preguntamos hasta qué punto es justificable que unos agentes de policía pongan en peligro la vida de dos jóvenes basándose en unas informaciones difusas que hablan de dos personas que huyen del lugar de los hechos en motocicleta. Tras permanecer más de media hora inmovilizados en el lugar del accidente, los dos jóvenes fueron llevados en ambulancia y escoltados por vehículos policiales al Hospital Clínic dónde se les diagnosticó las contusiones y posteriormente conducidos por miembros de la Brigada de Información a las dependencias de Aiguablava.

Interrogatorios y Brigada Provincial de Información

En este punto de la explicación, tenemos a los tres detenidos en la comisaría de Nou Barris, nueva sede de la Brigada de Información. Este cambio de sede responde a la restructuración de los cuerpos policiales a raíz del traspaso de competencias a los Mossos de Esquadra, que hace que este cuerpo pase de ser Grupo VI a Grupo IV de la Brigada Provincial de Infromació (BPI). No podemos olvidar que esta no es la primera restructuración que padece este cuerpo, sólo tenemos que pensar en sus orígenes. La BPI es el nombre que recibe con la entrada de la democracia la antigua Brigada Político-Social, cuerpo del franquismo destinado a la represión política. Ni su conformación, ni su estructura, ni la impunidad con la que actúan o sus medios cambian con este cambio de regimen político. No podamos dejar de recordar aquellas palabras que lanzaba la juez de lo penal de la Sala 4 de Barcelona, cuando en su escrito de sentencia 101/99 respeto a la bicicletada contra los desalojos de aquel año, afirmaba: “Los informes de la policía parecen redactados por la desaparecida Brigada Político-Social del Franquismo�.

Como ejemplos podamos citar, sin ir muy lejos, algunas de las actuaciones de esta sección. Desde la presencia de infiltrados en marchas y manifestaciones (Banco Mundial el 2001) a casos de represión política clara. El caso de los detenidos de Viladecans el febrero del 2003, así como de los tres de Gracia en abril del 2002 o el de los jóvenes independentistas de Sants en septiembre del 2002 nos lo pueden ilustrar. En estos casos se producen detenciones de personas activas en los movimientos sociales acusándolos de conformar “bandas armadas� y de actos de sabotaje. En todos ellos las personas detenidas denunciaron torturas, amenazas y vejaciones por parte de la BPI, y en muchos de ellos las acusaciones eran no fundamentadas o con carencia de pruebas, basadas principalmente en autoinculpaciones extraídas en la comisaría.

Estas últimas detenciones no nos han mostrado ningún cambio en el talante y el modus operandi de esta sección. Las declaraciones de los jóvenes ante el juez nos lo demuestran. Los dos de el Hospitalet se desdijeron de la declaración policial delante del juez alegando los maltratos sufridos y el joven de Cornellà también denunció vejaciones por parte de los funcionarios de la BPI en su estancia en las depedencias de Aiguablava.

Relat de tortures a la comissaria de Aiguablava

Dani de Cornellà relataba como durante los interrogatorios los agentes le iban intimidando, insultando, sacudiendo y golpeando. En el caso de Ermengoll y Eudald, la cosa no quedó aquí. A uno de ellos le intimidaron poniéndole una pistola en la cara mientras le gritaban que si no firmava una declaración inculpatoria, le “pegarían un tiro entre ceja y ceja�. Además, durante los interrogatorios les obligaban a estar de pie durante horas, no se les permitía moverse de un cuadrado de unos 300 cm2; si lo hacían o se arrodillaban por no aguantar más, les pegaban. De hecho, uno de los chicos sufrió un desmayo a causa de esta práctica; le dejaron descansar un par de horas y continuaron con los interrogatorios. Sabemos de los métodos usados por la policía para no dejar rastro de sus maltratos: el uso de guantes, golpes en la cabeza, tirar del pelo, ahogar, golpes con guías telefónicas, el uso de mantas para golpear con objetos contundentes, no dejar dormir, no suministrar ni comida ni agua durante la detención o el uso mismo de la pistola o otros objetos intimidatorios.

Los tres jóvenes estuvieron sufriendo agresiones y amenazas los dos dias que permanecieron en dependencias policiales. Finalmente , Ermengoll y Eudald, de 19 i 18 años, ante las presiones firmaban una declaración donde se inculpaban de haber cruzado dos conenedores en la calle.

En el escrito del juez del 18 de octubre, en respuesta a la impugnación presentada por los abogados alegando torturas en las dependencias policiales, se puede leer:

“..., basta ver la relación de las lesiones contenidas en los dos partes (en referència als dos joves de el Hospitalet) de asistencia médica (el dia 4.10 en el Hospital Clínic y el dia 5 en el Vall de Hebró) y el reconocimeinto Forense practicado el dia 6 a los detenidos, ..., para constatar su coincidencia, debiendo por ello descartarse cualquier intervención fisica que a los agentes de policia pudiera atribuirse. Del mismo modo, el hecho de describir físicamente a los agente e incluso facilitar el número de placa de uno de ellos, nada indica más que se hallaban presentes durante la estancia de los detenidos en las dependencias policiales y ello no es, siquiera, indicativo de los malos tartos alegados.�

Nos parece significativo el hecho que en la declaración que los jóvenes hicieron delante del juez, negaran las acusaciones y alegaran torturas (facilitando incluso, como se puede desprender de la cita anterior, su descripción física y el número de placa) y presiones por parte de la policía para que firmaran la autoinculpación en la comisaría. El joven de Cornellà, al ser dejado en libertad, fue a un centro médico para ser sometido a reconocimiento con la intención de levantar en pocos días una denuncia por maltratos contra la BPI. Los dos jóvenes de el Hospitalet también están empezando a tramitar las denuncias por maltratos. Hace falta recordar que sobre este cuerpo, y sobre su jefe, pesan ya cuatro denuncias por torturas.

Legislación antiterrorista

Desde el primero momento que los tres jóvenes estaban en dependencias judiciales, la BPI les aplicó la Legislación Antiterrorista. Si hacemos memoria, podemos ver que en los últimos años ha habido montajes policiales y persecuciones bajo el paraguas de esta legislación (Vallès 1997, Torà 2003, València 2003, Viladecans 2003). Con la última reforma aprobada por el PP, el agravante de terrorismo en un delito (que en su definición equipara, des de una ruptura de crsitales o cruzar unos contenedores hasta los atentados del 11-M en Madrid), supone la capacidad de retener de forma incomunicada a una persona durante cinco días en dependencias policiales, incluso el traslado a Madrid. Muchas han estado las veces que organismos nacionales e internacionales han denunciado la situación de indefensión en la que se encuentra una persona bajo esta legislación, y muchas las veces que se han denunciado torturas y maltratos en estos periodos.

