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amèrica llatina
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YO, MAURICIO ECHENIQUE NO SOY UN MALDITO PEDÓFILO, INICIARÉ ACCIONES PENAL POR CALUMNIAS(adjunto Cert. de Antecedentes Penales del Min. de Justicia Arg.) A QUIEN CREE y/o DIFUNDA LO SIGUIENTE: 1) Que soy un pedófilo 2) Que soy un delincuente sexual 3) Que " Con los Chicos NO! - por Mauricio Echenique " es una ONG 4) Que afirmo ser miembro de ONG's Solidarias, que difundo por fines humanitarios (Red Solidaria, Missing Children, etc) 5) Que soy explotador sexual infantiL 6) Que soy proxeneta o tratante de personas 7) Que justifico y/o defiendo a delincuentes sexuales 8) Que tengo restricción judicial de ver a mis hijos 9) Que difundo cómo y dónde denunciar todo delito contra menores para hacer el mal. 10) Que difundo la Alienación Parental, llamado S.A.P., para justificar a violadores y delincuentes sexuales. 11)Que el blog comunitario de facebook "Con los Chicos No - por Mauricio Echenique " tiene intereses oscuros. 12) CUALQUIER MENSAJE que por su contenido constituya CUALQUIER DELITO previsto en el COD.PENAL LEY 11.179 (T.O. 1984 actualizado) DELITOS CONTRA EL HONOR - Ley 26.551 TODA PERSONA que ESCRIBA y/o DIFUNDA CUALQUIER MENSAJE que constituya DELITO/S previsto/s en el COD.PENAL LEY 11.179 (T.O. 1984 actualizado) DELITOS CONTRA EL HONOR - Ley 26.551, será responsable penalmente. CODIGO PENAL LEY 11.179 (T.O.1984 actualizado) : DELITOS CONTRA EL HONOR - Ley 26.551 Reforma a los Delitos contra el Honor. Se encuentra en el Segundo libro de los Delitos. Titulo II “Delitos Contra el Honor”. ART. 109. - La calumnia o falsa imputación de un delito que dé lugar a la acción pública, será reprimida con prisión de uno a tres años. ART. 110. - El que deshonrare o desacreditare a otro, será reprimido con multa de pesos mil quinientos a pesos noventa mil o prisión de un mes a un año. (Nota Infoleg: multa actualizada por art. 1° de la  HYPERLINK "http://infoleg.mecon.gov.ar/scripts1/busquedas/cnsnorma.asp? tipo=Ley&nro=24286" Ley N° 24.286 B.O. 29/12/1993) ART. 111. - El acusado de injuria sólo podrá probar la verdad de la imputación en los casos siguientes: 1º Si la imputación hubiere tenido por objeto defender o garantizar un interés público actual. 2º Si el hecho atribuido a la persona ofendida, hubiere dado lugar a un proceso penal. 3º Si el querellante pidiere la prueba de la imputación dirigida contra él. En estos casos, si se probare la verdad de las imputaciones, el acusado quedará exento de pena. ART. 112. - El reo de calumnia o injuria equívoca o encubierta que rehusare dar en juicio explicaciones satisfactorias sobre ella, sufrirá del mínimum a la mitad de la pena correspondiente a la calumnia o injuria manifiesta. ART. 113. - El que publicare o reprodujere, por cualquier medio, injurias o calumnias inferidas por otro, será reprimido como autor de las injurias
Fitxer Media 188198_10151288635485753_2062468405_n.jpg
Artista/Proveidor* Mauricio Gustavo Echenique
Paraules Clau MAURICIO, ECHENIQUE, PEDOFILO, SAP, ABUSADOR, CON, LOS, CHICOS, NO
Pes de fitxer 56,17 KiB (image/jpeg)
Data d'enviament 12 mar 2013
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Sindicato Sindicat