En el caso de que nos ocupa, la BPI pidió que se aplicara esta legislación, que tiene que ser aceptada por la Audiencia Nacional. La petición de la BPI a la Audiencia Nacional alegaba que los detenidos constituyen una “banda armada�, pero la Audiencia no consideró que hubiera fundamentos legales que lo apoyaran. Aún así, la portavoz de la Policía Nacional en Catalunya se tomaba la libertad de llamar a los medios escritos el día 4 por la noche afirmando que: “ Mañana los llevamos en Madrid, las aplicamos la antiterrorista. ... Si no lo ponéis la vais a cagar.� El resultado de todo era que a las 14h del día 4, la BPI tuvo que suspender la incomunicación de los detenidos, que mantenía desde las 4 de la mañana, al ser rechazada su petición. Pese a no conseguirlo, la BPI hizo todo lo posible por alargar la detención, primero, y el internamente a la prisión de los dos jóvenes después, (práctica también habitual), aduciendo que todavía no tienen en su poder pruebas suficientes pero que en pocos días las podrán conseguir, o que los acusados pueden hacer desaparecer pruebas si se les deja en libertad. Un ejemplo cercano lo tenemos en las detenciones que se hicieron en Terrassa el febrero de 1997, cuando la policía afirmaba que era necesaria la aplicación de la legislación antiterrorista para tener tiempo por recoger pruebas definitivas. Tras pasar unas horas, uno de los jóvenes queda en libertad sin cargos, denunciando torturas. Los otros tres jóvenes permanecieron dos días más detenidos y quedaron en libertad con cargos. Aun cuando la BPI lo intentó, ninguno de los jóvenes fue en Madrid.

Más prácticas ilegales

Creemos que es momento por fijarnos en otra cuestión. La BPI tenía en su poder un expediente abierto en qué se intentaba dar una explicación policial y inculpatoria de los tres jóvenes en los hechos. En este expediente se encontraban fotografías y datos de más de una treintena de personas vinculadas a los movimientos sociales de varios barrios y pueblos de la cercanía de Barcelona. Durante los dos días que los tres jóvenes estaban en comisaría, este fue el expediente que continuamente enseñaban a los detenidos, preguntando sobre estas personas, sobre su relación con los detenidos y señalando a algunas con la intención de que las inculparan en los hechos. Cuándo los detenidos se negaban a reconocer a las personas señaladas los maltratos iban en aumento.

La BPI perseguía una declaración inculpatoria sobre algunas personas en concreto. Es triste que pensemos que esto puede ser normal o habitual, que lo es, dado que es reflejo del control social y de la impunidad con la que actúa la BPI. Pero es más relevante el hecho de que mucha de la información que constaba en aquel expediente es ilegal. Y lo es en cuanto que la BPI o cualquiera otra sección de la policía no puede posseïr información (ni en imágenes ni escrita) de ninguna persona que no haya sido “fichada�, es decir, sobre la que no haya ningún expediente policial abierto por algún delito. Muchas de las personas que aparecían en la documentación policial no tenían ni tienen ninguna causa abierta, por el que la BPI no tendría que tener ninguna información de ellas, cosa que ya hemos visto que no sucedía. Es sólo un hecho más que nos ayuda a ver su impunidad y el seguimiento al que se ven sometidas muchas personas por el hecho de participar en movilizaciones o actos o de simpatizar con determinadas ideas.

Presiones sobre el juez

Podemos pensar que el papel de la BPI acabó cuándo los detenidos pasaron a disposición policial, pero no fue así. Cuándo el juez hizo la primera vista, en la que decretó prisión preventiva para los jóvenes de l’Hospitalet en espera del informe fiscal, parecía que el encarcelamiento seria cosa de dos días, como el mismo juez afirmó a los abogados. Pero la BPI efectuó visitas al juzgado en las que presionó por tal que no los dejara en libertad. Tenemos que tener en cuenta que la prisión preventiva es una medida muy grave que tiene que estar altamente justificada y la petición fiscal que recae sobre los jóvenes encarcelados (daños y desórdenes) no es de suficiente gravedad por justificar legalmente un encarcelamiento. Además, tampoco hay suficientes pruebas por justificar esta medida cautelar como esta. Esto nos hace pensar que estas presiones también se han dirigido hacia la fiscalía, que con su informe final ratifica la petición de prisión por unos delitos menores que nunca habían supuesto prisión preventiva, pero en este caso si.
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ACTUACIÓN JUDICIAL: El papel del juez

Si antes hacíamos un recorrido que intentaba señalar las irregularidades por parte de la policía en la detención y tratamiento dado a los detenidos, ahora nos desplazamos hacia la actuación del juez, el Sr. J.A. Ramírez Sunyer, de la Sala nº13 de los Juzgados de Instrucción de Barcelona, también llena de rincones oscuros.

No reconocimiento de las torturas

Primero, tenemos que el juez desestimó en todo momento la alegación que hicieron Ermengoll y Eudald cuando afirmaron que las declaraciones inculpatorias que firmaron en dependencias policiales estaban hechas bajo tortura. Asimismo, el juez no atendió a las heridas que presentaba el joven de Cornellà y que eran signos evidentes del trato recibido a la comisaría.

También obvió el hecho que ninguno de los jóvenes tuviera antecedentes penales que pudieran hacer pensar en reincidencia o de otros agravantes. El juez, pues, daba credibilidad absoluta a la versión policial y giraba la cara ante la evidencia de torturas. Además, cuando tras la primera vista dicta la libertad con cargos para el joven de Cornellà y prisión para Ermengoll y Eudald, argumenta que el primero no había declarado nada, mientras que los segundos sí, y que ello quería decir algo. Lo que quiere decir es que se encarcela a dos personas a quienes hacen firmar una declaración mientras los vejan y maltratan y que el peso se pone en la declaración y no en las torturas.

Criminalización de la precariedad

En el escrito en qué el juez dicta prisión provisional a la espera del informe fiscal, aparecen más cuestiones. Los argumentos que da el juez son que los dos jóvenes no tienen ni domicilio ni trabajo fijo, es decir, que están “desarraigados�, y esto le lleva a decir que hay riesgo de fuga o de que dificulten la investigación. En realidad los dos jóvenes pertenecen a los movimientos sociales de l’Hospitalet y participan en centros sociales de su barrio. Se puede pensar que esto indica de forma suficiente su arraigo a la ciudad. Uno de ellos, si bien no trabaja, si que está estudiando un módulo profesional; el otro tiene un contrato en una empresa de trabajos verticales. Lo que se puede desprender del informe judicial puede tener, pues, dos razones: o justificar de alguna manera su decisión, tomada a raíz de las presiones de la BPI; o afirmar que la precariedad en la que vivimos muchos jóvenes, con dificultades para encontrar trabajo estable o una vivienda digna, es un motivo que puede llevarte a la prisión.

El castigo ejemplar

Pero no sólo esto: al finalizar la primera vista, el juez hizo acudir al abogado de los jóvenes encarcelados y le dijo que informara a los familiares que en pocos días saldrían a la calle, puesto que su decisión respondía a una voluntad de escarmiento, a forma de ejemplo, hasta que se supiera algo del informe fiscal. Sorprende esta postura cuándo se está enviando a dos jóvenes de 18 y 19 años a prisión bajo la acusación de daños y desórdenes, delitos que nunca se resuelven finalmente con peticiones de prisión, y todavía menos de prisión provisional mientras el caso se resuelve. El mismo día 6, los abogados presentaban una impugnación a la orden dictada por el juez pidiendo que se tuviera en cuenta el hecho de las torturas por parte de la policía.

Diez días más tarde, el dia 15, la fiscalía presenta su escrito de conclusiones al juez en el que se ratifica en la petición de los dos delitos (daños y desórdenes públicos) y se desestiman finalmente los cargos de asociación ilícita o de estragos o incendio. Pero el juez parece que vuelve a obviar esto y da crédito a la versión de la BPI, que lo visita en estos días, y desestima la impugnación hecha por los abogados el mismo día 6. Reproducimos un fragmento del escrito judicial para poder ver los razonamientos del juez:

“Por lo que a la “presión psíquica� se refiere, resulta sorprendente que afectara únicamente a los dos recurrentes ya que, habiendo sido también alegada por XXXXXXXXX (en referencia al joven de Cornellà), éste no “sucumbiera� a la misma toda vez que ni prestó declaración comisaria ni sufrió mal alguno en respuesta a su pretendida negativa a la autoinculpación; por ello debe concluirse que tal “presión� fue inexistente o que la extrema debilidad de la voluntad de los recurrentes provocó en ellos un estado subjetivo de temor que no puede viciar de nulidad las diligencias pretendidas. No obstante, debe ya significarse que los reconocimientos fotográficos nada modifican la intervención de los recurrentes en los hechos que se le imputan y, consecuentemente, ninguna relevancia tienen en orden a la pretendida modificación de su situación personal.�

Así, contra sus propias palabras, el magistrado Ramírez Sunyer ratifica el día 18 la orden de prisión preventiva sin fianza por los dos jóvenes de l’Hospitalet.

Presión policial: Influencia sobre las decisiones judiciales

Podemos ver como en este caso la presión ejercida por la BPI sobre el juez ha sido determinante para la situación actual de los dos jóvenes. Este no es un hecho que nos sorprenda, más bien el contrario, encontramos que es un hecho habitual en los casos de represión política. A la vez, observamos como en otros casos, ésta no se efectúa, como en el caso del explosivo estallado en las Cotxeres de Sants el marzo del 2001, el día antes de la celebración de un acto antirepressiu, colocado por un grupo de ideología nacionalsocialista. El expediente judicial y policial hablan de “un grupo de amigos que comparten ideología�, que por la colocación de un artefacto explosivo se pasaron un mes a la prisión; uno de ellos es hijo del conocido subhastador Alberto Royuela.

Incluso nos encontramos con casos en los que la BPI colabora activamente haciendo variar la versión oficial, el lenguaje que se utiliza o restando importancia a determinados hechos, como en el caso que ahora explicaremos. Este caso nos ayudará además a entender el doble rasero aplicado desde los juzgados. Nos situamos en las fiestas de Gracia de agosto de este año 2004. La primera noche de fiestas, un activista del movimiento okupa del barrio es agredido por un grupo de skinheads de ideología neonazi, recibe una puñalada en el cuello con un puño americano al cual le habían añadido un arpón y queda en estado muy grave ingresado en el hospital, del cual aun no ha salido. La Policía detiene al grupo de agresores, y uno de ellos declara ser el autor de la puñalada. Todos ellos quedan en libertad con cargos de lesiones después de dos días, excepto el autor, que queda en prisión preventiva acusado del mismo delito. La Policía, dos días después de la agresión, cambia su informe y deja de hablar de una arma mortal de fabricación casera por hablar de un “pequeño cuchillo� y pasa de hablar de una agresión a una “pelea entre bandas rivales�. Además la policía añade en su informe que se han perdido pruebas, que aun se están buscando. El autor de los hechos pasó ocho días en prisión preventiva y ahora ya está en la calle acusada de un delito de lesiones. Y aquí es dónde vemos el doble rasero, porqué en el caso de Eudald y Ermengoll, tenemos que dos jóvenes confiesan bajo tortura haber cruzado en la calle dos contenedores y ya llevan des del día 6 de octubre en prisión preventiva. No queremos hacer un agravio comparativo que nos traiga a legitimar el uso de prisión en un caso y el otro no, sino que lo que estos dos casos nos muestran es la capacidad de influencia de la BPI y de el resto de cuerpos de seguridad sobre las decisiones judiciales cuando se trata de casos relacionados con miembros activos de los movimientos sociales.
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ESTANCIA EN PRISIÓN

Cómo hemos dicho, desde el día 6 de octubre, los dos jóvenes se encuentran internados en el Centro Penitenciario de Menores de la Trinitat. Las primeras dos semanas permanecieron en el módulo de ingresos, hasta que dos días después del escrito judicial del 18 de octubre, los trasladaron a un módulo de internos. Las semanas que han pasado no han sido nada fáciles para los dos jóvenes. Desde un primero momento, la dirección del Centro les hizo saber que su estancia no seria nada tranquila.

Presiones y amenazas

Dos días después de su ingreso, las movilizaciones de apoyo se ponían en marcha. El viernes día 8 se convoca la primera marcha para pedir su libertad inmediata, que recorre Barcelona desde la plaza Universidad hasta las puertas del Centro Penitenciario (CP). Las movilizaciones siguen con concentraciones delante de la prisión el día 11 y el día 14. Pero el día 13 se recibió una llamada de uno de los chicos a sus familiares en la que pedía que no se realizaran más actos delante del centro. Esto respondía a las presiones que los funcionarios de la prisión estaban empezando a ejercer sobre los dos jóvenes y que se traducían en varias acciones. Por una parte, las amenazas directas a los dos jóvenes, diciendo que si seguían los actos, su estancia allá sería cada día más larga y más difícil. A la vez, otros funcionarios se dedicaron a crear un ambiente hostil hacia los jóvenes dentro del CP: los informaron que si seguía habiendo movilizaciones, dejarían a un módulo entero sin ducha y patio durante un día. Así, ante este estado de intimidación y amenaza, las movilizaciones ante la prisión tuvieron que acabar. Este hecho tampoco ha provocado que se pararan las agresiones por parte de algunos internos y/o funcionarios. Una noche, al llegar a su celda, los jóvenes encuentran como habían vaciado dos botellas de lejía dentro la misma y tenían que dormir allá.

Hasta el día de hoy, sabemos que su situación dentro el centro es de tensión relativa y que el día 28 de octubre, la dirección decidió separar a los dos jóvenes en celdas diferentes, aumentando así su situación de aislamiento.
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BASTA DE REPRESIÓN A LOS MOVIMIENTOS SOCIALES. PAREMOS LA IMPUNIDAD POLICIAL

Todo el que aquí hemos explicado no nos viene de nuevo; es una situación que los movimientos sociales vivimos, lamentablemente, de forma regular. Nuestra cotidianidad nos hace darnos cuenta que hay un cuerpo de policía, que no olvidamos que obedece a directrices políticas, destinado a la represión de los movimientos sociales y que cualquier persona con una estética determinada, con una situación social concreta (joven, precario, inconformista) puede pasar a ser sospechosa de cualquier acción contestataria punible.

Con el llegada el año 96 del PP al poder, con García Valdecasas como máximo exponente en Catalunya, el crecimiento de la actividad política de denuncia por parte de los movimientos sociales viene acompañado por una fuerte campaña de criminalización y persecución policial contra los mismos. Del año 96 al 2001 se producen cerca de 550 detenciones relacionadas con actos de protesta por parte de los colectivos de la ciudad. Estas acciones policiales acostumbran a venir acompañadas de una grande prepotencia policial, con detenciones masives, arbitrarias y poco justificables, como el caso de la entrada de la policía en campus de la Universidad Autónoma. Nos encontramos también casos de montajes policiales construidos de manera un tanto zafia, como el caso de las detenciones tras la bicicletada contra el desfile militar.

A partir de aquí, hay un cambio en la estrategia represiva de la BPI, que irá más destinada a la persecución de miembros activos que sobre el conjunto de las personas que participan en las luchas sociales. La utilización de ficheros ilegales, identificaciones, seguimientos personales, infiltración, pinchazos telefónicos, control a través de internet y la video-vigilàcia son algunos ejemplos y tienen el objetivo de obtener información, hacer entrar miedo a la gente y extender la sensación de control total. Se observa también un cambio en la realización de unos informes policiales mucho mejor elaborados, y posteriormente filtrados a la prensa, con la obsesión por relacionar el conflicto de Euskal Herria con personas y hechos que aquí pasan (como también ha pasado en este caso). Así nos encontramos en abril del 2002 el primer caso del que acabará siendo el denominador común a las detenciones políticas a partir de entonces: detenciones selectivas de personas vinculadas a los movimientos sociales con fuertes presions policiales durante su estancia en comisaria que a menudo han conseguido la autoinculpación de los detenidos, pese a que esta ha sido negada en los juzgados y se han denunciando torturas durante los interrogatorios. Otro denominador común de estos casos es que las pruebas sobre las que se basa la acusación son únicamente estas autoinculpaciones.

- Los tres jóvenes de Gràcia: Abril del 2002. La BPI, a raíz de la detención de un joven acusado de quemar un cajero automático, realiza siete detenciones más de personas vinculadas a la izquierda independentista de Barcelona. Los acusa, sin pruebas, de formar un supuesto grupo para atacar entitades bancarias, aun cuando algunos de ellos no se conocen. El primero de los detenidos pasó un mes en la prisión de la Trinitat, otros 4, menores de edad, fueron puestos en libertad sin cargos horas después de su detención. Los otros tres jóvenes, militantes de la Assemblea de Joves de Gràcia y que no tenían vinculación con ninguno de los otros detenidos, quedaron en libertad con cargos aun y no tener ninguna prueba inculpatoria contra ellos. Durante su detención padecieron agresiones físicas, amenazas y vejaciones. Mientras tanto, la BPI registraba el local de la AJG de forma ilegal. Al salir de la comisaría, los tres pusieron una denuncia contra los agentes que les habían detenido e interrogado por maltratos y detención ilegal, denuncia que está en curso a horas de ahora. La fiscalía pidió que el caso se llevara a Madrid, a la Audiencia Nacional, dado que consideraba, sin ninguna prueba y únicamente fundamentándose en unas declaraciones extraídas bajo tortura al primero de los detenidos, que existía un agravante de “terrorismo�. La Audiencia, como en el caso de los jóvenes de l’Hospitalet, denegó la petición.

- Los tres jóvenes de Sants: Septiembre del 2002. Una persona es detenida bajo el acusación de haber atacado varias sedes bancarias el diciembre anterior. Tras los primeros interrogatorios son detenidas dos personas más, todas ellas vinculadas al tejido social del barrio. Todos ellos se autoinculpan en comisaria. El trato de la prensa en este caso intentó relacionar los hechos con una supuesta grupo de apoyo a ETA. Después de interponer una denuncia a juzgados, todos los diarios tuvieron que rectificar publicamente sus informaciones. También interpusieron una denuncia por maltratos que está siendo investigada.

Otro salto cualitativo se produce a partir del momento en que la BPI empieza a tipificar algunos delitos (hasta el momento delitos ordinarios) como terrorismo y a aplicar de forma sistemática en estas situaciones la legislación antiterrorista:

- Viladecans: Febrero 2003: Tres detenidos en Viladecans, uno en Sant Adrià del Besòs y otro a Almería son acusados por el juez Garzón de colaboración con banda armada y de tirar artefactos incendiarios a cajeros y a otros establecimientos durante los años 2001 y 2002. Bajo la ley antiterrorista son incomunicados e interrogados en las dependencias de Vía Laietana. Tras declarar a la Audiencia Nacional, cuatro de ellos quedan en libertad y uno ingresa en prisión, de la que sale al cabo de unos días.

- Torà: Abril del 2003: Las detenciones que los Mossos de Escuadra efectuaron en Torà (Lleida) a raiz de unos sabotajes son una evidencia que la llegada del nuevo cuerpo de policía autonómica no cambiará demasiado las cosas. En aquel caso, 3 jóvenes padecieron interrogatorios y torturas por parte de la Brigada de Información de los Mossos. Todos ellos presentaron denuncias contra los agentes por maltrato. El caso más notable es el de Jordi, que tuvo que ser trasladado al hospital enmedio de un interrogatorio a causa de un ataque de ansiedad. En unos análisis de sangre efectuadas al hospital encontraron a la sangre restas de amfetamina (un excitante muy fuerte), que los agentes habían disuelto en el agua que le ofrecían mientras le interrogaban. Antes de su despliegue total, los Mossos ya empiezan a acumular denuncias, no sólo por su trato en casos de represión política, sino también por casos tan oscuros como los marroquíes que murieron calcinados en dependencias de los Mossos en haber un incendio y no poder salir de las celdas.

- Anarquistas BCN. Septiembre 2003: También la Guardia Civil utiliza los mismos métodos con los mismos objetivos. En septiembre del 2003, fueron detenidas seis personas bajo la ley antiterrorista acusadas de formar parte de un grupo anarquista que había enviado un paquete bombea a la embajada griega en Madrid, así como de varios delitos de sabotaje. Según el sumario algunos de ellos están acusados de tenencia de armas y de un supuesto delito de conspiración para el asesinato. 5 de ellos acabaron en prisión preventiva después de haber denunciado fuertes torturas durante los interrogatorios padecidos a las dependencias de la Benemérita.
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CONCLUSIONES

El papel de la BPI

El objetivo de este dossier es poner sobre la mesa una realidad; la impunidad con la que actúa la Brigada Provincial de Información y el uso sistemático por parte de esta de la tortura en los interrogatorios. Creemos que la BPI no actúa bajo los parámetros meramente policiales sino que obedece a sus propias directrices políticas. Para la BPI, un buen escenario represivo sería uno cercano al del País Vasco, encaminando todos sus pasos en esta dirección con una escalada represiva que se endurece con cada caso que sucede, como hemos señalado en este dossier. También mencionar la obsesión por tender puentes entre lo que pasa aqui y en Euskadi, como no se cansaba de repetir la exdelegada del Gobierno en Catalunya Julia Garcia Valdecasas, inspiradora de la actual línea represiva de la brigada.

El interés político de este cuerpo (BPI) se deja ver, por ejemplo, con los medios con los que cuenta: más de 60 agentes, toda una comisaría para ellos, así como fondo ilimitados con los que pagan su red de confidentes e infiltrados... Otro aspecto preocupante es la omisión sistemática que hacen los jueces ante las denuncias de torturas a la hora de tomar decisiones judiciales que pueden suponer el ingreso en prisión. Nos alarma la capacidad de la brigada –que como intentamos demostrar en este dossier es parte interesada y ni mucho menos objetiva- para ejercer presiones sobre el juez argumentando que en los próximos días pueden surgir nuevas pruebas que impliquen los acusados. Encontramos muy importante señalar que en todos los casos en el que la BPI ha obtenido autoinculpaciones durante el periodo de detención, más tarde delante de los jueces se han negado los hechos y se han denunciado torturas. Queremos hacer una reflexión: qué es lo que hace que una persona se autoinculpe de unos hechos en comisaría, recibiendo, teóricamente, un trato que no vulnere sus derechos, y después ante el juez se nieguen los hechos que antes reconocían ante la policía? Creemos que es negar la evidencia negar que alguien, “algo� o “algunos hechos� han obligado al detenido a declararse culpable.

También nos gustaría decir que en los tiempos en los que nuestra clase política se escandaliza de los casos de tortura denunciados en países como Irak o el trato recibido por los prisioneros de Guantánamo, no sólo no se investigue aquí estos hechos sino que se nieguen y se apoye pública e incondicionalmente a la BPI, el jefe de la cual (conocido como Jordi) acumula ya cuatro denuncias por torturas. Torturas que, recordamos, han sido denunciadas por organismos como el Observatorio de Derechos Penales, el Colegio deAbogados de Barcelona, Amnistía Internacional o la ONU. Denuncias abaladas por la aceptación por parte del Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo de la demanda contra el Estado Español por las torturas recibidas por los independentistas detenidos durante la Operación Garzón en 1992.

Mientras se acaba de escribir este dossier este tribunal ha condenado al estado español a indemnizar a los independentistas detenidos el 1992 por no haber investigado las denuncias por torturas padecidas por estos durante su detención. También, al mismo tiempo, la Audiencia Nacional absuelve a Zigor Larredonda y Laura Riera de participar en el asesinato del regidor del PP de Viladecavalls. Todas estas personas se habían autoinculpat en comisaría, habían negado su declaración delante del juez y habían denunciado torturas.

Uso de la prisión

Esta impunidad policial se hace eco en la complicidad judicial. Como se ha visto en este caso, la decisión judicial de encarcelamiento está tomada bajo unos parámetros más que discutibles: delitos menores, declaraciones bajo torturas, desarraigo social y precariedad laboral. Entendemos que este auto de prisión provisional sin fianza es un castigo para aquellos que participan de los movimientos sociales de base, y responde a presiones policiales y políticas. Es la única respuesta que podemos encontrar ante el hecho que dos jóvenes sin antecedentes y con cargos menores como desórdenes y daños, estén en prisión a la espera de un juicio que, según la jurisprudencia, no tiene por que comportar penas de privación de libertad. Entendemos, pues, que en este caso se está haciendo una utilización desmesurada de este tipo de castigo dado que no se corresponde la pena con el delito. Quizás esto no nos ha de extrañar en un estado como el español, que está internacionalmente reconocido como uno de los estados que padece el problema de la masificación en todas las prisiones, precisamente por el uso abusivo que se hace de las mismas.

Por todo ello exigimos la libertad inmediata de los dos jóvenes de Hospitalet encarcelados desde el 6 de octubre, la absolución de los cuatro encausados y la revisión del procedimiento policial y judicial puesto que entendemos que ha vulnerado los derechos más elementales de las personas como su presunción de inocencia, su integridad física, psíquica y moral. También la desaparición de brigadas políticas dentro los cuerpos policiales, entendiendo que sólo tienen cabida en periodos de oscurantismo político.

CONVOCAMOS A:

- EL ACTO POR SU LIBERTAD INMEDIATA Y CONTRA LA REPRESIÓN A LOS MOVIMIENTOS SOCIALES EL S�BADO D�A 13 A LAS 11.30H EN EL LOCAL DE LA PARROQUIA DE SANT MEDIR (c/Constitución nº17 metro Plaza de Sants)

- MANIFESTACIÓN CON EL MISMO LEMA EL S�BADO D�A 13 DE NOVIEMBRE A LAS 17H A LA Pl. UNIVERSIDAD
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ANEXOS
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1.- Carta del padre de Eudald al Pleno del Ayuntamiento de Callús (20/10)

EXPOSICIÓN DE LA DETENCIÓN I ENCARCELAMIENTO DE DOS JÓVENES DE EL HOSPITALET

El pasado 4 de octubre, mientras circulaban en motocicleta por la calle Constitución de Barcelona, Eudald B.G. y Ermengoll M.M. (de 18 y 19 años respectivamente), fueron interceptados por un coche policial que los embistió haciéndolos caer, resultando uno de ellos herido. Una vez en el suelo los jóvenes fueron detenidos a punta de pistola. La policía buscaba los responsables de un ataque cometido aquella misma noche contra la comisaria de la policía nacional de Sants-Motjuïc.
Una vez detenidos fueron trasladados al Hospital Clínic dónde, segundos manifiestan los chicos, la policía inició una tanda de maltratos físicos, que continuaron hasta la llegada a comisaría. Allá fueron interrogados, golpeados y amenazados de muerte con una pistola que les llevó a firmar una declaración autoinculpatòria de haber volcado un contenedor y que posteriormente fue negada ante el juez así como denunciados los maltratos y los métodos policiales. Durante el transcurso de los interrogatorios la Brigada de Infromació de la policía nacional intentó, dos veces, que la Audiencia Nacional les aplicara la Ley Antiterrorista por tal de alargar el periodo de incomunicación e impedir el derecho de defensa de los chicos. En las diligencias previas en el juzgado nº 13 de Barcelona, el juez decretó prisión provisional comunicada y sin fianza. La argumentación del juez fue la declaración autoinculpatòia de los chicos de haber tumbado un contenedor de basura a la vía pública. El juez presentó el ingreso en prisión como una medida de escarmiento que se alargaría como máximo una semana.

La BPI presionó al juez por tal de seguir las investigaciones y el día 18 de octubre éste denegó el recurso de la defensa, denegando así la libertad bajo fianza aunque no hubiera ninguna prueba inculpatoria. De ahí que y como consecuencia directa el caso ha pasado automáticamente a la Audiencia Provincial (es decir, la prisión preventiva se puede alargar hasta el día del juicio).
Hace falta remarcar que es inusual que bajo los cargos de un delito de desórdenes públicos y de un de daños haya una orden de prisión preventiva; si añadimos que los jóvenes han demostrado que están arraigados a la población, tienen un trabajo estable y están vinculados a diferentes entidades sociales y culturales de l’Hospitalet y de Callús, ésto por si solo deshace la presunción de fuga. Como familiares y amigos de los dos jóvenes de esta ciudad queremos manifestar ante este Pleno de el Ayuntamiento:

1.- Que no se ha tenido en cuenta en ningún momento la presunción de inocencia de los dos jóvenes y por lo tanto, les pedimos que se posicionen por tal de hacer las gestiones necesarias para que sean puestos en libertad en espera de tener un juicio justo; y mientras no se dé esta situación, también les pedimos que se preocupen por la salud y el estado de los dos jóvenes.

2. Denunciamos también los métodos policiales que imperan todavía en nuestro pais que no difieren en nada de un pasado negro que no queremos que se repita y por lo tanto, les pedimos que realicen las gestiones necesarias según la ley para que la justicia abre una investigación de oficio de las torturas físicas y psicológicas manifestadas por los jóvenes detenidos y denunciadas ante el juez.
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2. Fax enviado a los juzgados (10/10)

A la atención del Juzgado núm. 13 de Barcelona,

En relación a las diligencias previas núm. 4733/04-B, y especialmente a la resolución de prisión preventiva para dos jóvenes de l’Hospitalet, (la asociación, grupo o colectivo) abajo firmante querría manifestarle:

- nuestra total consternación ante la medida dictada y nuestra total indignación ante la actuación policial, las torturas físicas y psicológicas padecidas por los tres jóvenes y el periodo de incomunicación al que han sido sometidos.

- nuestras sinceras dudas sobre que toda esta operación no sea, otra vez, un nuevo montaje policial de la Brigada de Información contra movimientos sociales de cariz popular y reivindicativo, atendida la participación de los tres jóvenes detenidos en colectivos sociales, culturales y políticos de sus ciudades y las irregularidades cometidas por la policía.

por todo esto le pedimos:

- la puesta en libertad de los dos jóvenes que actualmente se encuentran encarcelados.
- la investigación de oficio de las torturas y amenazas de la policía denunciadas por los tres jóvenes detenidos.

El firmante:
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3. Formularios de adhesiones de personas y entidades

LLAMAMIENTO A LA SOLIDARIDAD ANTE El INGRESO EN PRISIÓN DE DOS JÓVENES DE L’HOSPITALET

Companeros y compañeras,

Nos dirigimos a vosotros, que formáis parte del entramado de colectivos, entidades y organizaciones sociales, porque la gravedad de la situación que explicaremos a continuación requiere del apoyo de todos y todas con tal de hacerle frente. Aquí os aportamos toda la información en lo referente a este capítulo represivo y os pedimos vuestra implicación.

A raíz del lanzamiento de un cóctel molotov contra la comisaría de Santos la madrugada del 4 de octubre,aquella misma noche fueron detenidas, aisladas y maltratadas física y psicológicamente tres personas vinculadas al tejido asociativo de l’Hospitalet, Barcelona y Cornellà. Tenemos que aclarar que la sede de la comisaría de Sants no padeció prácticamente ningún desperfecto, y tampoco se produjo ningún daño contra personas.

Durante el transcurso de los interrogatorios y las torturas, la Brigada de Información de la Policía Nacional intentó que la Audiencia Nacional les aplicara la Ley Antiterrorista. Con esta medida pretendían alargar el periodo de incomunicación con la excusa de continuar una investigación policial sin interferencias ni derecho de defensa para los chicos. Tras golpearles repetidamente y amenazarles de muerte con una pistola, la policía consiguió que dos de ellos firmaran una declaración autoinculpatòria. Aun cuando en juzgados negaron las declaraciones que habían hecho en comisaría, y denunciaron maltratos, el miércoles 6 de octubre, el juez ordenó el ingreso a prisión de dos de ellos legitimando como siempre, y una vez más, los métodos policiales.

Hace falta remarcar que es inusual el hecho que bajo los cargos de daños, desórdenes públicos y resistencia a la autoridad haya una orden de prisión preventiva. Entendemos que esta medida responde a un supuesto escarmiento hacia ellos.

Pese a que el juez presentó la situación de ingreso en prisión como una medida que se alargaría como máximo una semana, la situación actual es más complicada. La Brigada de Información ha sido presionando insistentemente al juez por tal de seguir con las investigaciones. De ahí que ha denegado el recurso de la defensa y como consecuencia directa el caso pasa automáticamente a la Audiencia Provincial, es decir que la prisión preventiva se puede alargar hasta el día del juicio.

Mientras que por daños materiales nuestros compañeros están privados de libertad (aun cuando se tiene que seguir respetando su presunción de inocencia), el responsable de una agresión fascista que se produjo durante las pasadas fiestas de Gracia con el resultado de una persona en estado mucho grave ingresada en el hospital, ha salido en libertad bajo el simple cargo de "lesiones". Esto demuestra que la justicia tiene un doble rasero. Mientras los fascistas del 12 de octubre siguen haciendo su acto bajo protección oficial y policial, la gente detenida durante la manifestación antifascista del '99 están a punto de entrar en prisión. Mientras los ladrones de "guante blanco" disfrutan de regímenes privilegiados, las prisiones están llenas de gente cuyo delito de es el de ser pobres.

Pedimos la libertad para este jóvenes, el respeto a su presunción de inocencia, el derecho a la intimidad y a la propia imagen.

¿QUÉ PODÉIS HACER DESDE LOS VUESTRAS ESPACIOS DE LUCHA?:
- Difundir y denunciar el tema mediante charlas, publicaciones y acciones a la calle.
- Convocar a la MANIFESTACIÓN DEL 13 DE NOVIEMBRE A LAS 17 HORAS EN LA PLAZA UNIVERSITAT DE BARCELONA
- Colaborar económicamente con la campaña de apoyo. El número de cuenta es el siguiente: BBVA 01822120000201536963
- Estar pendientes de las próximas convocatorias y nuevas informaciones.

SOLIDARIDAD ANTE EL INGRESO EN PRISIÓN DE DOS JÓVENES DE HOSPITALET

A raíz del lanzamiento de un cóctel molotov contra la comisaría de Santos la madrugada del 4 de octubre,aquella misma noche fueron detenidas, aisladas y maltratadas física y psicológicamente tres personas vinculadas al tejido asociativo de l’Hospitalet, Barcelona y Cornellà. Tenemos que aclarar que la sede de la comisaría de Sants no padeció prácticamente ningún desperfecto, y tampoco se produjo ningún daño contra personas.

Durante el transcurso de los interrogatorios y las torturas, la Brigada de Información de la Policía Nacional intentó que la Audiencia Nacional les aplicara la Ley Antiterrorista. Con esta medida pretendían alargar el periodo de incomunicación con la excusa de continuar una investigación policial sin interferencias ni derecho de defensa para los chicos. Tras golpearles repetidamente y amenazarles de muerte con una pistola, la policía consiguió que dos de ellos firmaran una declaración autoinculpatòria. Aun cuando en juzgados negaron las declaraciones que habían hecho en comisaría, y denunciaron maltratos, el miércoles 6 de octubre, el juez ordenó el ingreso a prisión de dos de ellos legitimando como siempre, y una vez más, los métodos policiales.

Hace falta remarcar que es inusual el hecho que bajo los cargos de daños, desórdenes públicos y resistencia a la autoridad haya una orden de prisión preventiva. Entendemos que esta medida responde a un supuesto escarmiento hacia ellos.

Pese a que el juez presentó la situación de ingreso en prisión como una medida que se alargaría como máximo una semana, la situación actual es más complicada. La Brigada de Información ha sido presionando insistentemente al juez por tal de seguir con las investigaciones. De ahí que ha denegado el recurso de la defensa y como consecuencia directa el caso pasa automáticamente a la Audiencia Provincial, es decir que la prisión preventiva se puede alargar hasta el día del juicio.

Mientras que por daños materiales nuestros compañeros están privados de libertad (aun cuando se tiene que seguir respetando su presunción de inocencia), el responsable de una agresión fascista que se produjo durante las pasadas fiestas de Gracia con el resultado de una persona en estado mucho grave ingresada en el hospital, ha salido en libertad bajo el simple cargo de "lesiones". Esto demuestra que la justicia tiene un doble rasero. Mientras los fascistas del 12 de octubre siguen haciendo su acto bajo protección oficial y policial, la gente detenida durante la manifestación antifascista del '99 están a punto de entrar en prisión. Mientras los ladrones de "guante blanco" disfrutan de regímenes privilegiados, las prisiones están llenas de gente cuyo delito de es el de ser pobres.

La entidad abajo firmante pide la libertad para estos jóvenes, el respeto a su presunción de inocencia, el derecho a la intimidad y a la propia imagen

Sello de la entidad o firma de su representante:

SOLIDARIDAD ANTE EL INGRESO EN PRISIÓN DE DOS JÓVENES DE HOSPITALET

A raíz del lanzamiento de un cóctel molotov contra la comisaría de Santos la madrugada del 4 de octubre,aquella misma noche fueron detenidas, aisladas y maltratadas física y psicológicamente tres personas vinculadas al tejido asociativo de l’Hospitalet, Barcelona y Cornellà. Tenemos que aclarar que la sede de la comisaría de Sants no padeció prácticamente ningún desperfecto, y tampoco se produjo ningún daño contra personas.

Durante el transcurso de los interrogatorios y las torturas, la Brigada de Información de la Policía Nacional intentó que la Audiencia Nacional les aplicara la Ley Antiterrorista. Con esta medida pretendían alargar el periodo de incomunicación con la excusa de continuar una investigación policial sin interferencias ni derecho de defensa para los chicos. Tras golpearles repetidamente y amenazarles de muerte con una pistola, la policía consiguió que dos de ellos firmaran una declaración autoinculpatòria. Aun cuando en juzgados negaron las declaraciones que habían hecho en comisaría, y denunciaron maltratos, el miércoles 6 de octubre, el juez ordenó el ingreso a prisión de dos de ellos legitimando como siempre, y una vez más, los métodos policiales.

Hace falta remarcar que es inusual el hecho que bajo los cargos de daños, desórdenes públicos y resistencia a la autoridad haya una orden de prisión preventiva. Entendemos que esta medida responde a un supuesto escarmiento hacia ellos.

Pese a que el juez presentó la situación de ingreso en prisión como una medida que se alargaría como máximo una semana, la situación actual es más complicada. La Brigada de Información ha sido presionando insistentemente al juez por tal de seguir con las investigaciones. De ahí que ha denegado el recurso de la defensa y como consecuencia directa el caso pasa automáticamente a la Audiencia Provincial, es decir que la prisión preventiva se puede alargar hasta el día del juicio.

Mientras que por daños materiales nuestros compañeros están privados de libertad (aun cuando se tiene que seguir respetando su presunción de inocencia), el responsable de una agresión fascista que se produjo durante las pasadas fiestas de Gracia con el resultado de una persona en estado mucho grave ingresada en el hospital, ha salido en libertad bajo el simple cargo de "lesiones". Esto demuestra que la justicia tiene un doble rasero. Mientras los fascistas del 12 de octubre siguen haciendo su acto bajo protección oficial y policial, la gente detenida durante la manifestación antifascista del '99 están a punto de entrar en prisión. Mientras los ladrones de "guante blanco" disfrutan de regímenes privilegiados, las prisiones están llenas de gente cuyo delito de es el de ser pobres.

La personas abajo firmantes piden la libertad para estos jóvenes, el respeto a su presunción de inocencia, el derecho a la intimidad y a la propia imagen

NOMBRE
APELLIDOS

D.N.I.
FIRMA

(Una vez esté la hoja llena la podéis enviar o lo traéis a: El Lokal, c/de la Cera 1 bis 08001, Barcelona)
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4. Convocatoria abierta al acto : “Basta de represión a los movimientos sociales. Libertad jóvenes de la Hospitalet�

A raíz de las detenciones que se produjeron la noche del 4 al 5 de octubre vinculadas con un ataque con cócteles molotov a la comisaría del barrio de Sants, tres jóvenes pertenecientes a los movimientos sociales de l’Hospitalet y Cornellà se vieron sometidos a una operación policial que ha acabado con el ingreso en prisión de dos de ellos y la libertad con cargos para el tercero. Desde personas próximas y compañeros se ha iniciado una campaña de denuncia del procedimiento policial y judicial que ha rodeado estas detenciones y para exigir su libertad inmediata.

Cronología de los hechos

Los dos jóvenes de l’Hospitalet, de 18 y 19 años, fueron detenidos por un coche patrulla mientras iban en motocicleta, haciéndoles caer. Pocas horas después, al recibir el alta hospitalaria, eran conducidos a la comisaría de Aiguablava. El tercer encausado, de Cornellà, fue detenido horas más tarde y fue llevado primero a la comisaría del distrito de Sants, dónde dos agentes uniformados le apalearon, produciéndole, entre otros daños, la pérdida de audición en el oido derecho. Posteriormente era conducido a las mismas dependencias de los otros detenidos.

Allí serían sometidos a amenazas, vejaciones, y agresiones, hasta el punto que los dos jóvenes, firmaron bajo las presiones una inculpación por haber cruzado unos contenedores a la calle, que después negaron ante el juez alegando torturas. La Brigada de Información presionó para que aplicara la legislación antiterrorista, pero en ambos casos fue denegada. Finalmente el juzgado de instrucción penal de la Sala nº 13 de Barcelona, el Sr. J.A. Ramírez Suñer bajo los cargos de desórdenes y daños (que nunca han supuesto un ingreso en prisión) decreta: el internamiento preventivo en la prisión de menores de la Trinitat por los jóvenes de la Hospitalet y la libertad con cargos por el joven de Cornellà.

El juez, tras tomarles declaración, informaba a los abogados que en pocos días firmaría su libertad argumentando que se tenía que tomar una medida a modo de castigo ejemplar mientras la fiscalía presentaba su informe final. Informe que presentó diez días más tarde y que ratificaba estas peticiones menores. Las presiones de la Brigada de Información hacen que el juez decrete su prisión preventiva en espera de juicio el día 18 de octubre, alegando un desarraigo de los dos chicos. La precariedad en la que muchos jóvenes nos vemos inmersos deviene una justificación para dictar prisión.

La denuncia

Ahora, una vez el juez ha tomado una decisión que responde a las influencias directas de la Brigada de Información de la Policía Nacional, que obvia las torturas padecidas por los detenidos, que vulnera la presunción de inocencia y el derecho a la intimidad, y que ha llevado de forma ejemplaritzante a dos jóvenes a la prisión, nos queda la denuncia de todas estas prácticas. Prácticas que, por ejemplo, han sido criticadas de forma reiterada por parte de organismos como Amnistía Internacional, el Observatorio de Derechos Penales o el Colegio de Abogados de Barcelona. También nos queda denunciar la impunidad con la que puede actuar la Brigada de Información y el hecho flagrante de la doble vara de medida que se aplica en los casos de represión política. Un ejemplo: durante las fiestas de Gracia, un joven vinculado a los movimientos sociales del mismo barrio es apuñalado en el cuello por un grupo de skinheads, herida que le ha dejado en estado vegetativo. El agresor salió en libertad con el cargo de lesiones al cabo de ocho días. Por el contrario, dos jóvenes son inculpados bajo torturas de cruzar dos contenedores en la calle y se encuentran, como hemos dicho, en una situación de prisión preventiva.

Por todo esto, hemos decidido organizar un acto con el lema “Basta de represión a los movimientos sociales. Libertad jóvenes de la Hospitalet� el día 13 de noviembre al local de la parroquia de Sant Medir a las 11.30h, en el que varias personalidades tratarán un seguido de cuestiones: situación de los dos jóvenes; la impunidad policial, las denuncias de tortura; el uso que se hace a el estado español de las prisiones y del régimen penal y sobre la represión estructural contra los movimientos sociales. A la vez, el acto concluirá convocando a la manifestación que se hará el mismo día 13 a las 17h en la plaza Universidad.

Pensamos que este no es un problema aislado que afecte a estos jóvenes, sino que la represión es un fenómeno que se puede cernir sobre cualquier voz de la disidencia, y por esto pedimos la adhesión de colectivos y entidades a este acto y quizás todavía más vuestra participación.

La entidad abajo firmante da apoyo al acto organizado por la Asamblea de Barrio de Sants del próximo día 13 de noviembre y a la campaña por la libertad de los jóvenes.

Haced llegar vuestra adhesión al acto, que aparecerá en carteles de convocatorias a: antirepresants ARROBA sants-montjuic.mesvilaweb.com
o a la dirección :
CSA Can Víes c/Jocs Florals 42 08014 Barcelona
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5. Carta enviada a los diarios El Pais y El Periódico

A la atención del Sr. Director:
Somos familiares y amigas de dos jóvenes encarcelados tras las 3 detenciones practicadas por la policía nacional, el pasado 4/10/04, raíz del lanzamiento de cócteles molotov contra la comisaria de Sants.

Estamos profundamente preocupadas, no sólo por los encarcelamientos injustificados, sino también por las informaciones erróneas que se difundieron por el diario que dirige el pasado 5/10/04 Echando una ojeada a algunos de los artículos código deontológico de su respetable profesión no podamos dejar de ponernos en contacto con esta redacción por tal de quejarnos del tratamiento de la noticía respecto los hechos, entendiendo que los vulnera:

1. Observar siempre una clara distinción entre los hechos y opiniones o interpretaciones, evitando toda confusión o distorsión deliberada de ambas cosas, así como la difusión de conjeturas y rumores como si se tratara de hechos. Según su diario se les aplicó la Ley antiterrorista, cosa que la policía de Barcelona había intentado, pero aun habiendo sido denegado desde la Audiencia Nacional de Madrid cualquier diligencia al respeto, publicaron este día 5 que serian trasladados a Madrid

2. Difundir únicamente informaciones fundamentadas, evitando en todo caso afirmaciones o datos imprecisos y sin base suficiente que puedan lesionar o despreciar la dignidad de las personas y provocar daño o descrédito injustificado a instituciones y entidades públicas y privadas, así como la utilización de expresiones o calificativos injuriosos. Posiblemente este diario tenga por ciertas las voluntades de la policía, sin saber, quizás, que tiene que ser un juzgado quien dicte la jurisdicción procesal de los detenidos y el ministerio fiscal quien formule las oportunas acusaciones.

3. Rectificar con diligencia y con tratamiento adecuado a la circunstancia, las informaciones -y las opiniones que se deriven- que se hayan demostrado falsas y que, por tal motivo, resulten perjudiciales para los derechos o intereses legítimos de las personas y/u organismos afectados, sin eludir, si hiciera falta, la disculpa, con independencia de aquello que las leyes dispongan al respeto. Esperamos que el comentario a este artículo deontològic venga por parte suya.

6. Reconocer a las personas individuales y/o jurídicas su derecho a no proporcionar información ni responder preguntas, sin perjuicio del deber de los periodistas a atender el derecho de los ciudadanos a la información. Este derecho protege muy especialmente la estricao confidencialidad sobre la salud o la enfermedad de una persona como núcleo de su privacidad, pese a la curiosidad que pueda haber en el caso de personajes conocidos públicamente, incluso más allá de su muerte. Con respecto a asuntos relacionados con las administraciones públicas, el derecho fundamental a la información tiene que prevalecer siempre por encima de cualquier restricción que vulnere injustificadamente el principio de la transparencia informativa a la que están obligadas. La normalidad con la que los medios de información reproducen las declaraciones de la policía, dando por ciertas las inculpaciones que hace la policía a las detenciones que practica hace que los mismos medios se hagan eco de la culpabilidad de las personas que la policía siempre pretende evidenciar, pero recordamos que sólo cuando el hecho es juzgado es cuando las informaciones se podrán dar como ciertas, siempre reproduciendo la sentencia en la que se dicta la inocencia o culpabilidad de las personas, sin perjuicio de la posibilidad de que un juez, como persona que es, tenga posibilidad de error.

10. Observar escrupulosamente el principio de presunción de inocencia en las informaciones y opiniones relativas a causas o procedimientos penales en curso. Desgraciadamente, la vulneración de la presunción de inocencia es una práctica tan habitual como la falta de denuncia ante este atentado a los derechos de la persona.
Mira també:
http://www.nodo50.org/desdedentro/
http://antirepresants@sants-montjuic.mesvilaweb.com

This work is in the public domain

Comentaris

Re: Dossier detenciones jóvenes de L'Hospitaletrcelam
27 nov 2004
de debò hi ha algú amb tant poca feina que s´ha dedicat a traduïr tot el dossier? de debò hi ha algú que encara no entén el català? es que a vegades flipo... apostant pel bilingüisme, mateu el català i per molt que no sigui la vostra llengua materna l´haurieu de respectar i no seguir trepitjant una cultura oprimida, sigui quina sigui.
LLIBERTAT PRESOS DE L´HOSPITALET!
Re: Dossier detenciones jóvenes de L'Hospitaletrcelam
28 nov 2004
vete a la mierda flo, deja a los demás hacer, y deja de intoxicar
Re: Dossier detenciones jóvenes de L'Hospitaletrcelam
28 nov 2004
CARTA ABIERTA:



Vivimos en una sociedad a la que llamamos “Sociedad Capitalista�, y que se rige por el sistema capitalista, el cual tiene una premisa básica, que es defender y proteger la propiedad privada y el capital.

Una de las herramientas que el sistema tiene para proteger la propiedad, son las llamadas “fuerzas de seguridad� ( policía nacional, guardia civil etc. etc… ) estos cuerpos son los encargados de defender al sistema capitalista de las ideas y personas que van en contra de la sociedad capitalista y defienden que otra sociedad es posible.

Las fuerzas de seguridad tienen tácticas y técnicas muy concretas para luchar contra estas personas, entre las cuales se encuentra los malos tratos, torturas y demás lindezas que están normalizadas y conocidas normalmente como “brutalidad policial�.

Cuando una persona es víctima de la “brutalidad policial� no es ella la única víctima, también se convierten en víctimas su familia (padre, madre, hermanos, hermanas…) sus amigos, compañeros, conocidos…, es decir cuando una persona es víctima, una parte importante de la sociedad se convierte en víctima también.

Esto sucede porque tenemos lazos que nos unen, lazos familiares, de amistad, sentimentales…, es a través de estos lazos, que sentimos la experiencia de la víctima como propia, a través de ellos sentimos su dolor que se hace nuestro, y su miedo también se hace nuestro.

Pero también son esos mismos lazos, los que nos impulsan a proteger a la víctima de la brutalidad policial,
para defenderla y solidarizarnos con su causa.

El objetivo ultimo, el fin que persigue esta táctica policial, es nada más y nada menos, que romper esos lazos de unión, romper aquello que nos une.
A través del dolor, el odio, el miedo, pues se rigen por el “divide y vencerás�.

“He sentido el dolor de la víctima, un dolor que me ha roto el alma, un dolor que no quería volver a sentir,
he sentido odio, rabia y he querido vengarme, he sentido miedo mucho miedo.
Pero no han conseguido romper los lazos que me unen a los demás, al contrario se han vuelto más fuertes,
Irrompibles,�

Mis convicciones son más fuertes que antes, porque la prioridad de una sociedad sana ha de ser en primer lugar, las personas y en ultimo lugar la propiedad privada.

P.D. Per el meu fill i els seus amics.
Sindicato Sindicat